Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2018 (20/11/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Martes 20 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

67

2015-EF., prescribe que "... la autoridad competente para autorizar la contratación directa debe ordenar, en el acto aprobatorio de la misma, el inicio del análisis para determinar las responsabilidades que correspondan"; por lo que se propuso se establezca ello en el presente Acuerdo; y, asimismo se modifique el termino de los 90 días propuestos por 60 días; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 39º la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, debatido que fue la propuesta el Concejo POR MAYORÍA; ACUERDA: Artículo Único.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE el servicio de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos en el distrito de Comas, por el término de sesenta días, debiéndose implementar las medidas pertinentes para la CONTRATACIÓN DIRECTA POR SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE, ORDENÁNDOSE EL INICIO DEL ANÁLISIS DEL CASO A FIN DE DETERMINAR LAS RESPONSABILIDADES QUE CORRESPONDAN. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI Alcalde 1714004-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 004-2018-MDLP que aprobó beneficios generales, extraordinarios y exoneraciones para el pago de deudas tributarias 2018
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2018-MDLP La Perla, 9 de noviembre de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA PERLA. VISTO: En la Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de la fecha, el Dictamen Nº 008-2018-MDLP/CMCAEP, de la Comisión Ordinaria de Administración, Economía y Presupuesto, sustentado con el Informe Nº 147-2018-SGFT-GATR-MDLP, de la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, el Informe Nº 752-2018-SGCyRTGATR/MDLP, de la Sub Gerencia de Control y Recaudación Tributaria ambas de fecha 06 de Noviembre de 2018, Informe Nº 078-2018-EC-GATR-MDLP del 07 de Noviembre de 2018, de la Ejecutoría Coactiva, el Informe Nº 044-2018-GATR-MDLP del 07 de Noviembre de 2018, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Informe Nº 0152-2018-GPP-MDLP del 07 de Noviembre de 2018, de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 699-2018-GAJ/MDLP, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 836-2018-GM/ MDLP del 08 de Noviembre de 2018; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, establece que

las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con Autonomía Política, Económica y Administrativa en asuntos de su competencia, concordante con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, promulgado el 22 de Junio del 2013, precisa que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, la Ordenanza Nº 004-2018-MDLP, del 11 de Octubre de 2018 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de Octubre de 2018 y vigente desde el 14 del mismo mes y año, aprobó la "Ordenanza que aprueba Beneficios Generales, Extraordinarios y Exoneraciones para el Pago de Deudas Tributarias 2018", con un período de aplicación de 30 días calendarios, que vence el día 13 de Noviembre de 2018; Que, mediante Informe Nº 044-2018-GATR-MDLP, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, como consecuencia de los informes del visto de las subgerencias bajo su cargo, sugiere se prorrogue la vigencia de la Ordenanza Nº 004-2018-MDLP, para lo cual se requiere emitir la correspondiente Ordenanza, para los efectos de hacer efectiva el beneficio a los contribuyentes incentivando el pago voluntario y cumplir con sus obligaciones de los tributos Municipales; Que, con el Informe Nº 0152-2018-GPP-MDLP, de la Gerencia de Planificación y Presupuesto y el Informe Nº 699-2018-GAJ/MDLP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, opinan por la procedencia de aprobar la presente ordenanza para prorrogar los beneficios tributarios, hasta por un período no menor de 30 días a partir de la publicación de la presente ordenanza; Que, mediante el Dictamen Nº 008-2018-MDLP/ CM-CAEP, la Comisión Ordinaria de Administración, Economía y Presupuesto, dictamina la recomendación de aprobar el proyecto de ordenanza que prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 004-2018-MDLP, que aprueba los beneficios generales, extraordinarios y exoneraciones para el pago de las deudas tributarias 2018, en el Distrito de La Perla, bajo los mismos alcances y hasta el 22 de Diciembre de 2018; Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 9º, numeral 8 y artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal con el VOTO UNÁNIME de sus integrantes y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta respectiva, aprobó la siguiente Ordenanza: QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 004-2018-MDLP QUE APRUEBA BENEFICIOS GENERALES, EXTRAORDINARIOS Y EXONERACIONES PARA EL PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS 2018 Artículo Primero.- APROBAR el Dictamen Nº 0082018-MDLP/CM-CAEP de la Comisión Ordinaria de Administración, Economía y Presupuesto; en consecuencia, PRORROGAR hasta el 22 de Diciembre de 2018, el plazo de vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 004-2018-MDLP, que aprueba beneficios generales, extraordinarios y exoneraciones para el pago de deudas tributarias 2018 en el distrito de La Perla. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas el cumplimiento de la presente disposición, a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información la publicación del presente en el Portal Peruano (www.peru.gob.pe) y en la página web de la Entidad (www.munilaperla.gob.pe) y a la Sub Gerencia de Comunicaciones la difusión correspondiente. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DIOFÉMENES ARISTIDES ARANA ARRIOLA Alcalde 1713534-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.