Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2018 (11/11/2018)


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NORMAS LEGALES

Domingo 11 de noviembre de 2018 /

El Peruano

Corredores de Seguros S.A. a Aon Perú Corredores de Seguros S.A.; y, CONSIDERANDO:

sobre Fintech y Riesgo Cibernético" que se llevará a cabo los días 14 y 15 de noviembre de 2018 en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay; CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 14° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado por la Resolución S.B.S. N° 1791-2011 (en adelante el Reglamento), establece que toda modificación estatutaria de las personas inscritas en el Registro, con excepción de las empresas de reaseguros del exterior y de los corredores de reaseguros del extranjero, debe contar con la aprobación previa de la Superintendencia, sin la cual no procede su inscripción en los Registros Públicos; exceptuando las modificaciones derivadas de aumentos de capital social por aportes en efectivo o capitalización de reservas y utilidades, las que deberán ser puestas en conocimiento de la Superintendencia; Que, en la Junta General de Accionistas de la empresa Aon Graña Perú Corredores de Seguros S.A. de fecha 5 de octubre de 2018, se acordó por unanimidad aprobar el cambio de denominación social, lo que deriva en la modificación de su Estatuto Social; . Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 14º del Reglamento, la modificación del Estatuto Social necesita autorización de esta Superntendencia; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar toda la documentación exigida en el Procedimiento 151 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución SBS Nº 1678-2018 de fecha 27 de abril de 2018; Que, estando a lo informado por el Departamento de Registros de la Secretaria General de la Superintendencia; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, sus modificatorias y de conformidad con lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de esta Superintendencia; RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar en los términos propuestos, la modificación del Estatuto Social de la empresa AON GRAÑA PERÚ CORREDORES DE SEGUROS S.A. con Registro N° J-0569 por el cambio de denominación social a AON PERÚ CORREDORES DE SEGUROS S.A.; cuyos documentos pertinentes archivados en este Organismo; y, devuélvase la Minuta que lo formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia, para su elevación a Escritura Pública en la que se insertará el texto de la presente Resolución, para su correspondiente inscripción en los Registros Públicos. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL RODDY PASTOR MEJÍA Jefe del Departamento de Registros 1710858-1

Autorizan viaje de funcionaria a Uruguay, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN S.B.S. N° 4344-2018 Lima, 7 de noviembre de 2018 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la "Reunión de Implementación de Políticas

Que, el objetivo de este encuentro es analizar y discutir los retos y oportunidades que representa la entrada de nuevas tecnologías en el sector financiero; Que, en dicho evento se explicarán temas como el desarrollo actual del mercado Fintech, implicancias de las Fintech para los bancos, prácticas actuales de ciberseguridad en instituciones financieras, Suptech: ejemplo para el uso supervisor de la tecnología, implicancias de las Fintech para la regulación y supervisión bancaria, enfoques prudenciales emergentes para abordar el riesgo cibernético; entre otros; Que, en atención a la invitación, y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en beneficio del ejercicio de las funciones de la SBS, se ha considerado conveniente designar a la señora Claudia María Cánepa Silva, Intendente de Riesgo Operacional del Departamento de Supervisión de Riesgo Operacional de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, para que participe en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-21, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2018, estableciéndose en el Numeral 4.4.1 que, se restringen los viajes al exterior, únicamente se autorizarán aquellos viajes para eventos que requieran la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de los trabajadores, así como aquellos necesarios para el ejercicio de sus funciones, capacitaciones o eventos de sumo interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Resolución SBS N° 1975-2018, ha aprobado medidas adicionales de austeridad para el ejercicio 2018, estableciéndose en el Artículo Primero, entre ellas, reducir en un diez por ciento (10%) el presupuesto total para el período mayo - diciembre del año 2018, de la partida Pasajes y viáticos; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para que participe en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2018; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-21 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2018 y la Resolución SBS N° 1975-2018 sobre Medidas Adicionales de Austeridad para el Ejercicio 2018, que incorporan lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora Claudia María Cánepa Silva, Intendente de Riesgo Operacional del Departamento de Supervisión de Riesgo Operacional de la Superintendencia Adjunta de Riesgos de la SBS, del 13 al 16 de noviembre de 2018 a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto

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