Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2018 (11/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Jueves 11 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

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es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (...)". Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 13 respecto al Consejo Regional establece: "Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. (...)"; en su artículo 15 respecto a las atribuciones del Consejo Regional refiere: "Son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...)": en su artículo 37 prescribe: "Los Gobiernos Regionales, a través de sus órganos de gobierno, dictan las normas y disposiciones siguientes: a) El Consejo Regional: Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional. (...)"; en tanto que el artículo 38 establece: "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. (...)". Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Tacna, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 055-2014-CR/GOB.REG. TACNA publicada en el diario oficial "El Peruano" el 24 de diciembre del 2014, en su artículo 49 señala: "Son atribuciones del Consejo Regional: a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional de Tacna". Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Aprueban Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública, en su artículo 5 señala: "(...) REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ­ ROF. Es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades". En su artículo 30 establece: "El Informe Técnico Sustentatorio que sustente la modificación del ROF incluirá la siguiente información: Sección 1. Justificación (...) Sección 2. Análisis de consistencia. (...) Sección 3. Efectos presupuestales (...)"; en su artículo 34 dispone: "La aprobación del ROF de las entidades se realizarán de acuerdo al siguiente esquema: (...) Gobierno Regional. Por Ordenanza Regional". En su artículo 35 establece: "Las entidades del nivel nacional, los Gobiernos Regionales y las municipalidades provinciales deberán cumplir con publicar el dispositivo aprobatorio, (...) de su ROF (...) en el Diario Oficial El Peruano. (...)". Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 342-2004-PR/TACNA de fecha 16 de agosto del 2004, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Hospital Hipólito Unanue de Tacna. Que, mediante Oficio Nº 517-2016-GR/GOB.REG. TACNA de fecha 11 de agosto de 2016, recepcionado el 15 del mismo mes y año, emitido por la Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna se remite el proyecto de modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones del Hospital Hipólito Unanue de Tacna, con el objeto de que sea aprobado mediante Ordenanza Regional; para lo cual adjunta los informes y demás documentos que sustentan su pedido. Que, con el Informe Nº 34-2016-ORG-OPE-HHUT/ DRS.T/GOB.REG.TACNA de fecha 27 de junio de 2016 emitido por el Director de la Oficina de Planeamiento Estratégico del Hospital Hipólito Unanue de Tacna; el Informe Nº 083-2016-EORG-DEPE/DRS.T/GOB.REG. TACNA de fecha 05 de julio de 2016 emitido por la Directora Ejecutiva de Planeamiento Estratégico de la Dirección Regional de Salud de Tacna; el Informe Nº 0562016-OAJ/DRS.T/GOB.REG.TACNA de fecha 07 de julio de 2016 emitido por el Director de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Salud de Tacna; el Informe Nº 116-2016-GRPPT-SGDO/GOB.REG.TACNA de fecha 26 de julio de 2016 emitido por la Sub Gerencia de Desarrollo Organizacional del Gobierno Regional de Tacna; el Informe Nº 1235-2016-ORAJ/GOB.REG.TACNA

de fecha 08 de agosto de 2016 emitido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica y demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 020-2016-CR-COPPAT de fecha 24 de agosto de 2016, sobre: "MODIFICACION PARCIAL DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DEL HOSPITAL HIPOLITO UNANUE DE TACNA", dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha 11 de noviembre de 2016. Que, teniendo en cuenta las opiniones favorables emitidas por las diferentes oficinas competentes del Gobierno Regional de Tacna resulta atendible el pedido de modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones del Hospital Hipólito Unanue de Tacna. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 30055; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- MODIFICAR parcialmente el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Hospital Hipólito Unanue de Tacna, aprobado con Resolución Ejecutiva Regional Nº 342-2004-PR/TACNA de fecha 16 de agosto del 2004, respecto de sus artículos 13, 14 y 19 de acuerdo al texto siguiente: "OBJETIVOS FUNCIONALES DEL ÓRGANO DE CONTROL Artículo 13º.ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL. (...) o) Emitir el Informe Anual al Consejo Regional en cumplimiento a lo señalado en la Ley Orgánica de Gobierno Regionales y de conformidad a las disposiciones emitidas por la CGR. OBJETIVOS FUNCIONALES DEL ÓRGANO DE ASESORAMIENTO Artículo 14º.ESTRATÉGICO ÓRGANO DE PLANEAMIENTO

(...) k) Emitir opinión técnica favorable sobre la formulación y elaboración de los Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional: Cuadro para Asignación de Personal ­ Provisional (CAP - P) y/o Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) según sea el caso. l) Emitir opinión favorable al proyecto del Manual de Perfiles de Puestos, en relación a la verificación de la coherencia y alineamiento con el Reglamento de Organización y Funciones. m) Desarrollar las fases del dimensionamiento, así como de la elaboración de los informes finales correspondientes a cada fase. DE LOS OBJETIVOS FUNCIONALES DEL ÓRGANO DE APOYO (...) Artículo 19º.- UNIDAD DE PERSONAL (...) m) Formular y elaborar los documentos de gestión institucional (Cuadro para Asignación de Personal ­ Provisional, Cuadro de Puestos de la Entidad) del Hospital Hipólito Unanue de Tacna, según corresponda. n) Emitir informe técnico sustentatorio sobre el Cuadro

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