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6 NORMAS LEGALES Viernes 30 de noviembre de 2018 / El Peruano Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1718338-2 Decreto Supremo que modifica la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 033-2018-PCM DECRETO SUPREMO N° 119-2018-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 033-2018- PCM se crea la Plataforma Digital única del Estado Peruano para orientación al ciudadano denominada GOB.PE, la cual es administrada por la Presidencia del Consejo de Ministros a través de la Secretaria de Gobierno Digital; Que, el artículo 3 del referido Decreto Supremo señala que esta norma es obligatoria para todas las entidades de la administración pública comprendidas en el artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, con excepción de las personas jurídicas señaladas en el numeral 8 del citado artículo; Que, asimismo, el artículo 6 de la precitada norma establece que la Secretaria de Gobierno Digital, órgano rector del Sistema Nacional de Informática, dicta los lineamientos técnicos y normativos para la implementación, operación y mantenimiento, entre otros de la Plataforma GOB.PE; Que, la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo antes citado, establece que el incumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo genera responsabilidad administrativa disciplinaria pasible de sanción en observancia a las normas del régimen disciplinario y procedimiento sancionador de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y añade que el Titular de la entidad es el responsable del cumplimiento de dicha disposición; Que, mediante el Decreto Supremo N° 054-2018- PCM, se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado, con el objeto de regular los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; Que, el numeral 10.5 del artículo 10 del precitado Decreto Supremo señala que en toda entidad debe estar defi nida la autoridad de la gestión administrativa, la cual forma parte de la Alta Dirección y actúa como nexo de coordinación entre esta y los órganos de asesoramiento y de apoyo; la misma que en los Ministerios es ejercida por la Secretaría General; en los Gobiernos Regionales por la Gerencia Regional, en los Gobiernos Locales por la Gerencia Municipal y en los organismos públicos, se denomina Gerencia General;Que, es necesario modi fi car la precitada disposición complementaria a fi n de establecer con claridad qué autoridad es la responsable del ejercicio de la tarea señalada en ella, lo que permitirá su adecuada interpretación e implementación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM y sus modi fi catorias; DECRETA:Artículo 1.- Modi fi cación de la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 033-2018-PCM Modi fi car el segundo párrafo de la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 033-2018-PCM, en los términos siguientes: “Quinta.- (…) Corresponde a la autoridad de la gestión administrativa de cada entidad asegurar el cumplimiento de la presente disposición, conforme lo indicado en el artículo 10 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados mediante el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM”. Artículo 2.- Vigencia El presente Decreto Supremo entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1718338-3 Designan miembro del Tribunal de Solución de Controversias del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, en representación del Ministerio de Energía y Minas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 213-2018-PCM Lima, 29 de noviembre de 2018CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, se han dictado lineamientos y normas de aplicación general a todos los Organismos Reguladores; Que, el artículo 9 de la citada Ley, prescribe que los Organismos Reguladores contarán con un Tribunal de Solución de Controversias como última instancia administrativa, el cual estará conformado por cinco (5) miembros designados por resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del sector al que pertenece la actividad económica regulada; Que, asimismo, el numeral 9.2 del artículo 9 de la citada Ley establece que el Tribunal de Solución de Controversias se encuentra conformado, entre otros, por un miembro a propuesta del sector al que pertenece la actividad económica regulada;