Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2018 (11/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

Domingo 11 de noviembre de 2018 /

El Peruano

UIT = Nº PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS / SERVICIO PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD a) Edificaciones calificadas con nivel de riesgo alto. b) Edificaciones calificadas con nivel de riesgo muy alto. DERECHO (I) S/ 220.50 486.80 COSTO (C) S/ 220.57 486.90 TOTAL

S/ 4,150 % COBERTURA (I / C) 99.97% 99.98% 99.97%

Nº DERECHO TRÁMITE 24 25

1/ UIT vigente en el año 2018 = S/ 4,150.00 Fuente: Expediente Ordenanza Nº 369/MDSM Elaboración: Servicio de Administración Tributaria de Lima

Artículo Segundo.- Dejar constancia que la vigencia del presente Acuerdo ratificatorio se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación, incluyendo el texto de la Ordenanza Nº369/MDSM, en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, la Ordenanza y su Anexo que contiene los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite se publicarán en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano, así como se difundirá en la Plataforma Digital Única para Orientación del Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal institucional, conforme lo dispuesto en los numerales 38.2 y 38.3 del artículo 38 de la Ley Nº 27444 y modificatorias, de corresponder. Cabe indicar que es responsabilidad de la Municipalidad adecuarse a los cambios normativos que se den. (Artículo 43 del TUO de la Ley Nº 27444). La aplicación de la Ordenanza materia de la presente ratificación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de San Miguel; así como la aplicación estricta de las disposiciones contenidas en la Ordenanza ratificada y en la normativa vigente, teniendo presente que en dicha responsabilidad se encuentra adoptar las medidas necesarias a efectos que respecto

de los procedimientos administrativos que cuenten con pronunciamiento favorable, el derecho de trámite total del procedimiento no exceda en valor una (1) unidad impositiva tributaria, y en caso que excediera, previo a su cobro se solicite la autorización prevista en el numeral 45.1 del artículo 45 de la Ley Nº 27444 y modificatorias, cuya fiscalización se encuentra a cargo de entidades competentes para ello. (Artículo 52 del TUO de la Ley Nº 27444) Finalmente, es preciso señalar que el análisis técnico realizado se basó en la documentación presentada por la Municipalidad Distrital de San Miguel, teniendo dicha información el carácter de declaración jurada según lo dispuesto en el artículo 10º de la Ordenanza Nº 2085, norma que regula el procedimiento de ratificación de ordenanzas tributarias distritales en la provincia de Lima. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1711019-1 de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Carta del Presidente de la Región Emilia Romaña y Presidente AICCRE (ASSOCIAZIONE ITALIANA PER IL CONCIGLIO DEI COMUNI E DELLE REGIONI D´EUROPA); se cursa invitación al señor William Jorge Moreno Zavala, Gerente de Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales de la Municipalidad Distrital de Ate, a formar parte de la reunión "Soluciones Urbanas Venecia 2030: Financiando los ODS a nivel local", que tendrá lugar en la ciudad de Venecia ­ Italia del 15 al 17 de noviembre del presente año y cuyo objetivo es identificar desafíos en la financiación de los ODS a nivel local, así como demostrar soluciones sobre cómo ciudades y gobiernos de todo el mundo están ya implementando experiencias basadas en los ODS, para mejorar la vida de sus ciudadanos. El resultado de los debates en Venecia, incluirá recomendaciones para ser presentadas al Foro Político de Alto Nivel de las Naciones Unidas en el 2019; Que, mediante Informe Nº 057-2018-MDA/GCRNI, la Gerencia de Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales señala que los organizadores cubren el billete de avión y dos noches de hotel en la ciudad de Venecia; asimismo, indica que hará escala en Madrid, para tener reuniones con la Organización Iberoamericana de Cooperación Intermunicipal ­ OICI, la Fundación ONCE y algún Ayuntamiento con proyección a reforzar o iniciar relaciones de cooperación con la Municipalidad de Ate, solicitando se le autorice su participación en el referido evento y que la Entidad le asigne los viáticos necesarios; Que, mediante Informe Nº 0699-2018-MDA/GPE-SGP, la Sub Gerencia de Presupuesto remite la Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000003405 de fecha 08.11.2018, precisando la Disponibilidad Presupuestal correspondiente para el referido viaje, con cargo al presupuesto del Ejercicio Fiscal 2018, Partida Específica

MUNICIPALIDAD DE ATE
Autorizan viaje de funcionario a Italia, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 121-2018/MDA Ate, 8 de noviembre de 2018 EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 08 de noviembre del 2018; presidido por el Teniente Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ate, Dr. Erasmo Lázaro Bendezú Ore; la Carta del Presidente del AICCRE (ASSOCIAZIONE ITALIANA PER IL CONCIGLIO DEI COMUNI E DELLE REGIONI D´EUROPA); el Informe Nº 057-2018-MDA/GCRNI de la Gerencia de Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales; el Informe Nº 0699-2018-MDA/GPE-SGP de la Sub Gerencia de Presupuesto; el Informe Nº 1511-2018-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 3314-2018-MDA/A del Despacho de Alcaldía; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y

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