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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 (26/11/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Lunes 26 de noviembre de 2018 El Peruano / Que, la O fi cina General de Recursos Humanos, mediante el Informe Escalafonario (OAP) N° 0197/2018, ha señalado que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos José Pareja Ríos, cumplirá el 31 de diciembre de 2018, 20 años en la categoría, por lo que corresponde su pase a la situación de retiro, según lo dispuesto en la Ley N° 28091; De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias, el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos José Pareja Ríos, el 1 de enero de 2019, por cumplir veinte años en la categoría. Artículo 2.- Dar las gracias al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos José Pareja Ríos, por los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1716344-5 Dan por terminadas las funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de la India, República de Maldivas, República Democrática Socialista de Sri Lanka, República Federal Democrática de Nepal y República Popular de Bangladesh RESOLUCIÓN SUPREMA N° 218-2018-RE Lima, 23 de noviembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 219-2016- RE, de 12 de octubre de 2016, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de la India al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Juan Castañeda Méndez; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0939-2016- RE, se fi jó el 14 de noviembre de 2016, como la fecha en que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Juan Castañeda Méndez, asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de la India; Que, mediante Resolución Suprema N° 028-2017- RE, de 20 de enero de 2017, se nombró al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de la India, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Juan Castañeda Méndez, para que se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Maldivas, con residencia en Nueva Delhi, República de la India; Que, mediante Resolución Suprema N° 087-2017- RE, de 28 de marzo de 2017, se nombró al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de la India, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Juan Castañeda Méndez, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República Democrática Socialista de Sri Lanka, con residencia en Nueva Delhi, República de la India;Que, mediante Resolución Suprema N° 102-2017- RE, de 4 de abril de 2017, se nombró al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de la India, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Juan Castañeda Méndez, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República Federal Democrática de Nepal, con residencia en Nueva Delhi, República de la India; Que, mediante Resolución Suprema N° 135-2017- RE, de 12 de mayo de 2017, se nombró al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de la India, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Juan Castañeda Méndez, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República Popular de Bangladesh, con residencia en Nueva Delhi, República de la India; De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias, el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Juan Castañeda Méndez, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de la India, el 31 de diciembre de 2018. Artículo 2.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Juan Castañeda Méndez, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú, ante la República de Maldivas, ante la República Democrática Socialista de Sri Lanka, ante la República Federal Democrática de Nepal, y ante la República Popular de Bangladesh, con residencia en Nueva Delhi, República de la India, el 31 de diciembre de 2018. Artículo 3.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 4.- Darle las gracias, por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones. Artículo 5.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 6.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1716344-6 Pasan a la situación de retiro a Embajadores en el Servicio Diplomático de la República RESOLUCIÓN SUPREMA N° 219-2018-RE Lima, 23 de noviembre de 2018VISTO: El Informe Escalafonario (OAP) N° 0195/2018, de 9 de noviembre de 2018, de la O fi cina de Administración de Personal, de la O fi cina General de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del artículo 18 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone