NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (14/09/2018)
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TEXTO PAGINA: 38
38 NORMAS LEGALES Viernes 14 de setiembre de 2018 / El Peruano el Informe Nº 127-2018-MTC/PEJP-2019.01.01 elaborado por la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2015-MINEDU, modi fi cado con Decreto Supremo Nº 009-2015-MINEDU, se creó en el ámbito del Ministerio de Educación el “Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019”, con el objeto de programar y ejecutar las acciones necesarias para el desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y de los Juegos Parapanamericanos del 2019; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1335, se dispone la transferencia al Ministerio de Transportes y Comunicaciones de la Unidad Ejecutora del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Juegos Parapanamericanos, en adelante Proyecto Especial; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM , tienen como fi nalidad de la misma es promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, a través del Decreto Supremo Nº 070- 2013-PCM, se modi fi có el Reglamento antes citado, incorporando y precisando, entre otros aspectos, las obligaciones que corresponden a la máxima autoridad de la Entidad, los funcionarios o servidores poseedores de la información pública, así como del funcionario responsable del Portal de Transparencia respecto a dicha información; Que, conforme a lo dispuesto en el literal c) del artículo 3 del Reglamento de la Ley, la máxima autoridad de la entidad tiene, entre otras, la obligación de designar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público, así como de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, y asegurar que tenga las condiciones indispensables para el cumplimiento de sus funciones; Que, de conformidad con el artículo 4 del citado Reglamento la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 7 y en el literal i) del artículo 8 del Manual de Operaciones del Proyecto Especial, en adelante MOP, aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 1000-2017-MTC/01, la Dirección Ejecutiva es el máximo órgano decisorio del Proyecto Especial, y como tal, es responsable de su dirección y administración; está a cargo de un Director Ejecutivo quien ejerce la representación del Proyecto Especial y la Titularidad de la Unidad Ejecutora y tiene, entre otras funciones, la de expedir resoluciones en las materias de su competencia; Que, conforme al literal e) del artículo 10 del Manual de Operaciones del Proyecto Especial aprobado con Resolución Ministerial Nº 1000-2017-MTC/01, se establece que la Secretaría Ejecutiva tiene, entre otras, la función de supervisar el cumplimiento de las disposiciones sobre acceso a la información pública y transparencia, de acuerdo a la normatividad vigente; Que, de acuerdo a lo señalado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del Proyecto Especial mediante Informe Nº 101-2018-MTC/PEJP-2019.01.02 resulta necesario emitir la Resolución Directoral Ejecutiva que designa a la Especialista II en Comunicaciones de la Secretaría Ejecutiva, Maria Eugenia Sevilla Valdivia como funcionaria responsable de recabar y actualizar la información a ser difundida en el Portal de Transparencia del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Parapanamericanos;Que, mediante Informe Nº 127-2018-MTC/PEJP- 2019.01.01, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que es legamente viable la emisión de la Resolución Directoral Ejecutiva que designa funcionaria responsable de recabar y actualizar la información a ser difundida en el Portal de Transparencia, en el marco de la normatividad vigente, y; De conformidad con lo previsto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM; y, el Manual de Operaciones del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Juegos Parapanamericanos, aprobado con Resolución Ministerial Nº 1000-2017-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señorita María Eugenia Sevilla Valdivia, Especialista II en Comunicaciones de la Secretaría Ejecutiva, como funcionaria responsable de recabar y actualizar la información a ser difundida en el Portal de Transparencia del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Parapanamericanos. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como en el Portal del Estado Peruano y en el Portal Institucional (www.lima2019.pe), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS NEUHAUS TUDELA Director EjecutivoProyecto Especial Juegos Panamericanos 2019 1690651-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Declaran fundado en parte recurso de apelación presentado por Telefónica del Perú S .A.A. c ontra la Res. N° 00155-2018-GG/ OSIPTEL, y confirman y modifican multas RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 201-2018-CD/OSIPTEL Lima, 4 de setiembre de 2018 EXPEDIENTE Nº : 00086-2015-GG-GFS/PAS MATERIA :Recurso de Apelación contra la Resolución de Gerencia General N° 00155-2018-GG/OSIPTEL ADMINISTRADO : TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. VISTOS: (i) El Recurso de Apelación presentado por TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. (en adelante TELEFÓNICA) contra la Resolución N° 00155-2018-GG/OSIPTEL, mediante la cual se declaró infundado su recurso de reconsideración contra la Resolución N° 00372-2016-GG/OSIPTEL, a través de la cual se le impuso las siguientes sanciones: