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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 (30/11/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Viernes 30 de noviembre de 2018 / El Peruano solicitado al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, se le otorgue la delegación de la facultad de emitir Certi fi cados de Origen a las empresas exportadoras de la región de Moquegua; Que, la Dirección de la Unidad de Origen de la Dirección General de Facilitación de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior, a través de los documentos del Visto, estima viable otorgar la delegación de la facultad de emitir Certi fi cados de Origen a la Cámara de Comercio e Industria de Ilo, sustentando la emisión de la presente Resolución; Que, el numeral 5 del artículo 5 de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el artículo 53-C del Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y sus modi fi catorias, señalan que el MINCETUR, a través de la Dirección de la Unidad de Origen de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior, es el organismo competente para emitir Certi fi cados de Origen, en el marco de los acuerdos suscritos por el Perú, en los regímenes preferenciales y no preferenciales, así como mantener un registro de los mismos; Que, el Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo tiene la facultad de delegar dicha competencia en personas jurídicas del sector privado cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hacen conveniente y en forma temporal, conforme a lo dispuesto en los artículos 76 y 79 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; Que, existen razones de orden técnico, económico, social y territorial para delegar la facultad de emitir Certi fi cados de Origen a la Cámara de Comercio e Industria de Ilo y, asimismo, se cuenta con la opinión favorable de la Dirección de la Unidad de Origen de la Dirección General de Facilitación de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior al respecto; por lo que, resulta conveniente otorgar la delegación solicitada en la entidad antes mencionada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y sus modi fi catorias, y el Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar la delegación de la facultad de emitir Certi fi cados de Origen a la Cámara de Comercio e Industria de Ilo, a fi n que pueda emitir certi fi cados de origen a las mercancías producidas en la región de Moquegua, por un plazo de un (01) año, el mismo que se computará a partir de la fecha de suscripción del convenio a que se hace referencia en el artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 2.- La delegación será ejercida de acuerdo a los términos del convenio que se suscribirá entre el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la Cámara de Comercio e Industria de Ilo, conforme a las normas vigentes. Artículo 3.- Autorizar al Viceministro de Comercio Exterior a suscribir, en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el convenio a que se re fi ere el artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 4.- Vencido el plazo señalado en el artículo 1 de la presente Resolución, la Cámara de Comercio e Industria de Ilo no podrá continuar emitiendo Certi fi cados de Origen; salvo para la atención de aquellas solicitudes que fueran presentadas dentro del plazo establecido. De requerir una nueva delegación, ésta deberá solicitarse al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, previo cumplimiento de los requisitos de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROGERS VALENCIA ESPINOZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1717489-1DEFENSA Autorizan viaje de personal militar y civil FAP a México, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1750-2018 DE/FAP- Lima, 29 de noviembre de 2018Vistos, el O fi cio N° 435-2018-DP/CMED de fecha 22 de noviembre de 2018 del Jefe de la Casa Militar del Presidente de la Republica y el O fi cio NC-60-G841 N° 2182 de fecha 26 de noviembre de 2018 del Comandante del Grupo N° 8 de la Fuerza aérea del Perú. CONSIDERANDO:Que, mediante el O fi cio N° 435-2018-DP/CMED de fecha 22 de noviembre de 2018, el Jefe de la Casa Militar del Presidente de la Republica, solicita por especial encargo del Despacho Presidencial, el apoyo aéreo para las actividades del Señor Presidente de la Republica, en la Ciudad de México – Estados Unidos Mexicanos, del 30 de noviembre de 2018 al 01 de diciembre de 2018; Que, mediante el O fi cio NC-60-G841 N° 2182 de fecha 26 de noviembre de 2018, el Comandante del Grupo N° 8 de la Fuerza Aérea del Perú, remite al Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú, el planeamiento de vuelo que conformarán la tripulación de la aeronave Boeing 737-500 FAP 356 (Principal) y aeronave Boeing 737-200 FAP 352 (Alterna), que permitirá trasladar al Señor Presidente de la República y su Comitiva O fi cial a la Ciudad de México - Estados Unidos Mexicanos, del 30 de noviembre de 2018 al 01 de diciembre de 2018; Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación de la aeronave Boeing 737-500 FAP 356 (Principal) y aeronave Boeing 737-200 FAP 352 (Alterna), que permitirá trasladar al Señor Presidente de la República y su Comitiva O fi cial a la Ciudad de México - Estados Unidos Mexicanos, del 30 de noviembre de 2018 al 01 de diciembre de 2018; Que, conforme al documento HG-N° 0173 DGVC- ME/SIAF-SP de fecha 26 de noviembre de 2018 del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por viáticos en Comisión de Servicio en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; lo cual incluye para el presente evento viáticos por Comisión de Servicio en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en el inciso b) del artículo 10 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modi fi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar y Civil FAP que se detalla a continuación, quienes conformarán la tripulación de la aeronave Boeing 737-500 FAP 356 (Principal) y aeronave