Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2018 (22/09/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 117

El Peruano / Sábado 22 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES

117

MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Aprueban el Programa Municipal Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de Villa El Salvador - EDUCCAVES 2018- 2022
ORDENANZA Nº 395-MVES Villa El Salvador, 6 de setiembre de 2018 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa El Salvador en Sesión Ordinaria de la fecha, y; VISTO: El Dictamen Nº 001-2018-CSCyGA-MVES de la Comisión de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, el Memorando Nº 663-2018-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 368-2018-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 111-2018-UPEMOPP-MVES de la Unidad de Planeamiento Estratégico y Modernización, el Informe Nº 063-2018-GSCGA/ MVES e Informe Nº 055-2018-GSCGA/MVES de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, sobre Ordenanza que aprueba el Programa Municipal Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Villa El Salvador ­ EDUCCAVES 2018-2022; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 2º y 67º de la Constitución Política del Perú, establecen que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, en función a lo cual determina la Política Nacional del Ambiente; Que, según los artículos 195º y 197º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son competentes para regular -entre otros- las actividades y/o servicios de educación, medio ambiente y cultura; así como para promover la participación ciudadana; Que, los artículos 73º y 82º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, otorgan competencias y funciones a los gobiernos locales para promover la educación e investigación ambiental, incentivar la participación ciudadana en todos sus niveles; y promover la cultura de la prevención en la ciudadanía; Que, el artículo 8º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece que las políticas y normas ambientales de carácter nacional, sectorial, regional y local se diseñan y aplican de conformidad con lo establecido en la Política Nacional de Ambiente y deben guardar concordancia entre sí; Que, el artículo 127º de la Ley Nº 28611, establece que el Ministerio de Educación y la Autoridad Ambiental Nacional coordinan con las diferentes entidades del estado para la definición de la Política Nacional de Educación Ambiental teniendo entre sus lineamientos orientadores desarrollar programas de educación ambiental a nivel formal y no formal; Que, mediante Decretos Supremos Nº 017-2012-ED y Nº 016-2016-MINEDU se aprueban la Política y el Plan Nacional de Educación Ambiental, como instrumentos de obligatorio cumplimiento para orientar las actividades públicas y privadas sobre promoción de la cultura y la ciudadanía ambiental en el marco del proceso estratégico de desarrollo del país; Que, el artículo 9º inciso 7 de la Ley Nº 27972, concede atribuciones al Concejo Municipal para aprobar el sistema de gestión ambiental local y sus instrumentos, en concordancia con el sistema de gestión ambiental nacional y regional; Que, la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador requiere dotarse de una ordenanza que establezca un marco de acción claro, específico y contextualizado en materia de educación, cultura y ciudadanía ambiental, vía lineamientos y actividades que contribuirán directamente a los objetivos de desarrollo sostenible local, regional y nacional;

Que, con Informe Nº 063-2018-GSCGA/MVES e Informe Nº 055-2018-GSCGA/MVES, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, remite el Informe Técnico Nº 060-2018-LNAR-GSCGA/MVES del Especialista Ambiental de la citada Gerencia, a través del cual señala que la Municipalidad en el marco de las competencias y funciones específicas que ostenta para promover la educación e investigación ambiental e incentivar la participación ambiental ciudadana, así como promover la cultura de prevención, remite el proyecto de Ordenanza que aprueba el Programa Municipal Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de Villa El Salvador ­ EDUCCAVES 2018-2022, instrumento de planificación y gestión para la implementación de la Política Nacional de Educación Ambiental 2018-2022, el cual contiene las líneas de acción y actividades sugeridas que permitirán alcanzar un alto grado de conciencia y cultura ambiental: educación ambiental, cultura y comunicación ambiental, y ciudadanía y participación ambiental en el Distrito de Villa El Salvador, por lo que, emite opinión favorable a la aprobación de la Ordenanza; Que, con Informe Nº 111-2018-UPEM-OPP-MVES, la Unidad de Planeamiento Estratégico y Modernización emite opinión favorable a la aprobación de la Ordenanza que aprueba el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de Villa El Salvador ­ EDUCCAVES 2018-2022, toda vez que, tiene como objetico contribuir en la construcción una cultura ciudadana y comprometida con el desarrollo ambiental, desarrollando competencias en torno a Educación Ambiental; siendo que, con Informe Nº 046-2018-OPP/ MVES la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ratifica lo señalado por su Subgerencia; Que, con Informe Nº 368-2018-OAJ/MVES, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la aprobación de la Ordenanza que aprueba el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de Villa El Salvador ­ EDUCCAVES 2018-2022, toda vez que, al contar con los informes técnicos que la sustentan, así como encontrarse conforme a la normatividad vigente, resulta procedente su aprobación; siendo que, con Memorando Nº 663-2018-GM/MVES, la Gerencia Municipal señala que al contar con los informes técnicos y legales que la sustentan, solicita ponerlo a consideración del Concejo Municipal para su aprobación; Estando a los informes técnicos y legales señalados en los considerandos precedentes y al Dictamen Nº 001-2018-CSCyGA-MVES de la Comisión de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PROGRAMA MUNICIPAL EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE VILLA EL SALVADOR ­ EDUCCAVES 2018-2022 Artículo Primero.- APROBAR el PROGRAMA MUNICIPAL EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE VILLA EL SALVADOR ­ EDUCCAVES 2018-2022 que, como anexo de 44 páginas, forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE, a la Gerencia Municipal, la implementación de la presente Ordenanza por parte de todas las instancias y dependencias de la municipalidad, para lo cual aprobará Planes de Trabajo Anuales como instrumento de priorización, contextualización y formalización de las actividades y tareas, el presupuesto y/o capacidades asignadas, el cronograma y las responsabilidades necesarias y posibles para asegurar, cada año, la implementación gradual del Programa Municipal Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de Villa El Salvador ­ EDUCCAVES 2018-2022. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto asignar anualmente, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, recursos para la implementación del Plan de Trabajo correspondiente. Artículo Cuarto.- Convocar la participación activa del conjunto de instituciones y organizaciones locales, identificadas vía el Sistema Local de Gestión Ambiental

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.