Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2018 (16/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Viernes 16 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos; Que, en el marco del proceso de modernización del Estado, en materia de gestión de recursos humanos se aprobó la Ley Nº 30057, Ley de Servicio Civil, cuya Cuarta Disposición Complementaria Final crea el Cuadro de Puesto de la Entidad (CPE) como instrumento de gestión, reemplazando al Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y al Presupuesto Analítico de Personal (PAP); Que, con la promulgación del Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, que aprueba el Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, se derogó el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, que regulaba la elaboración y aprobación del CAP, en este contexto de derogación y en cumplimiento a lo dispuesto por la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General, SERVIR, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 153-2014-SERVIR/PE, aprobó la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC, estableciendo las reglas de aplicación progresiva hasta que las entidades puedan aprobar sus respectivos CPE; Que, con la aprobación de la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 234-2014-SERVIR/PE, se establecen las reglas básicas para que las entidades puedan seguir operando con regularidad, facilitándose la aprobación Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­CAP provisional; Que, así también, el artículo 128º del Reglamento General de la Ley Nº30057, establece que SERVIR, en coordinación con el MEF, emitirá la Directiva para la elaboración del CPE por las Entidades, la cual es de obligatorio cumplimiento, bajo responsabilidad del titular de la entidad; siendo que con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/ PE, se formalizó la aprobación de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro Analítico de Puestos de la Entidad- CPE; Que, con Oficio Nº 3539-2018-GRSM-DIRESMDIRESA/DDRH del 26 de octubre del 2018, el Director Regional de Salud San Martin, remite a la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional de San Martin, el CAP-P de nombramiento 2018, conteniendo Nota Informativa Nº 1262-2018-GRSM/GGR, de fecha 31 de octubre del 2018, mediante el cual la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San Martin, hace llegar la opinión favorable para continuar con los tramites de aprobación mediante Ordenanza Regional con la indicación que la propuesta del CAP-P se encuentra alineado a la estructura del Reglamento de Organización y Funciones-ROF y el Manual de Operaciones ­MOP de las Oficinas de Gestión de Servicios de Salud ­ OGESS; Que, como parte del sustento se cuenta con el Oficio Nº 936-2018-SERVIR/P, de fecha 30 de octubre del 2018, mediante el cual el Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, remitido al Director Regional de Salud San Martin, adjuntando el Informe Técnico Nº 125-2018-SERVIR/GDSRH, con la cual emiten la opinión referente a la propuesta del CAP-P, concluyendo entre otros que "5.1 La presentación de la propuesta del CAP-P de las Oficinas de Gestión de Servicios de Salud ­ U.E. 400- OGESS Bajo Mayo, U.E. 401-OGESS Alto Mayo, U-E. 402-OGESS Huallaga Central, U.E. 403- OGESS Alto Huallaga y U.E. 404 OGESS Especializada de Alcance Regional de la DIRESA- San Martin, se enmarcan en la situación contemplada en el numeral 1.2 del Anexo 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, (..), 5.2 La creación y utilización de los cargos previstos en los proyectos de CAP Provisional de las Oficinas de Gestión de Servicios de Salud U.E. 400- OGESS Bajo Mayo, U.E. 401-OGESS Alto Mayo, U-E. 402-OGESS Huallaga Central, U.E. 403- OGESS Alto Huallaga y U.E. 404 OGESS Especializada de Alcance Regional de la Dirección Regional de la DIRESA SAN MARTIN, se encuentran justificadas en merito a lo establecido en

el numeral 8.1 del literal g, del Artículo 8ª de la Ley Nº 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2018, el cual autoriza el nombramiento de hasta el veinte por ciento (20%) de la PEA definida a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153, quedando bajo responsabilidad de cada Unidad Ejecutora cumplir las disposiciones señaladas en la Resolución Ministerial Nº 428-2018/MINSA y nombrar personal que únicamente se encuentre considerado en la relación nominal del personal de la salud apto al nombramiento en orden de prelación. 5.3 Por el supuesto 1.1 se ha propuesto la adecuación de la estructura de las Oficinas de Gestión de Servicios de Salud: U.E. 400- OGESS Bajo Mayo, U.E. 401-OGESS Alto Mayo, U-E. 402-OGESS Huallaga Central, U.E. 403- OGESS Alto Huallaga y U.E. 404 OGESS Especializada de Alcance Regional de la DIRESA SAN MARTIN, según el nuevo MOP aprobados, los cuales configuran una determinada estructura. Cabe indicar que dicha adecuación de la estructura del MOP en el CAP, no ha supuesto un cambio de denominación de cargos, ni un incremento de estos puestos que solo se ha distribuido el personal en los nuevos órganos que componen las OGESS, 5.4 Los proyectos de CAP Provisional de las Oficinas de Gestión de Servicios de Salud: U.E. 400- OGESS Bajo Mayo, U.E. 401-OGESS Alto Mayo, U-E. 402-OGESS Huallaga Central, U.E. 403OGESS Alto Huallaga y U.E. 404 OGESS Especializada de Alcance Regional de la DIRESA SAN MARTIN, se han elaborado según la Estructura Orgánica del Manual de Operaciones presentado por cada OGESS y con los cargos estructurales aprobados en el Clasificador de cargos del Ministerio de Salud y guardando coherencia en la codificación; Que así también, se cuenta con Nota Informativa Nº 157-2018-GRSM/GRPYP-SGDI, de fecha 31 de octubre del 2018, mediante el cual la Sub Gerente de Desarrollo Institucional del Gobierno Regional San Martin, opina favorablemente respecto a la propuesta del CAP-P de las Unidades Ejecutoras Nº 400,401,402,403 y 404 de la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de San Martin; Que la propuesta del CAP Provisional se encuentra enmarcado dentro de los lineamientos establecidos por la Directiva Nº002-2015-SERVIR/GDSRH, siendo necesario su aprobación, considerando que el Gobierno Regional San Martin no cuenta con un CPE como resultado del proceso de transito al nuevo régimen de la Ley del Servicio Civil; Que, mediante Informe Legal Nº 726-2018-GRSM/ ORAL, de fecha 31 de octubre del presente año, la Oficina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional San Martin, opina favorablemente para la aprobación de la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de las OGESS Bajo Mayo, Alto Mayo, Huallaga Central, Alto Huallaga y la OGESS Especializada de Alcance Regional de la DIRESA-San Martin, conforme a lo dispuesto en el presente informe legal; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; mientras que el literal a) del Artículo 45º de la misma Ley Orgánica establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria desarrollada en el Auditorio del Consejo Regional San Martín, llevado a cabo el día martes 06 de noviembre del 2018, aprobó por unanimidad la siguiente:

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