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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (05/09/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de setiembre de 2018 El Peruano / Visto el O fi cio N° 2874-2018-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el O fi cio N° 300-2018-INEI/DTIE de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos. CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Jefaturales N°s. 198, 210, 226 y 241-2018-INEI, se aprobaron los Índices Unifi cados de Precios, para las seis áreas geográ fi cas correspondientes a los meses de junio y julio de 2018; Que, mediante documento del Visto la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo remite el Convenio Colectivo en Construcción Civil relativo al procedimiento de negociación colectiva correspondiente al período 2018-2019 de la Federación de Trabajadores de Construcción Civil del Perú-FTCCP; asimismo, remite el Auto Directoral General Nº 258-2018, en la cual, se dispone tener por presentado el Convenio Colectivo de Trabajo, periodo 2018-2019, suscrito el 10 de agosto de 2018, entre la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú y la Cámara Peruana de la Construcción –CAPECO; Que, en la Convención Colectiva de Trabajo – Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2018-2019, Expediente N° 120-2018-MTPE/2.14-NC, se acordó entre otros, que a partir del 1 de junio de 2018 a los trabajadores de Construcción Civil del ámbito nacional, recibirán un aumento general sobre su jornal básico diario; Que, para tal efecto resulta necesario modi fi car el Índice Uni fi cado de Mano de Obra de los meses de junio y julio de 2018, para las seis áreas geográ fi cas; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo 1. - Modi fi car el Índice Uni fi cado de Mano de Obra (Código 47) para las seis áreas geográ fi cas, de los meses de junio y julio de 2018, en la forma siguiente:CÓDIGO 47: ÍNDICE MANO DE OBRA AÑO 2018 ÍNDICES MES ANTERIOR MODIFICADO JUNIO 582,52 602,11 JULIO 582,52 602,11 Artículo 2.- En los casos de las obras cuyos presupuestos fueron elaborados con precios vigentes desde junio y julio de 2018, deberán utilizar para la fi jación del Índice Base del Código 47, el valor establecido en las Resoluciones Jefaturales N°s. 198, 210, 226 y 241-2018-INEI, que aprobaron los Índices Uni fi cados correspondientes a dichos meses. Regístrese y comuníquese. FRANCISCO COSTA APONTE Jefe (e) 1687590-1 Modifican Factores de Reajuste que deben aplicarse a Obras de Edificación, correspondientes a las seis áreas geográficas para Obras del Sector Privado, ejecutadas en los meses de junio y julio de 2018 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 259-2018-INEI Lima, 3 de setiembre de 2018Visto el O fi cio N° 2874-2018-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el O fi cio N° 300-2018-INEI/DTIE de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos. REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante o fi cio dirigido al Director del Diario O fi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (CD o USB) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe , precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo , colocándose una declaración jurada debajo de otra. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES