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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (03/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de octubre de 2018 El Peruano / VISTO el Ofi cio N° 074-2018-2019-ADP/PCR, recibido el 26 de setiembre de 2018, suscrito por Daniel Salaverry Villa, presidente del Congreso de la República, sobre la expedición de credencial a congresista accesitario, al haberse emitido la Resolución N° 2-2018-2019-P-CR, de fecha 24 de setiembre de 2018, con la que se declaró la vacancia del cargo de congresista que ejercía Mario José Canzio Álvarez, quien falleció el 17 de setiembre de 2018. CONSIDERANDOS1. El Congreso de la República, mediante la Resolución N° 2-2018-2019-P-CR, de fecha 24 de setiembre de 2018, publicada en el diario o fi cial El Peruano , el 26 de setiembre de 2018, en aplicación del artículo 25 de su Reglamento, declaró la vacancia del cargo de congresista de la República que ejercía el congresista Mario José Canzio Álvarez, fallecido el 17 de setiembre de 2018. En virtud de tal resolución, el presidente del Congreso de la República solicita la expedición de credencial al accesitario para su incorporación al Congreso de la República. 2. Así, al haberse recibido el O fi cio N° 074-2018- 2019-ADP/PCR del Congreso de la República, solicitando que se emita la credencial correspondiente al accesitario del congresista Mario José Canzio Álvarez, y de conformidad con las atribuciones de este órgano colegiado establecidas en el artículo 5 de la Ley N° 26486, corresponde al Pleno del Jurado Nacional de Elecciones acreditar al accesitario que ejercerá la función congresal en su reemplazo, de acuerdo con la información de la votación preferencial obtenida por los candidatos de la organización política El Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad, en el distrito electoral de Junín, conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de la Elección de Congresistas de la República, emitida por el Jurado Nacional de Elecciones, el 30 de mayo de 2016, correspondiente al proceso de Elecciones Generales 2016. 3. En el proceso de Elecciones Generales 2016, los candidatos al Congreso de la República, inscritos por la organización política El Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad para el distrito electoral de Junín, obtuvieron la siguiente votación preferencial: ORGANIZACIÓN POLÍTICA: EL FRENTE AMPLIO POR JUSTICIA, VIDA Y LIBERTAD N° CANDIDATOSVOTOS PREFERENCIALES 1 CANZIO ALVAREZ MARIO JOSE 14 653 2 GONZALES URIOLA FLOR DE MARIA 11 184 3 GILVONIO CONDEZO KATIA LUCIA 4 509 5 ORE GUZMAN SALVADOR 3 149 4 PEREZ SILVESTRE DITMAR VICTOR 2 180 4. Como resultado de la votación obtenida el 10 de abril de 2016, y luego de la aplicación de la cifra repartidora para la distribución de escaños congresales en el distrito electoral de Junín, resultó proclamado un único candidato de la organización política El Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad: Mario José Canzio Álvarez. 5. En consecuencia, al haberse declarado la vacancia del referido cargo, se debe convocar y acreditar con la respectiva credencial al candidato siguiente en votación preferencial en su misma lista, esto es, a Flor de María Gonzales Uriola, para que ejerza el cargo de congresista de la República. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Mario José Canzio Álvarez como congresista de la República, emitida con motivo de las Elecciones Generales 2016. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Flor de María Gonzales Uriola para que asuma el cargo de congresista de la República; para lo cual se le debe otorgar la correspondiente credencial que la acredite como tal. Artículo Tercero.- PONER en conocimiento del Congreso de la República y de la interesada la presente resolución. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHANAMÉ ORBECHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZConcha Moscoso Secretaria General 1697901-12 MINISTERIO PUBLICO Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General, destinada a la contratación de sociedad de auditoría para el ejercicio 2018 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 003414-2018-MP-FN-FN Lima, 1 de octubre de 2018VISTOS:El O fi cio Nº 1236-2018-MP-FN-GG de la Gerencia General y el Informe Nº 222-2018-MP-FN-GG-OCPLAP de la O fi cina Central de Plani fi cación y Presupuesto; CONSIDERANDO:El artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizadas para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República. Mediante el O fi cio N° 00246-2018-CG/VCSC la Contraloría General de la República solicitó al Ministerio Público, entre otros, que efectúe una Transferencia Financiera en el Año Fiscal 2018, por el monto de S/ 65 069.19 (SESENTA Y CINCO MIL SESENTA Y NUEVE Y 19/100 SOLES) para la contratación de la Sociedad de Auditoria en el marco legal de la Ley N° 30742 - Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, para la auditoria del periodo 2018. En atención a lo solicitado, y estando a lo propuesto por la O fi cina de Presupuesto y la O fi cina Central de Plani fi cación de Presupuesto, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe la referida transferencia fi nanciera. Contando con los vistos de la Gerencia General, Ofi cina Central de Plani fi cación y Presupuesto, O fi cina de Asesoría Jurídica, y O fi cina de Presupuesto.