Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2018 (16/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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NORMAS LEGALES

Viernes 16 de noviembre de 2018 /

El Peruano

Artículo 6º.- INCENTIVO ESPECIAL PARA LOS CONTRIBUYENTES PUNTUALES: Los contribuyentes con predios de uso casa habitación que se encuentren al día en sus pagos hasta la 3º cuota del Impuesto Predial y hasta la 10º cuota de los Arbitrios Municipales, podrán cancelar sus obligaciones pendientes por arbitrios municipales (Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo), con un descuento del 10% en el monto insoluto, siempre que paguen la totalidad del ejercicio pendiente, asimismo se otorgara premios a los contribuyente puntuales, tales como lapiceros, libretas, polos, llaveros y otros; Artículo 7º.DE LOS CONVENIOS DE FRACCIONAMIENTO EFECTUADOS CON ANTERIORIDAD: Los contribuyentes que hayan efectuado un convenio de fraccionamiento con anterioridad, a la entrada en vigencia de la presente ordenanza municipal, podrán cancelar las cuotas vencidas de su convenio con la exoneración del 100% de los intereses y reajustes de las mismas. Artículo 8º.- INCENTIVOS PARA OBLIGACIONES DE CARÁCTER NO TRIBUTARIO: Las notificaciones de infracción con Resolución de Sanción emitida hasta el 31 de Diciembre del 2014, podrán ser canceladas hasta el término de la vigencia de la presente ordenanza con un descuento en el importe original de las mismas, de acuerdo al siguiente detalle: Año 2014 Descuento del 40% Año 2013 Descuento del 50% Año 2012 Descuento del 60% Año 2011 Descuento del 70% Año 2010 Descuento del 80% Años anteriores Descuento del 90% Artículo 9º.- DE LOS MEDIOS IMPUGNATORIOS INTERPUESTOS: El acogimiento al presente beneficio tributario originará el desistimiento automático de los medios impugnatorios, que se hayan interpuesto por las deudas que se encuentren dentro del alcance de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 10º.- DE LAS COSTAS Y GASTOS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCION COACTIVA: Condónese el 100% de las costas y gastos judiciales, derivados de la tramitación de los procedimientos de cobranza coactiva correspondientes a obligaciones tributarias dentro de la vigencia de la presente ordenanza y de sus efectos establecidos en el artículo 5º. Artículo 11º.- DE LAS PAGOS EFECTUADOS CON ANTERIORIDAD: Los contribuyentes que con anterioridad, hayan efectuados pagos al contado o dentro de convenios de fraccionamiento, por deudas comprendidas dentro del presente programa de beneficios se consideraran como válidos y no generaran derecho de devolución ni compensación alguna. Artículo 12º.- QUIEBRE DE VALORES Y SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA: La regularización de la deuda tributaria bajo los alcances de la presente ordenanza, dará lugar a dejar sin efecto los valores emitidos a la fecha por los conceptos regularizados y a la suspensión de los procedimientos de cobranza coactiva que se sigan al respecto, siempre y cuando se haya realizado el pago total de la deuda. Artículo 13º.- DESISTIMIENTO Los administrados que hayan iniciado un procedimiento contencioso (reclamación) ante instancias administrativas o judiciales por las deudas

materia de acogimiento, consideradas en la presente Ordenanza, deberán desistirse del procedimiento, presentando copia autenticada del desistimiento correspondiente; DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Del Cumplimiento y Difusión de la presente Ordenanza: Encárguese a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Subgerencia de informática, Gerencia de Administración y Finanzas y la Subgerencia de Imagen Institucional el cumplimiento y difusión de la presente ordenanza. Segunda.- Facultades Reglamentarias: Facúltese al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza, así como también para establecer la prórroga de la misma, de ser el caso. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. NANDER YOPLAC VILLAVICENCIO Alcalde 1713023-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA
Aprueban Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUISA) de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2018-MDH Huaura, 14 de mayo del 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 14 de mayo del presente año, el Informe Nº 0362-2017-SGAF/MDH de la Sub Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Nº 314-2017-SGAJ-MDH, de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 301-2017- SFyC/MDH, de la Sub Gerencia de Fiscalización y Control, el Informe Nº 03822017-SGPP/MDH, de la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 0177-2018-SGAJ-MDH, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Dictamen Nº 003-2018-COEPPO-DH, sobre el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y Cuadro Único de Sanciones (CUISA) de la Municipalidad Distrital de Huaura; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala: los Gobiernos Locales son órganos de gobierno que poseen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Carta Magna establece para los gobiernos locales radica en la facultad de ejercer

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