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11 NORMAS LEGALES Viernes 30 de noviembre de 2018 El Peruano / Boeing 737-200 FAP 352 (Alterna), que permitirá trasladar al Señor Presidente de la República y su Comitiva O fi cial a la Ciudad de México - Estados Unidos Mexicanos, del 30 de noviembre de 2018 al 01 de diciembre de 2018: AERONAVE BOEING 737-500 FAP 356 (Principal) Tripulación Principal Coronel FAP CESAR AUGUSTO MACEDO GARCIA NSA: O-9556188 DNI: 02773543Coronel FAP OSCAR GUILLERMO DELGADO GONZALES NSA: O-9573089 DNI: 07871146Coronel FAP DAVID FERNANDO VELASQUEZ PORTELLA NSA: O-9579890 DNI: 43412386Comandante FAP CARLOS MANUEL ZAMORA CAVERO NSA: O-9601791 DNI: 09393112Comandante FAP GONZALO GUALBERTO HUANQUI NSA: O-9653096 VALCARCEL DNI: 44103072Técnico de Primera FAP ORLANDO VALENCIA MALDONADO NSA: S-60738493 DNI: 09221031 Técnico de Primera FAP ROBERTO ELIAS SALAS BAELLA NSA: S-60695992 DNI: 29420046Personal Civil FAP CESAR ADOLFO BANCES DAVILA NSA: C-71512713 DNI: 40091107Personal Civil FAP JHOSELINE DIANIRA MEDINA PAREDES NSA: C-71618918 DNI: 48056578Personal Civil FAP ALESSANDRA TRUCIOS CORNEJO NSA: C-71619118 DNI: 47726901 Tripulación Alterna Coronel FAP MARCO ANTONIO APARICIO BACA NSA: O-9544187 DNI: 43412943Coronel FAP VICTOR ALFREDO VARGAS BLACIDO NSA: O-9589691 DNI: 43623935Técnico Inspector FAP MANUEL ACOSTA QUISPE NSA: S-60608689 DNI: 09592586Subo fi cial de Primera FAP MIGUEL ANGEL ORTIZ ESPINOZA NSA: S-60932704 DNI: 41576191Personal Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ NSA: C-70941901 DNI: 06624283Personal Civil FAP LIRIA SOFIA DELGADO WONG NSA: C-71619018 DNI: 70619365 AERONAVE Boeing 737-200 FAP 352 (Alterna) Tripulación Principal Coronel FAP GUILLERMO MARTIN MENENDEZ LOPEZ NSA: O-9537486 DNI: 43595837Coronel FAP LUIS ALBERTO HUISA CORNEJO NSA: O-9582190 DNI: 43345549 Comandante FAP MANUEL FERNANDO VELEZ BREÑA NSA: O-9624793 DNI: 43357037 Comandante FAP SIXTO ALBERTO SALAS BALBUENA NSA: O-9623693 DNI: 29603857Técnico de Inspector FAP JOSE ANTONIO BARDALES MATTA NSA: S-60531187 DNI: 06723835Técnico de Primera FAP EDGAR ALEJANDRO MARALLANO RAMOS NSA: S-60642391 DNI: 20992601Personal Civil FAP CESAR ADOLFO BANCES DAVILA NSA: C-71512713 DNI: 40091107Personal Civil FAP JHOSELINE DIANIRA MEDINA PAREDES NSA: C-71618918 DNI: 48056578Personal Civil FAP ALESSANDRA TRUCIOS CORNEJO NSA: C-71619118 DNI: 47726901 Tripulación Alterna Coronel FAP ERNESTO BARDALES ARIAS NSA: O-9514085 DNI: 43334729Coronel FAP ERICK RENZO OBLITAS YABAR NSA: O-9588891 DNI: 07869954Comandante FAP FERNANDO SALES RUIZ NSA: O-9591391 DNI: 43567055Tecnico de Tercera FAP JAVIER JOHNNY QUISPETUPA SANCHEZ NSA: S-60920802 DNI: 41348598Personal Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ NSA: C-70941901 DNI: 06624283Personal Civil FAP LIRIA SOFIA DELGADO WONG NSA: C-71619018 DNI: 70619365Artículo 2.- La participación de la tripulación alterna queda supeditada a la imposibilidad de participación de la tripulación principal. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos US $ 440.00 x 02 días x 10 personas = US $ 8,880.00 -------------------- Total a Pagar US $ 8,880.00 Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 6.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1718245-1 ECONOMIA Y FINANZAS Modifican las disposiciones reglamentarias aprobadas por el Decreto Supremo N° 084-2007-EF, Decreto Supremo N° 110-2007-EF y el Decreto Supremo N° 153-2015-EF DECRETO SUPREMO Nº 276-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, a través del Decreto Supremo Nº 084-2007-EF se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, mediante el cual se dispuso que las personas naturales o jurídicas que suscriban Contratos de Inversión con el Estado para la realización de inversiones en cualquier sector de la actividad económica, que generen renta de tercera categoría, pueden acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas establecido por el citado Decreto Legislativo; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 110-2007-EF se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 28754, a través de la cual se dispuso que las personas jurídicas que celebren contratos de concesión a partir de la vigencia de la referida Ley, en virtud de las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y normas modi fi catorias y que se encuentren en la etapa preoperativa, obtendrán derecho al reintegro tributario equivalente al Impuesto General a las Ventas que les sea trasladado o que paguen durante dicha etapa, siempre que el mismo no pueda ser aplicado como crédito fi scal; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 153-2015- EF se dictaron las normas reglamentarias del Capítulo II de la Ley N° 30296, Ley que promueve la reactivación de la economía, establece, de manera excepcional y temporal, el Régimen Especial de Recuperación