Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2018 (11/10/2018)


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NORMAS LEGALES

Jueves 11 de octubre de 2018 /

El Peruano

por las personas que deseen acogerse a los beneficios descritos en el párrafo anterior, las mismas deberán presentar el correspondiente escrito de desistimiento de su pretensión ante las instancias respectivas, según sea el caso, remitiendo una copia fedateada del mismo por mesa de partes de la Municipalidad dirigido a la Gerencia de Administración Tributaria. Artículo Quinto.- DEL PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA Las deudas que se encuentren en procesos de ejecución incluyendo los que se encuentran con medidas cautelares, gozaran de los beneficios previstos en la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- FORMA DE PAGO Podrán acogerse al presente beneficio establecido en la presente Ordenanza, los contribuyentes y/o beneficiarios con deuda tributaria pendiente de pago, los cuales deberán realizar los pagos al contado. Artículo Séptimo.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y estará vigente hasta el 30 de noviembre del 2018.

DISPOSICIONES FINALES Primero.- FACULTAR al señor alcalde de la Municipalidad Provincial de Lambayeque, a dictar de ser necesaria la normativa reglamentaria para el debido cumplimiento en lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segundo.- DISPONER que la Gerencia de Planificación y Presupuesto, así como a la Gerencia de Administración y Finanzas, otorgue a la Gerencia de Administración Tributaria los recursos necesarios para la aplicación y ejecución de la presente ordenanza. Tercero.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Planificación y Presupuesto, la Sub Gerencia de Tributación, Recaudación y Control de Deuda, Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, Sub Gerencia de Ejecución Coactiva, el cumplimiento de la presente Ordenanza de acuerdo a sus competencias y a la Secretaria General, la difusión y publicación en el Diario Oficial El Peruano, así como también en la página WEB de la Municipalidad: http://www. munilambayeque.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RICARDO CASIMIRO VELEZMORO RUIZ Alcalde 1699784-1

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE LOS REGLAMENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF EN EL PORTAL WEB DEL DIARIO OFICIAL EL PERUANO
De acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo No. 054-2018-PCM, artículo 52.1, se comunica a todos los organismos públicos que, para efectos de la publicación de los ROF y sus modificaciones, en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano, deberán tomar en cuenta lo siguiente: 1. La norma que aprueba el ROF o su modificación, se publicará en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (edición impresa), mientras que el Anexo (ROF o su modificación), se publicará en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano. Los organismos públicos, para tal efecto solicitarán por oficio de manera expresa lo siguiente: La publicación de la norma que apruebe el ROF o su modificación, en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (edición impresa). La publicación del Anexo (ROF o su modificación) en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano.

2. a) b)

Asimismo, en el Oficio precisarán que el contenido de los archivos electrónicos que envían para su publicación al correo (normaslegales@editoraperu.com.pe), son auténticos y conforme a los originales que mantienen en sus archivos, de los cuales asumen plena responsabilidad 3. a) b) 4. 5. a) b) c) d) e) f) g) h) Los documentos a publicar se enviarán de la siguiente manera: La norma aprobatoria del ROF se seguirá recibiendo en físico, conjuntamente con su respectiva versión electrónica; El anexo (ROF o su modificación) se recibirá exclusivamente en archivo electrónico, mediante correo institucional enviado a normaslegales@editoraperu.com.pe, más no en versión impresa. El ROF se publicará respetando el contenido del archivo electrónico tal como se recibe, de acuerdo a lo expresado en el item 2. El archivo electrónico del ROF deberá cumplir con el siguiente formato: Deberá presentarse en un único archivo electrónico de Microsoft Word, en el caso de Microsoft Excel toda la información se remitirá en una sola hoja de trabajo. El tamaño del documento en hoja A4 al 100%. El tipo de letra Arial. El tamaño de letra debe ser no menor a 8 puntos. El interlineado sencillo. Los márgenes de 1.50 cm. en la parte superior, inferior, derecha e izquierda. El Formato del archivo en Word y/o Excel, línea por celda. Todas las hojas deberán indicar en la parte superior al organismo emisor y la norma que aprueba el ROF. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

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