Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2018 (21/11/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Miércoles 21 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

77

regionales y locales, los regímenes de fiscalización y control ambiental se aprueban de conformidad con lo establecido en sus respectivas Leyes orgánicas"; Que, la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental - SINEFA, en el artículo 7º, establece que las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional o Local son aquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fiscalización ambiental, y ejercen sus competencias con independencia funcional del OEFA. Estas entidades forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y sujetan su actuación a las normas de la presente Ley y otras normas en materia ambiental, así como a las disposiciones que dicte el OEFA como ente rector del referido Sistema; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 036-2017-OEFA/CD de fecha 14 de diciembre de 2017, se aprobó el modelo de reglamento de supervisión, fiscalización y sanción en materia ambiental del gobierno regional, en el primer artículo de las disposiciones complementarias finales señala que el OEFA brindara asistencia técnica a los gobiernos regionales para la elaboración y aprobación de su reglamento de supervisión, fiscalización y sanción en materia ambiental; Que, asimismo el Proyecto de Reglamento cuenta con el Informe favorable emitido por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) mediante el Informe Nº 063-2018-OEFA/DPEF-SEFA, y el Informe Legal Nº 604-2018-GRH/GGR/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Huánuco; Que, con Oficio Nº 720-2018-GRH/GR el Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco solicita aprobar: EL REGLAMENTO DE SUPERVISIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN EN MATERIA AMBIENTAL DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO"; Que, en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional, realizado en la Provincia de Huánuco, el día 12 de octubre de 2018, se trató el Dictamen Nº 012-2018-GRH-CR/ CPRNGMAYDC, presentado por la Comisión Permanente de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente y Defensa Civil del Consejo Regional Huánuco, después de un debate correspondiente fue sometido a votación, la cual se aprobó por UNANIMIDAD de votos; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, artículos 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Reglamento Interno del Consejo Regional de Huánuco y a lo aprobado por el Magno Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR "EL REGLAMENTO DE SUPERVISIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN EN MATERIA AMBIENTAL DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO", que consta de cuatro (04) títulos, ocho (8) capítulos, cuarenta y dos (42) artículos, dos (02) Disposiciones Complementarias Finales, dos (02) Disposición Complementaria Modificatoria y seis (06) anexos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a las Direcciones Regionales Sectoriales del Gobierno Regional Huánuco involucradas, la implementación de la presente Ordenanza Regional, en cumplimiento del ejercicio de la función de supervisión, fiscalización y sanción en materia ambiental. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la modificación del Reglamento de Organizaciones y Funciones del Gobierno Regional Huánuco vigente, teniendo en cuenta los lineamientos establecidos en el Reglamento de Supervisión, Fiscalización y Sanción en Materia Ambiental del Gobierno Regional Huánuco. Artículo Cuarto.- DEROGAR, la Ordenanza Regional Nº 049-2016-CR-GRH, de fecha 04 de julio de 2016. Artículo Quinto.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En

Huánuco a los 22 días del mes de octubre del año dos mil dieciocho. HAIBER P. ECHEVARRÍA RODRÍGUEZ Consejero Delegado Consejo Regional Gobierno Regional Huánuco POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco en la Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 24 días del mes de octubre del año dos mil dieciocho. RUBÉN ALVA OCHOA Gobernador Regional Gobierno Regional Huánuco 1713895-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Convocan a elecciones para elegir a los Nuevos Delegados de las Juntas Vecinales Comunales, para el período 2018 - 2019, y emiten otras disposiciones
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2018-MDL Lince, 15 de noviembre de 2018 VISTO: El Informe N° 134-2018-MDL-GDH-GPSPNGA de fecha 08 de noviembre de 2018, emitido por la Responsable del Programa de Gestión de Proyectos Sociales Participativos, Informe Nº 069-2018-MDL-GDH de fecha 08 de noviembre de 2018, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano, Informe N° 604-2018-MDL-GAJ de fecha 14 de noviembre de 2018, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 207 -MDL, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el día 06 de abril de 2008, se aprobó el Reglamento para Elecciones de Juntas Vecinales Comunales del distrito de Lince, el mismo que en su artículo 8° señala que "El Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía, convoca a elecciones de Delegados de las Juntas Vecinales Comunales, designa un Comité Electoral y establece el Cronograma Electoral, antes del vencimiento del mandato de las Juntas Vecinales Comunales " (...)"; Que, el artículo 9° del dispositivo legal acotado en el párrafo precedente establece que: "El Comité Electoral es un órgano conformado por tres (3) personas dos (2) de ellas procedentes de la Sociedad Civil que cumplirán la labor de Presidente y, una de la Municipalidad que cumplirá la labor de vocal. Tiene por objeto velar por el correcto y transparente desarrollo de las elecciones de Delegados de las Juntas Vecinales Comunales. El Comité designado tendrá competencia para actuar en el caso de segunda vuelta y de revocatoria de Delegados (...)"; Que, mediante Nº 069-2018-MDL-GDH de fecha 08 de noviembre de 2018, la Gerencia de Desarrollo Humano hace suyo el Informe N° 134-2018-MDL-GDH-GPSPNGA de fecha 08 de noviembre de 2018, emitido por la Responsable del Programa de Gestión de Proyectos Sociales Participativos, elevando el proyecto de Decreto de Alcaldía conteniendo la propuesta de conformación del Comité y Cronograma Electoral; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del Artículo 20° en concordancia con el Artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.