Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2018 (05/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Miércoles 5 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Que, en este contexto, y como parte del fortalecimiento del Sector Salud, debe aprobarse para el año 2018 la norma que establezca los criterios para las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios a cumplir para recibir la entrega económica anual a la que hace referencia el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1153, que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado, para incentivar y garantizar la continuidad, oportunidad y calidad de los servicios en beneficio de la población; De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Legislativo N° 1153, Decreto Legislativo que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado; DECRETA: Artículo 1.- Objeto El presente Decreto Supremo tiene como objeto establecer los criterios para definir las metas institucionales, los indicadores de desempeño y los compromisos de mejora de los servicios a cumplirse en el año 2018, para la entrega económica anual a la que hace referencia el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1153, Decreto Legislativo que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado. Artículo 2.- Definiciones 2.1. Asignación económica anual por cumplimiento de metas: Entrega económica que se otorga una vez al año al personal de la salud de las entidades bajo el alcance del artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1153, en caso se cumpla con las condiciones establecidas para el otorgamiento de esta asignación. 2.2. Área responsable de información: Direcciones y Oficinas Generales del Ministerio de Salud, y organismos públicos adscritos al Ministerio de Salud encargados de generar y reportar la información necesaria para el monitoreo y la evaluación del cumplimiento de las metas institucionales, los indicadores de desempeño y los compromisos de mejora de los servicios. 2.3. Área responsable técnica: Direcciones y Oficinas Generales del Ministerio de Salud, encargadas de definir los aspectos técnicos y metodológicos, y brindar asistencia técnica relacionada a las metas institucionales, los indicadores de desempeño y los compromisos de mejora de los servicios. 2.4. Compromiso de mejora de los servicios: Conjunto de acciones cuyo cumplimiento facilita la prestación de servicios de salud por parte del personal de salud y/o la gestión de la institución. 2.5. Convenio de gestión: Herramienta de gestión que define los logros esperados de las metas institucionales, los indicadores de desempeño y los compromisos de mejora de los servicios por parte de las instituciones, y las obligaciones que asumirán las partes para su cumplimiento. Se materializa en un convenio celebrado entre el Titular del Ministerio de Salud con los Gobernadores de los Gobiernos Regionales, o con el Jefe Institucional del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas o con los Directores y/o Jefes de los órganos desconcentrados del Ministerio de Salud, según corresponda. 2.6. Indicador de desempeño: Es el instrumento a través del cual se mide el rendimiento del personal en base al resultado esperado para el área o servicio, y que permitirá ser referencia en cada gestión institucional a la contribución individual, desempeño o competencia del trabajador. 2.7. Institución: Red, Direcciones de Redes Integradas de Salud, Hospital e Instituto Especializado de las entidades comprendidas en el alcance del presente Decreto Supremo, a la cual está asignado el personal de salud para la evaluación del cumplimiento de las metas

institucionales, indicadores desempeño y compromiso de mejora de los servicios. 2.8. Logro esperado: Situación que se espera alcanzar en las metas institucionales, los indicadores de desempeño o compromisos de mejora de los servicios, al término del periodo de vigencia del convenio de gestión. 2.9. Logro alcanzado: Situación alcanzada en las metas institucionales, los indicadores de desempeño o compromisos de mejora de los servicios, al término del periodo de vigencia del convenio de gestión. 2.10. Meta Institucional: Indicador que proporciona información cuantitativa respecto de los resultados en salud planteados en función de las prioridades de política nacional y sectorial. 2.11. Negociación de los convenios de gestión: La negociación del convenio de gestión es un proceso de interacción entre los equipos técnicos del Ministerio de Salud y sus órganos desconcentrados y la DIRESA/ GERESA del Gobierno Regional, orientado a la definición de los logros esperados y pesos ponderados de las Metas Institucionales (MI), Indicadores de Desempeño (ID) y Compromisos de Mejora (CM) seleccionados, para su cumplimiento por el personal de salud de las instituciones. El proceso se desarrolla en reuniones de trabajo convocadas por la Alta Dirección del Ministerio de Salud. 2.12. Órgano desconcentrado: Son órganos desconcentrados del Ministerio de Salud, los que ejercen por desconcentración las funciones de la Dirección General de Operaciones en Salud. Para fines de los Convenios de Gestión, se toman en cuenta a la Direcciones de Redes Integradas de Salud y a los Hospitales e Institutos Especializados de Lima Metropolitana. 2.13. Peso ponderado: Es el peso que se le asigna a las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios de acuerdo a su relevancia. La suma de los pesos ponderados para una determinada institución es igual al cien por ciento (100%). 2.14. Porcentaje de cumplimiento anual de las metas institucionales e indicadores de desempeño: El porcentaje de cumplimiento anual para cada meta e indicador, es el resultado de la división de la diferencia entre el logro alcanzado y el valor umbral, y la diferencia entre el logro esperado y el valor umbral, expresado como porcentaje. Si el logro alcanzado es mayor que el logro esperado, el valor es cien por ciento (100%). Si el logro alcanzado en inferior al valor umbral, el valor es cero por ciento (0%). Para algunos indicadores hospitalarios se realiza cálculos más específicos que se describe en la ficha técnica de cada indicador. 2.15. Porcentaje global de cumplimiento: Es el resultado de la sumatoria de los porcentajes de cumplimiento anual de cada meta institucional, indicador de desempeño y compromisos, multiplicados por sus respectivos pesos ponderados; dividido entre cien por ciento (100%). Se calcula a nivel de cada una de las instituciones. 2.16. Valor Umbral: Es la situación a partir de la cual se evalúa positivamente una meta institucional o indicador de desempeño. No aplica para compromisos de mejora de los servicios. Artículo 3.- Alcance Se encuentran bajo el alcance del presente Decreto Supremo el Ministerio de Salud y sus órganos desconcentrados, el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, los Gobiernos Regionales y sus Directores Regionales de Salud o Gerencias Regionales de Salud, así como los órganos dependientes de las mismas. El personal de la salud que puede ser beneficiario de la asignación económica anual por cumplimiento de metas se encuentra definido en el Decreto Supremo N° 1162014-EF. Artículo 4.- Metas Institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios El Ministerio de salud, mediante documento normativo aprobado con Resolución Ministerial, define las metas institucionales, los indicadores de desempeño y los

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