Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2018 (16/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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ORDENANZA REGIONAL:

NORMAS LEGALES

Viernes 16 de noviembre de 2018 /

El Peruano

Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro de Asignación de Personal-CAP-Provisional de las Unidades Ejecutoras de Salud del Gobierno Regional San Martin (U.E. 400- OGESS Bajo Mayo, U.E. 401-OGESS Alto Mayo, U-E. 402-OGESS Huallaga Central, U.E. 403OGESS Alto Huallaga y U.E. 404 OGESS Especializada de Alcance Regional de la DIRESA San Martin) para nombramiento de profesionales de salud y de técnicos y auxiliares asistenciales de salud; con eficacia al 01 de noviembre 2018. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San Martín realizar los trámites respectivos para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulación de la Región San Martín y en el Diario Oficial El Peruano, previa promulgación del Gobernador Regional del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Tercero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación de Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de San Martín para su promulgación. EDWIN ROJAS MELENDEZ Presidente del Consejo Regional de San Martín Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San Martín a los siete días del mes de noviembre del dos mil dieciocho. POR TANTO: Mando se publique y se cumpla. VICTOR MANUEL NORIEGA REATEGUI Gobernador Regional 1712928-1

5) del Artículo 20º y Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con la Dispensa del Trámite de Comisiones y el voto por Mayoría de los señores regidores asistentes a la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente; ORDENANZA QUE INCORPORA NUMERAL A LOS ARTÍCULOS 23º Y 24º DE LA ORDENANZA Nº 457MDA, E INCORPORA REQUISITOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE Artículo 1º.- Incorpórese el numeral 23.4 al artículo 23º y el numeral 24.4 al artículo 24º de la Ordenanza Nº 457-MDA, en los términos siguientes: Artículo 23º.- De la Inclusión de unidades vehiculares (...) "23.4 Copia simple del contrato suscrito por la persona jurídica con cada uno de los propietarios de las unidades vehiculares registradas. Dicho contrato deberá establecer las condiciones básicas, como: compromisos, obligaciones que asume la persona jurídica y el propietario, así como las condiciones de permanencia o exclusión de vehículos, y plazo del contrato." Artículo 24º.- De la Sustitución de unidades vehiculares (...) "24.4 Copia simple del contrato suscrito por la persona jurídica con cada uno de los propietarios de las unidades vehiculares registradas. Dicho contrato deberá establecer las condiciones básicas, como: compromisos, obligaciones que asume la persona jurídica y el propietario, así como las condiciones de permanencia o exclusión de vehículos, y plazo del contrato." Artículo 2º.- Modifíquese en el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Ordenanza Nº 403-MDA, en relación al requisito que se incorpora en el procedimiento administrativo a cargo de la Sub Gerencia de Transito, Transporte y Vialidad, respecto de la modificación del registro municipal de vehículos menores por cambio de datos, según los términos contenidos en el Anexo que forma parte de la presente Ordenanza." Artículo 3º.- Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Dispóngase que la Gerencia de Desarrollo Urbano, la Sub Gerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad, y demás áreas administrativas que correspondan de esta Corporación Municipal, dentro del ámbito de su competencia, cumplan con la presente Ordenanza. Segunda.- Encárguese a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente Ordenanza y del Anexo adjunto en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), así como en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.psce.gob.pe), de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 29091 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ATE
Ordenanza que incorpora numeral a los Artículos 23° y 24° de la Ordenanza N° 457MDA, e incorpora requisitos en el TUPA de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 486-MDA Ate, 6 de octubre del 2018 POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 06 de Octubre de 2018; visto el Informe Nº 503-2018-MDA/GDU-SGTTV de la Sub Gerencia de Transito, Transporte y Vialidad; el Informe Nº 0118-MDA/GPE-SGPMI de la Sub Gerencia de Planeamiento y Modernización Institucional; el Informe Nº 821-2018 y Nº 1400-2018-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 1308-2018-MDA/GM de la Gerencia Municipal; sobre Modificación de la Ordenanza Nº 457-MDA y el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), que solicita se eleve los actuados al Pleno del Concejo Municipal, para su conocimiento, debate y pronunciamiento correspondiente; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Artículo 9º, el numeral

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