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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (14/09/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Viernes 14 de setiembre de 2018 / El Peruano los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que, mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que, en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario autorizar el viaje de la trabajadora Luisa Ysila Castillo Soto del 23 al 30 de setiembre de 2018; debiendo la SUNAT asumir con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos, que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos 27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y normas modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje de la trabajadora Luisa Ysila Castillo Soto, Intendente (e) de Principales Contribuyentes Nacionales, del 23 al 30 de setiembre de 2018, para participar en el II Encuentro Iberoamericano de Ofi cinas Tributarias de Grandes Empresas, que se llevará a cabo en la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, del 25 al 28 de setiembre de 2018. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al presupuesto del 2018 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señora Luisa Ysila Castillo Soto Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso US $ 1 998,78 De Aeropuerto – TUUA)Viáticos US $ 3 240,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada trabajadora deberá presentar ante el titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la trabajadora cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA Superintendente Nacional 1690524-1 Autorizan viaje de trabajadores a la República Checa, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 215-2018/SUNAT AUTORIZA VIAJE DE TRABAJADORES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA PARA PARTICIPAR EN EL PROYECTO DE ENTRENAMIENTO DE INSTRUCTORES, EXPERTOS CANINOS Y CANES DE SERVICIO DE LA UNIDAD ESPECIAL SUNAT – DIVISIÓN DE CONTROL ESPECIALIZADO DE ADUANAS, A REALIZARSE EN LA CIUDAD DE HERMANICE, DISTRITO DE LIBEREC, REPÚBLICA CHECA Lima, 11 de setiembre de 2018CONSIDERANDO: Que mediante la carta s/n de fecha 24 de enero de 2018 la Embajada de la República Checa cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT para participar en el proyecto de entrenamiento de instructores, expertos caninos y canes de servicio de la Unidad Especial SUNAT – División de Control Especializado de Aduanas, a llevarse a cabo en el Centro Regional de Entrenamiento Canino de la Administración Aduanera Mundial en Hermanice, distrito de Liberec, República Checa, del 17 de septiembre al 14 de diciembre de 2018; Que en el año 2013 se fi rmó un Acuerdo Interinstitucional entre la Dirección General de Aduanas de la República Checa y la SUNAT con el objeto de desarrollar cooperación entre las partes, mediante el intercambio mutuo de conocimiento y experiencias, así como la asistencia mutua en el campo de las habilidades profesionales de su personal; Que, en el marco de dicho acuerdo, en el año 2016 tuvo lugar el Curso de Instructores, Expertos Caninos y Servicios de Canes para la Administración de Aduanas del Perú en el mencionado centro de entrenamiento; Que actualmente la SUNAT viene impulsando la búsqueda y represión del trá fi co ilícito de mercancías, drogas ilícitas y dinero no declarado, por lo cual se tiene la necesidad de contar con los binomios caninos como herramientas de apoyo en aduanas sensibles al trá fi co ilícito de mercancías para fortalecer los controles en los puertos y aeropuertos internacionales, en pasos de frontera debidamente habilitados y, según las circunstancias operativas, en zona secundaria de aduanas; Que el objetivo del evento se centra en brindar el entrenamiento de guías y el entrenamiento de canes en la búsqueda de drogas y dinero que permita conseguir en los canes un mejoramiento de sus capacidades de detección, lo que conducirá a un incremento del número de incautaciones de drogas y dinero en el Perú y redundará en un incremento de la e fi ciencia en el control del crimen organizado relacionado con el trá fi co de drogas y el lavado de dinero; Que la participación de la SUNAT en el referido evento se enmarca dentro del objetivo estratégico institucional de mejorar el cumplimiento tributario y aduanero, pues contribuirá a perfeccionar las competencias del personal garantizando una actuación e fi ciente en el proceso de control aduanero; Que, en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe N° 054-2018-SUNAT/320000 de fecha 15 de agosto de 2018 y al informe técnico adjunto al Memorándum Electrónico Nº 00138-2018-300000 de fecha 16 de agosto de 2018, resulta necesario autorizar la participación de los trabajadores Paul Ronald Camacho Barreto, Especialista 1 de la Sección de Acciones Operativas de la Intendencia de Aduana de Tacna, y Christian Mejía Bautista, Especialista 1 de la División de Control Operativo de la Intendencia de Aduana de Tumbes; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las leyes anuales de presupuesto u otros dispositivos; Que, en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del año fi scal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816 establece que mediante Resolución de Superintendencia la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores;