Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2019 (07/04/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 38

38

NORMAS LEGALES

Domingo 7 de abril de 2019 /

El Peruano

Sétima.- La presente Ordenanza no limita la competencia de la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa en sus acciones de fiscalización de detectar obras constructivas sin la autorización municipal correspondiente. Con la expedición de esta Ordenanza la citada Subgerencia suspenderá el procedimiento sancionador de obras de edificación ejecutadas antes de su vigencia y regidas bajo sus disposiciones. La Subgerencia de Licencia y Habilitación remitirá a la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa copia de las resoluciones de Regularización de Licencia de Edificación y asimismo concluida la vigencia de la Ordenanza remitirá el consolidado de licencias emitidas. Octava.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019, encontrándose facultado el señor Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía disponga su prorroga y dicte las disposiciones necesarias y complementarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza. Novena.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional y en el Portal del Servicio al Ciudadano y Empresas. Décima.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a través de la Subgerencia de Licencia y Habilitación, la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa en lo que se encuentre dentro de su competencia, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión de la misma. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JEAN PIERRE COMBE PORTOCARRERO Alcalde 1757594-1

Ordenanza que regula la campaña de facilitación para el otorgamiento de licencias de funcionamiento en el Área de Tratamiento Normativo I, IV y parte del Área de Tratamiento Normativo II y III del distrito
ORDENANZA N° 593-MSS Santiago de Surco, 29 de marzo del 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; y VISTO: El Dictamen Conjunto N° 06-2019-CDU-CAJMSS de las Comisiones de Desarrollo Urbano y Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 1085-2019-SG-MSS de la Secretaría General, el Memorándum Nº 278-2019-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 267-2019-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 490-2019-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 117-2019-SGCAITSE-GDEMSS de la Subgerencia de Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, entre otros documentos, sobre proyecto de Ordenanza que Regula la Campaña de Facilitación para el Otorgamiento de Licencias de Funcionamiento en el Área de Tratamiento Normativo I, IV y parte del Área de Tratamiento Normativo II y III del Distrito de Santiago de Surco; y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes Nros. 28607 y 30305,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.