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39 NORMAS LEGALES Viernes 5 de abril de 2019 El Peruano / de la Ley N° 29230), se establece el marco normativo para que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales impulsen la ejecución de proyectos de inversión de impacto regional y local con la participación del sector privado mediante la suscripción de convenios para el fi nanciamiento y ejecución de Proyectos de Inversión Pública en armonía con las políticas y planes de desarrollo nacional, regional o local, que cuenten con la declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones Invierte.pe; Que, el artículo 4 del TUO de la Ley N° 29230, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, en el marco de sus competencias, a ejecutar proyectos de inversión en el marco del Sistema de Programación Multianual y Gestión de Inversiones en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, cultura, saneamiento, electri fi cación rural, industria, turismo, pesca, deporte, ambiente, remediación de pasivos ambientales, habilitación urbana, protección social, desarrollo social, transportes, comunicaciones, justicia, acceso a servicios de atención al ciudadano, mercado de abastos, incluyendo su mantenimiento, en el ámbito de sus competencias, mediante los procedimientos establecidos en el TUO de la Ley N° 29230 y su Reglamento; Que, de acuerdo al Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por el Decreto Supremo N° 295-2018-EF (en adelante TUO del Reglamento de la Ley N° 29230), la lista priorizada de proyectos a ejecutarse en el marco del mecanismo previsto en el TUO de la Ley N° 29230, debe estar en armonía con las políticas y los planes de desarrollo nacional, regional o local, y contar con la declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y, cuando corresponda, podrá incluir investigación aplicada y/o innovación tecnológica; Que, según el TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, la lista priorizada de proyectos a ejecutarse en el marco del TUO de la Ley N° 29230, así como la designación del comité especial debe ser aprobada por el Titular de la Entidad Pública; Que, mediante los O fi cios N° 0841-2018-EF/50.06 del 7 de noviembre de 2018 y N° 144-2019-EF/50.06 del 22 de febrero de 2019, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, emitió opinión favorable respecto a la capacidad presupuestal con la que cuenta el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero –FONDEPES, para el fi nanciamiento y ejecución de los proyectos que son priorizados por la presente Resolución; Que, conforme al primer párrafo del numeral 20.1 del artículo 20 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, el proceso de selección de la empresa privada se realiza por un comité especial designado para tal efecto, el cual está integrado por tres (3) miembros, de los cuales dos (2) deben contar con conocimiento técnico en el objeto del proceso de selección. Cuando la entidad pública no cuente con especialistas con conocimiento técnico en el objeto del proceso de selección, puede contratar expertos independientes o gestionar el apoyo de expertos de otras entidades a fi n de que integren el comité especial; Que, siendo así, resulta necesario designar a los miembros del Comité Especial encargado de organizar y conducir los procesos de selección de la empresa privada que fi nanciará y ejecutará los Proyectos priorizados bajo los alcances del TUO de la Ley N° 29230 y su Reglamento; Que, de acuerdo al TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, la resolución que aprueba la lista priorizada de proyectos y la conformación de comité especial será remitida a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, a fi n que la publique en su Portal Institucional dentro de los tres (3) días de recibida; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE; el TUO de la Ley N° 29230 y el TUO del Reglamento de la Ley N° 29230; y, la Resolución Ministerial N° 350-2018-PRODUCE, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 515-2018-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la lista priorizada de los proyectos a ser ejecutados en el marco del mecanismo previsto en el TUO de la Ley N° 29230 y el TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, los mismos que se indican a continuación: N° NOMBRE DEL PROYECTOCÓDIGO ÚNICO DE PROYECTOMONTO DE INVERSIÓN (S/) 1MEJORAMIENTO SERVICIOS DEL DESEMBARCADERO PESQUERO ARTESANAL PUERTO HUARMEY, DISTRITO HUARMEY – PROVINCIA DE HUARMEY – DEPARTAMENTO DE ANCASH2359309 23,656,596 2MEJORAMIENTO DESEMBARCADERO PESQUERO ARTESANAL MUELLE FISCAL ATICO LA PUNTA (PUNTA BLANCA) – DISTRITO DE ATICO – PROVINCIA DE CARAVELI – DEPARTAMENTO DE AREQUIPA2359304 16,946,876 3MEJORAMIENTO SERVICIOS DEL DESEMBARCADERO PESQUERO ARTESANAL LAGUNA GRANDE, DISTRITO DE PARACAS – PROVINCIA DE PISCO – REGIÓN ICA 2402264 16,668,418 4CREACIÓN SERVICIOS DEL DESEMBARCADERO PESQUERO ARTESANAL PACASMAYO KM 680 PANAMERICANA NORTE – DISTRITO DE PACASMAYO – PROVINCIA DE PACASMAYO – REGIÓN LA LIBERTAD2403964 40,495,545 TOTAL 97,767,435 Artículo 2.- Designar el Comité Especial encargado de organizar y conducir los procesos de selección de las Empresas Privadas que fi nanciarán y ejecutarán los Proyectos priorizados señalados en el artículo 1 de la presente resolución, el mismo que estará integrado por las siguientes personas: N°MIEMBROS TITULARESMIEMBROS SUPLENTESNOMBRE DE PROYECTOCÓDIGO ÚNICO DE PROYECTO 1A. Juan Manuel Alpiste Caro B. Javier Manuel Vásquez PonceC. Pedro Martín Enrique Hurtado Castillo A. Hugo Chávez DíazB. Juan Zamu-dio RevillaC. Eduardo Villacorta ContrerasMEJORAMIENTO SERVICIOS DEL DESEMBARCADE-RO PESQUERO ARTESANAL PUERTO HUAR-MEY, DISTRITO HUARMEY – PROVINCIA DE HUARMEY – DE-PARTAMENTO DE ANCASH2359309 2A. Juan Manuel Alpiste CaroB. Javier Manuel Vásquez PonceC. Pedro Martín Enrique Hurtado CastilloA. Hugo Chávez DíazB. Juan Zamu-dio RevillaC. Eduardo Villacorta ContrerasMEJORAMIENTO DESEMBARCADE-RO PESQUERO ARTESANAL MUELLE FISCAL ATICO LA PUNTA (PUNTA BLANCA) – DISTRITO DE ATICO – PROVIN-CIA DE CARAVELI – DEPARTAMENTO DE AREQUIPA2359304 3A. Juan Manuel Alpiste Caro B. Javier Manuel Vásquez PonceC. Pedro Martín Enrique Hurtado CastilloA. Hugo Chávez DíazB. Juan Zamu-dio RevillaC. Eduardo Villacorta ContrerasMEJORAMIENTO SERVICIOS DEL DESEMBARCADE-RO PESQUERO ARTESANAL LAGUNA GRANDE, DISTRITO DE PARACAS – PRO-VINCIA DE PISCO – REGIÓN ICA2402264