Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2018 (22/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 115

El Peruano / Sábado 22 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES

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21) En ningún caso se permitirá el beneficio de animales vivos, la preparación de comidas, el lavado o aseo de los implementos en la vía pública. 22) Ejercer el comercio irregular, lo cual ante su constatación dará lugar a las sanciones establecidas en el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas aplicadas por la Subgerencia de Fiscalización y Transporte. El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones contenidas en los numerales precedentes, dará lugar a la imposición de las sanciones administrativamente establecidas, sin perjuicio de la sanción penal a que hubiere lugar; y de ser el caso la revocatoria de la autorización municipal temporal para el desarrollo de la actividad comercial en el espacio público. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- FACULTAR al señor Alcalde para que, de ser el caso, mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas complementarias y reglamentarias de la presente Ordenanza. Segunda.- La Municipalidad establecerá las características técnicas de los módulos y los uniformes que utilizarán los comerciantes que ejercen actividad comercial en el espacio público, según el giro que desarrollen y la ubicación. En tanto no se determine las nuevas características de los módulos y uniformes, seguirán vigentes las características autorizadas hasta la vigencia de la presente Ordenanza. Tercera.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA vigente de la Municipalidad Distrital de Jesús María, respecto de la adecuación de los procedimientos administrativos señalados en el Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Cuarta.- INCORPORAR al Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS), aprobado mediante Ordenanza Nº 468-2015-MDJM, la infracción y sanción señalada en el Anexo Nº 2 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Quinta.- APROBAR el Formato de Solicitud Declaración Jurada de Autorización, que como Anexo Nº 3 forma parte de la presente Ordenanza.

Sexta.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza, a la Gerencia de Desarrollo Económico y Social y demás unidades orgánicas de acuerdo a su competencia. Séptima.- En todo lo no previsto en la presente ordenanza, se aplicará supletoriamente lo dispuesto en la Ordenanza Nº 1787-MML y su modificatoria. Octava.- DEROGAR todas las disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza. Novena.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Décima.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza y sus anexos en el diario oficial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicación, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María (www.munijesumaria.com) Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde ANEXO Nº 2 CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS)
LÍNEA DE ACCIÓN 01: COMERCIALIZACIÓN 1.2 COMERCIO EN LA VÍA PÚBLICA CÓDIGO INFRACCIÓN Por ejercer el actividad comercial en el espacio público incumpliendo las indicaciones, disposiciones y/o condiciones descritas en la Autorización emitida por la Municipalidad. MONTO PROCED. MULTA PREVIO (% UIT) MEDIDA COMPLE MENTARIA

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Retención

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REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las diversas entidades públicas que a partir del 1 de octubre del año 2018, para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. 4. 5. La documentación a publicar se recibirá de lunes a viernes, en el horario de 9.00 am a 5.30 pm. La solicitud de publicación deberá adjuntar los dispositivos legales refrendados por el funcionario acreditado con registro de firma ante la Gerencia de Publicaciones Oficiales. Para todo dispositivo legal, tenga o no anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que nos entregan para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. Toda solicitud de publicación deberá adjuntar obligatoriamente la respectiva "unidad de almacenamiento" o enviar el archivo correspondiente al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado como hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justificar. El texto en formato Word y si incluye gráficos, deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises, cuando corresponda. Este comunicado rige para las entidades públicas que actualmente no hacen uso del Portal de Gestión de Atención al Cliente ­ PGA, el cual consiste en un sistema de solicitud de publicación de normas legales online (www.elperuano.com.pe/pga).

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