Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2018 (06/10/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Sábado 6 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

37

Designan responsables titular y suplente de coordinar y entregar la información de acceso público de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 060-2018-MTC/33.1 4 de junio de 2018 VISTOS: El Informe N° 240-2018-MTC/33.3 de fecha 31 de mayo de 2018, emitido por la Oficina de Asesoría Legal de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao ­ AATE; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 2 de dicha norma establece que para los efectos de la Ley N° 27806 se entiende por entidades de la Administración Pública a las señaladas en el Artículo I del Título Preliminar de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, modificado por el Decreto Legislativo N° 1272, Decreto Legislativo que modifica la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y deroga la Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo; Que, el numeral 7 del Artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, considera como entidad de la Administración Pública a los organismos, proyectos especiales, y programas estatales, cuyas actividades se realizan en virtud de potestades administrativas y, por tanto, se consideran sujetas a las normas comunes de derecho público, salvo mandato expreso de ley que las refiera a otro régimen; Que, la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao ­ AATE es un Proyecto Especial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adscrito al Despacho Viceministerial de Transportes, encargado de las actividades de proyección, planificación, ejecución y administración de la infraestructura ferroviaria correspondiente a la Red Básica del Metro de Lima y Callao ­ Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, por lo que resultan aplicables las normas de transparencia y acceso a la información pública; Que, el artículo 3 del Reglamento de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, señala que es obligación de la máxima autoridad de la Entidad designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público, así como al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; Que, el artículo 4 del mencionado Reglamento señala que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información de acceso público se efectuará mediante resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el artículo 8 del Manual de Operaciones de la AATE, aprobado por Resolución Ministerial N° 3832015-MTC/01.02, señala que la Dirección Ejecutiva es el máximo órgano de decisión de la AATE y como tal es responsable de su dirección y administración general; Que, mediante Resolución Directoral N° 004-2017MTC/33.1 del 18 de enero de 2017 se designó al señor Alfieri Bruno Lucchetti Rodríguez como responsable de coordinar y entregar la información de acceso público de la AATE. Asimismo, mediante Resolución Directoral N°

050-2017-MTC/33.1 del 17 de abril de 2017 se designó al señor César Augusto Gamero Manrique como responsable suplente de coordinar y entregar la información de acceso público de la AATE; Que, a la fecha los referidos profesionales no mantienen vínculo laboral con la institución, por lo que es necesario designar nuevos responsables para la coordinación y entrega de la información de acceso público de la AATE; Que, en ese sentido, mediante Informe N° 240-2018MTC/33.3 de fecha 31 de mayo de 2018 emitido por la Oficina de Asesoría Legal, se propone designar al señor Cristian Dondero Cassano y a la señorita Milagros Yuliana Navarrete Moscoso como los responsables titular y suplente, respectivamente, de coordinar y entregar la información de acceso público de la AATE; De conformidad con la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM y el Manual de Operaciones de la AATE; Con el visado del Jefe de la Oficina de Asesoría Legal y del Coordinador (e) del Área Funcional de Saneamiento; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de los señores Alfieri Bruno Lucchetti Rodríguez y César Augusto Gamero Manrique como los responsables de coordinar y entregar la información de acceso público de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao. Artículo 2.- Designar al señor Cristian Dondero Cassano y a la señorita Milagros Yuliana Navarrete Moscoso como los responsables titular y suplente, respectivamente, de coordinar y entregar la información de acceso público de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, en el marco de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información. Artículo 3.- Notificar la presente Resolución al señor Cristian Dondero Cassano y a la señorita Milagros Yuliana Navarrete Moscoso y a los órganos de la AATE correspondientes. Artículo 4.- Encargar al responsable del Portal de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, la publicación de la presente Resolución en su portal institucional: http://www. aate.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS UGAZ MONTERO Director Ejecutivo AATE 1698870-1

Otorgan a Gold Flight S.R.L. permiso de operación de aviación general: privado
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 731-2018-MTC/12 Lima, 23 de agosto del 2018 Vista la solicitud de la empresa GOLD FLIGHT S.R.L., sobre otorgamiento del Permiso de Operación de Aviación General: Privado; CONSIDERANDO: Que, mediante Documento de Registro Nº T-1632482018 del 14 de junio del 2018, la empresa GOLD FLIGHT S.R.L. solicitó el Permiso de Operación de Aviación General: Privado; Que, según los términos del Memorando Nº 10282018-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC, Memorando Nº 790-2018-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certificaciones, Memorando Nº 106-2018-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.