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46 NORMAS LEGALES Lunes 15 de abril de 2019 / El Peruano Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el Artículo Único de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia de cada Intendencia; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Ayacucho, al funcionario que se indica a continuación: - Villacorta Rodas Liceth Cristina Regístrese, comuníquese y publíquese. SUIMER ELADIO VELEZ DE VILLA CASTILLO Intendente (e)Intendencia Regional Ayacucho 1760210-1 ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de especialista del BCRP a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0018-2019-BCRP-N Lima, 4 de abril de 2019CONSIDERANDO QUE:Se ha recibido una invitación de la Reserva Federal de Nueva York para participar en el Curso de Capacitación Especializada sobre Implementación de Política Monetaria de Estados Unidos, que se realizará del 6 al 9 de mayo de 2019, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América; La Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera tiene entre sus objetivos coadyuvar a la consecución de la estabilidad monetaria mediante la ejecución de los instrumentos de política monetaria, la evaluación del sistema fi nanciero y la vigilancia del funcionamiento del sistema de pagos y proponer medidas que permitan mejorar su e fi ciencia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°27619, su Reglamento, el Decreto Supremo N°047-2002-PCM y sus normas modi fi catorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 14 de marzo de 2019; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del señor Manuel Tapia Vicente, Especialista en Análisis Táctico de Operaciones Monetarias y Cambiarias de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, del 6 al 9 de mayo de 2019 a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, y el pago de los gastos, a fi n de que intervenga en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución.Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 1054,66 Viáticos US$ 1700,00 --------------------TOTAL US$ 2754,66 Artículo 3°.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese.JULIO VELARDE Presidente 1758630-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Opinan favorablemente para que el Banco Santander Perú S.A. pueda realizar emisión en el mercado local de bonos corporativos, bajo el programa denominado “Primer Programa de Bonos Corporativos del Banco Santander Perú S.A.” RESOLUCIÓN SBS Nº 1476-2019 Lima, 4 de abril de 2019EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por el Banco Santander Perú S.A. (en adelante, el Banco) el 20 de febrero de 2019, para que se le otorgue opinión favorable para la emisión, en el mercado local de bonos corporativos, a través del procedimiento anticipado, bajo el programa denominado “Primer Programa de Bonos Corporativos del Banco Santander Perú S.A.”, hasta por un monto máximo en circulación de US$ 100’000,000.00 (cien millones y 00/100 dólares americanos), o su equivalente en soles; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 234 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702 y modi fi catorias (en adelante, Ley General), faculta a las empresas del sistema fi nanciero a emitir los instrumentos a que se re fi ere la Ley del Mercado de Valores y aquellos que la Superintendencia autorice mediante norma de carácter general; Que, la emisión de instrumentos fi nancieros se rige por lo dispuesto en el artículo 232 de la Ley General y la Circular SBS Nº B-2074-2000, donde se establece que la emisión de instrumentos fi nancieros deberá ser acordada por la Junta General de Accionistas, pudiendo delegar esta facultad en el Directorio, y requerirá la opinión previa favorable de esta Superintendencia; Que, en las Juntas Generales de Accionistas celebradas el 31 de marzo de 2017 y 27 de junio de 2017, se aprobó por unanimidad la emisión local de instrumentos de deuda hasta por un monto máximo en circulación de US$ 200’000,000.00 (doscientos millones y 00/100 dólares americanos), o su equivalente en soles, en uno o varios programas de emisión de valores o en emisiones individuales; y se delegó en el Directorio las facultades necesarias y su fi cientes para autorizar la realización de