Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2018 (06/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Sábado 6 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

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de Evaluación de Impacto Ambiental y sus normas reglamentarias; Que, el Consejo Directivo es el órgano máximo del Senace, siendo una de sus principales funciones adoptar acuerdos referidos a los asuntos del Senace que se sometan a su consideración, conforme lo dispone el literal d) del artículo 5 de la indicada Ley, modificada por el Decreto Legislativo N° 1394, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 29968, modificada por el Decreto Legislativo N° 1394, establece que el Consejo Técnico Consultivo es un órgano del Senace integrado por cinco (5) especialistas: i) un representante de los Colegios Profesionales elegido por el Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Perú; y, ii) Cuatro (4) profesionales con reconocida experiencia en temas vinculados a proyectos de desarrollo e inversiones, a la evaluación del impacto ambiental o a la prevención de conflictos sociales, elegidos por el Consejo Directivo a propuesta del Presidente Ejecutivo; Que, el artículo 27 del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del Senace, aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo N° 001-2017-SENACE/CD, establece que la Presidencia del Consejo Directivo emite las resoluciones de dicho órgano, en nombre de todos los miembros; Que, a través de la Carta s/n del 17 de setiembre de 2018, la señora Marlene del Pilar Anchante Rullé, presenta su renuncia como miembro del Consejo Técnico Consultivo del Senace, documento que fue remitido a la Secretaría del Consejo Directivo del Senace; Que, en la Sesión Ordinaria N° 018/2018 del 3 de octubre del 2018, el Consejo Directivo acuerda aceptar la renuncia formulada por la señora Marlene del Pilar Anchante Rullé como miembro del Consejo Técnico Consultivo, así como autorizar a la Presidenta del Consejo Directivo a emitir la resolución que formaliza dicho acuerdo; Con el visado de la Presidencia Ejecutiva y de la Oficina de Asesoría Jurídica del Senace, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ Senace, modificada por el Decreto Legislativo N° 1394, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental; el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las

Inversiones Sostenibles - Senace, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2017-MINAM; y, el artículo 27 del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del Senace, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 01-2017-SENACE/CD; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora MARLENE DEL PILAR ANCHANTE RULLÉ a la designación como miembro del Consejo Técnico Consultivo del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ Senace, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución del Consejo Directivo a la señora MARLENE DEL PILAR ANCHANTE RULLÉ para su conocimiento. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución del Consejo Directivo en el Diario Oficial El Peruano, y, en el mismo día, en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace (www.senace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Presidenta del Consejo Directivo del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles 1699745-1

Conforman el Comité Especial que estará a cargo de la conducción del proceso de selección meritocrático del/la Presidente/a Ejecutivo/a del SENACE
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 00005-2018-SENACE/CD Lima, 5 de octubre de 2018 VISTA: El acta de la Sesión Ordinaria N° 018/2018 del Consejo Directivo del Senace del 3 de octubre del 2018; y, CONSIDERANDO: Que, a través de la Ley N° 29968 se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (CD o USB) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

4. 5.

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