Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2018 (05/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Miércoles 5 de setiembre de 2018 /

El Peruano

nacionales e instrumentos internacionales de los que el Perú es parte; Que, el artículo 19 de la norma legal precitada establece que la Autoridad Marítima Nacional ejerce la potestad sancionadora por la comisión de infracciones al citado Decreto Legislativo, su reglamento y normas complementarias que se comenten por acción u omisión que afecte: i) la protección y seguridad de la vida humana en el ámbito acuático: ii) la prevención y protección del ambiente acuático: iii) el control y vigilancia del tráfico acuático y la seguridad y protección de la navegación en el ámbito acuático; Que, el Decreto Supremo Nº 015-2014-DE de fecha 26 de noviembre del 2014, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1147, establece que las infracciones a las normas legales son sancionadas de acuerdo a lo indicado en la tabla de infracciones y sanciones, que se describen en el anexo que forma parte integrante del Reglamento; Que, mediante Resolución Directoral Nº 077-2015 MGP/DGCG de fecha 28 de enero del 2015, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas aprobó los formatos de aviso de infracción y papeleta de multa en aplicación a lo dispuesto en el Decreto Supremo citado en el párrafo precedente; Que, con la finalidad que las Capitanías de Puerto y las Unidades Guardacostas apliquen correctamente las infracciones y sanciones a través de los documentos oficiales acorde a la normatividad nacional vigente, es necesario actualizar los formatos de aviso de infracción y papeleta de multa; Que, de conformidad a lo propuesto por el Jefe de la Oficina de Recaudaciones, a lo recomendado por el Director de Doctrina, Normativa, Gestión y Estadística y el Director de Asuntos Legales y a lo opinado por el Director Ejecutivo de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la actualización del formato "Aviso de Infracción" a ser utilizado por las Capitanitas de Puerto y Unidades Guardacostas, de acuerdo con el modelo del Anexo I de la presente Resolución Directoral. Artículo 2º.- Aprobar la actualización del formato "Papeleta de Multa" a ser utilizado por las Capitanitas de Puerto de acuerdo con el modelo del Anexo II de la presente Resolución Directoral. Artículo 3º.- Déjese sin efecto la Resolución Directoral Nº 077-2015 MGP/DGCG de fecha 28 de enero del 2015 y todas las normas que se contrapongan a lo dispuesto en la presente Resolución Directoral. Artículo 4º.- La presente Resolución Directoral será publicada en el Portal Electrónico de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas - Autoridad Marítima Nacional (http://www.dicapi.mil.pe). Artículo 5º.- La presente Resolución Directoral entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese y publíquese como Documento Oficial Público (D.O.P) MANUEL VÁSCONES MOREY Director General de Capitanías y Guardacostas 1686985-1

CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, modificado por Decreto Supremo Nº 008-2017-MIDIS, comprende entre los Programas Nacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, al Programa Nacional de Asistencia Solidaria­PENSIÓN 65; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 151-2018MIDIS se designó al señor Julio Mendigure Fernández como Director Ejecutivo del Programa Nacional de Asistencia Solidaria­PENSIÓN 65; designación que se ve por conveniente dar por concluida y encargar las funciones del indicado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, modificado por Decreto Supremo Nº 008-2017-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación efectuada al señor Julio Mendigure Fernández como Director Ejecutivo del Programa Nacional de Asistencia Solidaria­PENSIÓN 65. Artículo 2.- Encargar las funciones de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Asistencia Solidaria­ PENSIÓN 65 al señor Luis Fernando Llanos Zavalaga, Coordinador Técnico del citado Programa, en adición a sus funciones, en tanto se designe a su titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1687856-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de diversos Gobiernos Locales
DECRETO SUPREMO Nº 200-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se declara prioritaria, de interés nacional y necesidad pública la implementación de un Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, para la reconstrucción y construcción de la infraestructura pública y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención; Que, el párrafo 5.1 del artículo 5 de la Ley N° 30556 dispone que la totalidad de los recursos económicos que se requieran para la implementación de los componentes

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Encargan funciones de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Asistencia Solidaria-PENSIÓN 65
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 259-2018-MIDIS Lima, 4 de setiembre de 2018

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