Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2018 (16/11/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Viernes 16 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

85

10.3.4. Los miembros de mesa recibirán los votos de los electores utilizando el material electoral, de manera independiente, de cada una de las mesas de sufragio. 10.3.5. El funcionario consular, al cierre de la jornada electoral, deberá informar a la ONPE respecto de la fusiones de mesas en su circunscripción consular. 10.4. Instalación de mesas de sufragio 10.4.1. Entregar el material electoral, llevando un control y monitoreo de las mesas de sufragio. 10.4.2. Comprobar que las mesas de sufragio se instalen siguiendo los procedimientos señalados en la cartilla de instrucción. 10.4.3. Facilitar el material de reserva a los miembros de mesa, de ser necesario. 10.4.4. Confirmar que en cada mesa, los miembros de mesa (titulares y suplentes) firmen la Hoja de Control de Asistencia correspondiente y que los electores que asumieron las funciones de miembros de mesa, firmen en la Relación de Miembros de Mesa No Sorteados. 10.4.5. Constatar con los miembros de mesa la cantidad de hologramas recibidos. 10.4.6. Asistir técnicamente a los miembros de mesa para el correcto llenado de las actas de instalación. 10.4.7. Levantar el "Acta de no instalación de mesa de sufragio", si no se pudo instalar mesas de sufragio hasta el mediodía. Esta acta es suscrita por el funcionario consular quien la remitirá al MRE, por los canales establecidos, para que sea enviada oficialmente a la ODPE, sin perjuicio del envío previo de la imagen. 10.4.8. Reportar a la ODPE la cantidad de mesas de sufragio instaladas, mesas de sufragio fusionadas y mesas de sufragio no instaladas. 10.5. Sufragio 10.5.1. Exhortar al personal de apoyo que supervise la presencia de los tres (03) miembros en las mesas de sufragio a su cargo. 10.5.2. Atender y solucionar reclamos o problemas durante el sufragio, dentro de sus facultades. 10.5.3. Indicar que de existir impugnaciones de identidad del elector, se procederá de acuerdo con la cartilla de instrucción del miembro de mesa. 10.5.4. Ordenar el cierre de la puerta de ingreso del local de votación a las 16:00 horas. Ello no limita el sufragio de aquellos electores que se encuentren dentro del local. 10.5.5. Recomendar el uso de la cartilla de instrucción para miembros de mesa y el cumplimiento de las actividades de cierre del sufragio. 10.5.6. Asistir técnicamente a los miembros de mesa para el correcto llenado de las actas de sufragio. 10.6. Escrutinio de votos 10.6.1. En el caso de fusión de mesas, los miembros de mesa deben asegurarse de realizar el escrutinio de cada una de las mesas a su cargo, de manera independiente. 10.6.2. Recomendar el uso de la cartilla de instrucción para miembro de mesa y el cumplimiento cuidadoso de las actividades del escrutinio. 10.6.3. Verificar que los miembros de mesa cuenten las cédulas y verifiquen que la cantidad encontrada sea igual al total de ciudadanos que votaron. 10.6.4. Verificar que los miembros de mesa desglosen, de los documentos electorales, la hoja borrador para llevar el conteo de votos de las preguntas 1 y 2; asimismo, que desglosen la otra hoja borrador para las preguntas 3 y 4. 10.6.5. Verificar que los miembros de mesa lean en voz alta si en cada pregunta el voto es por el SI o por el NO, o si corresponde a voto en blanco o nulo. Además, que sumen cuidadosamente los votos válidos, en blanco, nulos e impugnados (si hubiera). 10.6.6. Verificar que el total de votos emitidos de las hojas borrador sean iguales entre sí e iguales al total de ciudadanos que votaron (indicados en el acta de sufragio). 10.6.7. Verificar que los miembros de mesa copien, con cuidado y letra legible, los resultados de las hojas borrador a las actas de escrutinio. Además, que firmen

y protejan las actas con la lámina para protección de resultados y campo de observaciones. 10.6.8. Culminado el escrutinio, verificar que el miembro de mesa coloque el cartel de resultados en un lugar visible. 10.7. Acopio de actas y material electoral 10.7.1. Recibir de los miembros de mesa, previa verificación, los sobres que contengan las actas electorales, de acuerdo con la siguiente distribución. Para este fin, las ordena en las cajas que previamente ha acondicionado:
PLOMO ODPE CELESTE JEE ROJO ONPE VERDE JNE MORADO CONSULADO

10.7.2. Verificar que el sobre anaranjado contenga la lista de electores, la cartilla de hologramas y la hoja de control de asistencia de miembros de mesa. 10.7.3. Emitir el cargo de entrega de materiales a los miembros de mesa. 10.7.4. Cotejar que se encuentren todos los ejemplares de las actas, las listas de electores, y hoja de control de asistencia de miembros de mesa de acuerdo con el listado de mesas asignadas al local. 10.7.5. Separar el material sobrante en cajas para su traslado a la oficina consular. 11. Repliegue del Material Electoral 11.1. Traslado del material electoral desde el local de votación hasta la oficina consular 11.1.1. Embalar y trasladar los sobres que contienen las actas electorales de las mesas instaladas, los sobres anaranjados y material restante a la oficina consular. 11.1.2. Trasladar a la oficina consular las ánforas sin abrir de aquellas mesas de sufragio que no se instalaron para la destrucción del material no utilizado, a excepción de la cartilla de hologramas, las actas electorales y la lista de electores, que deben ser devueltos. 11.2. Escaneo, envío y recepción de las actas electorales 11.2.1. El MRE remitirá a la ONPE, oportunamente, la relación de oficinas consulares que realizarán el escaneo de las actas electorales. 11.2.2. En la oficina consular, recibir y verificar la entrega de la totalidad de los sobres de las mesas de sufragio instaladas; separar en una bandeja las actas electorales destinadas a la ODPE (sobre de color plomo) y extraer de cada sobre el ejemplar del acta electoral, en ambiente reservado, y firmarla en el espacio correspondiente. 11.2.3. Escanear la cara donde se encuentra el acta de instalación y de sufragio, así como la cara del acta de escrutinio. 11.2.4. Colocar el ejemplar del acta electoral escaneada, en su sobre plomo, para su posterior envío. 11.2.5. Enviar los archivos digitales de las actas electorales escaneadas, conforme a lo estipulado por el MRE. 11.2.6. El funcionario consular del MRE responsable de la recepción y validación de las actas escaneadas debe recibir los archivos digitales con las actas escaneadas, validar el contenido de las imágenes e imprimirlas. 11.2.7. El funcionario consular del MRE entrega las actas impresas para refrendo del representante y fedatario del MRE, quien la refrenda y coloca la etiqueta autoadhesiva transparente sobre los resultados y observaciones del acta de escrutinio. 11.2.8. El funcionario consular del MRE entrega las actas al funcionario responsable de su traslado a la ODPE. 11.3. Traslado de las actas electorales originales desde las oficinas consulares 11.3.1. Verificar la existencia de la totalidad de sobres y ordenarlos por color y de forma ascendente y correlativa, según el número de la mesa de sufragio.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.