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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (14/09/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Viernes 14 de setiembre de 2018 El Peruano / ITEM DESCRIPCIÓN 43Servicios relacionados con la protección ambiental, control, monitoreo, remediación y gestión ambiental, incluye el plan de monitoreo arqueológico. 44 Servicos de gestión para la obtención de permisos y autorizaciones. 45 Servicos de comunicaciones.46 Servicios de sistemas imformáticos. 47 Servicios de edición y suminsitro de programas de informática. 48Servicios de base de datos y distribución de línea de contenidos electrónicos 49Servicios de reclutamiento, dotación, capacitación, supervisión y entrenamiento del personal. 50 Servicios de investigación del personal y empresas proveedoras. 51Servicios de salud, médicos y hospitalarios, así como de suministros de medicamentos. 52Servicios de seguridad y vigilancia de las instalaciones de proyectos y del personal. 53 Servicios de seguros y reaseguros. 54 Servicios de rescate, auxilio, entrenamineto y respuesta a emergencias 55Servicios de seguridad industrial, contraencendios, salud ocupacional y planes de contingencia así como capacitación, estudios y asesoría en control de riesgos. 56Servicios de asesoría, consultoría, estudios técnicos especiales y auditorías destinadas a las actividades del proyecto. 57Servicios legales y de contabilidad de teneduría de libros y de auditoría; así como asesoría en materia tributaria. 58Servicios de gerenciamiento, control de proyectos, incluyendo control y estimaciones de costos, administración, contabilidad, logístca y recursos humansdo. 59 Servicios de levantamiento catastral ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN VINCULADAS AL PROYECTO ITEM DESCRIPCIÓN 1 Preparación del terreno 2Construcción de edi fi cios completos y de partes de edi fi cios; obras de ingeniería civil en general. 3Acondicionamiento de edi fi cios y actividades de reparación correspondiente. 4 Terminación y acabado de edi fi cios 5 Construcción de vertederos y depósitos de desmontes. 6 Construcción de almacenes y depósitos.7 Construcción de talleres.8 Construcción de estaciones de servicios.9 Construcción de laboratorios. 10 Construcción de campamentos. 11 Construcción de subestaciones eléctricas. 12 Construcción de líneas de transmisión y de distribución eléctrica13 Construcción de terminal multiboyas.14 Construcción de centro de suministro de energía de emergencia.15 Construcción de sistemas de bombeo.16 Construcción de presa o depósito de relaves.17 Construcción de depósito de material inadecuado. 18Construcción de hablitaciones, o fi cinas, comedores,facilidades médicas, baños, labaderos, y otras instalaciones vinculadas con la ejecución del proyecto. 19 Obras civiles y estructurales y obras electromecánicas.20 Construcción de estructuras metálicas y tuberías. 21Carreteras, caminos de accesos, de acarreo, y otras vías vinculadas con la ejecución del proyecto. 22 Demolición y voladuras.23 Construcción de instalaciones eléctricas.24 Instalaciones de fontanería, califacción y aire acondicionado. 25 Otras instalaciones vinculadas con la ejecución del proyecto. 26Otras actividades de construcción especializadas vinculadas al proyecto. 1690766-1 Constituyen el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Energía y Minas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 342-2018-MEM/DM Lima, 11 de setiembre de 2018VISTOS: El Memorando Nº 0596-2018/MEM-SEG de la Secretaría General; y el Informe Nº 843-2018-MEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO:Que, con el Decreto Supremo Nº 081-2013-PCM se aprueba la Política Nacional de Gobierno Electrónico 2013-2017, de alcance nacional y cumplimiento obligatorio por parte de todas las entidades de la Administración Pública, la cual precisa lineamientos estratégicos para la adopción del Gobierno Electrónico en el país; Que, mediante Decreto Supremo Nº 066-2011-PCM, se aprueba el Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú - La Agenda Digital Peruana 2.0, que tiene como uno de sus objetivos promover una administración pública de calidad orientada a la población; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 033-2018-PCM se crea la Plataforma Digital Única del Estado Peruano y se establecen disposiciones adicionales para el desarrollo del Gobierno Digital, entre ellas la creación del rol del Líder de Gobierno Digital en cada una de las entidades de la administración pública para la coordinación de acciones y medidas para la transformación digital y despliegue del Gobierno Digital; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 119- 2018-PCM, se dispone la creación de un Comité de Gobierno Digital en cada entidad de la Administración Pública, el cual constituye un mecanismo de gobierno para la dirección, evaluación y supervisión del proceso de transformación digital y Gobierno Digital en las entidades de la Administración Pública, contribuyendo al cumplimiento de sus objetivos y planes institucionales, así como a una mejor prestación de servicios públicos digitales de cara a la ciudadanía; Que, de acuerdo a los documentos de Vistos, resulta necesario crear el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Energía y Minas como un mecanismo de gobierno para la dirección, evaluación y supervisión del proceso de transformación digital y Gobierno Digital que contribuya al cumplimiento de los objetivos y planes institucionales, así como una mejor prestación de servicios públicos digitales a la ciudadanía; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Resolución Ministerial Nº 119-2018-PCM, que dispone la creación de un Comité de Gobierno Digital en cada entidad de la Administración Pública; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Constituir el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Energía y Minas, el mismo que está conformado por: - El/la Secretario(a) General, en representación del Titular de la Entidad, quien preside el Comité. - El/la líder de Gobierno Digital.- El/la Director(a) de la O fi cina de Tecnologías de la Información, quien ejerce la Secretaría Técnica. - El/la Director(a) de la O fi cina de Recursos Humanos. - El/la Director(a) de la O fi cina de Administración Documentaria y Archivo Central. - El/la O fi cial de Seguridad de la Información. Artículo 2.- El Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Energía y Minas tiene las siguientes funciones: - Formular el Plan de Gobierno Digital del Ministerio de Energía y Minas. - Liderar y dirigir el proceso de transformación digital en el Ministerio de Energía y Minas. - Evaluar que el uso actual y futuro de las tecnologías digitales sea acorde con los cambios tecnológicos, regulatorios, necesidades del Ministerio de Energía y