Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2018 (14/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Miércoles 14 de noviembre de 2018 /

El Peruano

Aprueban Plan Regional de Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas 2018 2021 en la Región Tacna
ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2018-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha treinta de abril de dos mil dieciocho, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 1 establece: "La defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado", en tanto que el artículo 8 prescribe: "El Estado combate y sanciona, el tráfico ilícito de drogas. Asimismo, regula el uso de los tóxicos sociales". Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Regionalización, en su artículo 36 prescribe como competencias compartidas de los Gobiernos Regionales: "(...) b) Salud pública (...)". Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, en su artículo 10 establece: "(...) 2. Competencias compartidas: (...) b) Salud Pública". Asimismo, el artículo 49 respecto a las funciones en materia de salud prescribe: "a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas de salud de la región en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales". Que, el Gobierno Nacional a través del Plan Bicentenario, El Perú hacia el 2021, del CEPLAN, en el Eje Estratégico 2: Oportunidades y accesos a los servicios, en el numeral 2.8. Objetivos, Lineamientos, Prioridades, Metas, Acciones y Programas Estratégicos: Objetivo Específico 6: Sobre seguridad ciudadana mejorada significativamente que en su literal b) prescribe: "Prevenir el consumo de drogas en la población y sus efectos en la seguridad ciudadana mediante la sensibilización de los escolares y los adultos que se relacionan con ellos". Asimismo, asignar los recursos adecuados para combatir el tráfico y uso ilegal de drogas. Que, en la Cumbre del Milenio de las Naciones Unidas en el año 2000, todos los Estados miembros se comprometieron a realizar acciones para avanzar en las sendas de la paz y el desarrollo humano. Se destaca que el sexto objetivo de los ocho planteados es redoblar esfuerzos para poner en práctica el compromiso de luchar contra el problema mundial de la droga. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 042-2013-CR/ GOB.REG.TACNA de fecha 13 de diciembre de 2013 se establece: "ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR de necesidad y prioridad Regional la lucha contra el uso y consumo de drogas y otros en la Región Tacna". Que, mediante Oficio Nº 153-2017-GRDIS/GOB.REG. TACNA, de fecha 11 de diciembre de 2017, recepcionado el 12 de mismo mes y año, emitido por el Sub Gerente de Población, Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades, que propone la propuesta normativa: "APROBAR EL PLAN REGIONAL DE PREVENCION Y TRATAMIENTO DEL CONSUMO DE DROGAS 2018 ­ 2021 EN LA REGION TACNA", para lo cual se adjunta los informes y demás documentación que sustentan su pedido. Que, con el Informe Nº 162-2017-DRDIS/GOB.REG. TACNA de fecha 30 de noviembre de 2017 emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social; el oficio Nº 2668-2017-SGPLAT-GRPPAT/GOB.REG. TACNA de fecha 07 de diciembre de 2017 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial que remite el Informe Nº 156-2017-GRPPAT-SGPLAT/GOB.REG.TACNA de fecha 07 de diciembre de 2017; el oficio Nº 1901-2017-ORAJGGR/GOB.REG.TACNA de fecha 07 de diciembre de 2017 emitido por la Gerencia General Regional del DEL GOBIERNO

Gobierno Regional de Tacna, que remite el Informe Nº 1629-2017-ORAJ/GOB.REG.TACNA de fecha 07 de diciembre de 2017 emitido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica y demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 004-2017-CODSCR de fecha 26 de diciembre de 2017, sobre: "APROBAR EL PLAN REGIONAL DE PREVENCION Y TRATAMIENTO DE CONSUMO DE DROGAS 2018 ­ 2021 DE LA REGION DE TACNA", dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 30 de abril de 2018. Que, teniendo en cuenta la normatividad antes indicada así como los informes favorables referidos al "Plan Regional de Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas 2017 ­ 2021 de la Región Tacna", corresponden su aprobación mediante Ordenanza Regional por parte del Pleno del Consejo Regional de Tacna. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 30055; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR el PLAN REGIONAL DE PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DEL CONSUMO DE DROGAS 2018 ­ 2021 EN LA REGIÓN TACNA, que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- PONER en conocimiento de la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social del Gobierno Regional de Tacna la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social y demás dependencias del Gobierno Regional de Tacna, la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo Quinto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Sexto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponiéndose que dicha publicación sea efectuada por la Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día treinta de abril del año dos mil dieciocho. SANTOS PABLO AGAMA Presidente Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 22 de junio de 2018. OMAR GUSTAVO JIMENEZ FLORES Gobernador Regional 1711346-3

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