Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2019 (15/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Lunes 15 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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uno o más programas de emisión de valores, así como para determinar, de la forma más amplia, los términos y condiciones y características de cada una de las emisiones y/o programas que se autoricen; Que, en la sesión de Directorio celebrada el 28 de junio de 2017, se aprobó por unanimidad la emisión a través del procedimiento anticipado, entre otros programas, del "Primer Programa de Bonos Corporativos del Banco Santander Perú S.A."; hasta por un monto máximo en circulación de US$ 100'000,000.00 (cien millones y 00/100 dólares americanos), o su equivalente en soles; Que, el Banco ha cumplido con presentar la documentación requerida, según lo señalado en el Procedimiento Nº 25 "Opinión favorable sobre emisión en serie de instrumentos financieros para empresas del Sistema Financiero y de Seguros" del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado mediante Resolución SBS Nº 3082-2011 y modificatorias; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "D", y el Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General, y las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 746-2010; RESUELVE: Artículo Primero.- Opinar favorablemente para que el Banco Santander Perú S.A. pueda realizar la emisión en el mercado local de bonos corporativos, a través del procedimiento anticipado, bajo el programa denominado "Primer Programa de Bonos Corporativos del Banco Santander Perú S.A.", hasta por un monto máximo en circulación de US$ 100'000,000.00 (cien millones y 00/100 dólares americanos), o su equivalente en soles, conforme a los términos acordados por el Banco y de acuerdo a lo aprobado por el Directorio en virtud a las facultades otorgadas por su Junta General de Accionistas. Artículo Segundo.- La presente Resolución tendrá una vigencia de un (1) año desde su emisión para que el Banco Santander Perú S.A. proceda a la inscripción del "Primer Programa de Bonos Corporativos del Banco Santander Perú S.A." en caso desee realizar emisiones públicas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOGROVEJO Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas (a.i.) 1760346-1

de Administración del Gobierno Regional del Callao, el cargo de Funcionario Responsable de la Elaboración y Autorización del Portal de Transparencia del Gobierno Regional del Callao. Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones otorgadas por la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; SE RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR, sin efecto la Resolución Ejecutiva Regional Nº 257, de fecha 18 de marzo de 2019, mediante el cual se encarga al Gerente de Administración del Gobierno Regional del Callao, el cargo de Funcionario Responsable de la Elaboración y Autorización del Portal de Transparencia del Gobierno Regional del Callao. Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Jefe de la Oficina de Tecnología de la Información y Comunicaciones, el cargo de Responsable de la Elaboración y Actualización del Portal de Transparencia del Gobierno Regional del Callao. Artículo Tercero.- COMUNICAR, la presente Resolución Ejecutiva Regional a las diferentes dependencias del Gobierno Regional del Callao. Regístrese, comuníquese y cúmplase. DANTE MANDRIOTTI CASTRO Gobernador 1759485-1

Designan funcionaria responsable de entregar información solicitada de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su modificatoria
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 270-2019 Callao, 22 de marzo de 2019 EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO VISTOS: La Resolución Ejecutiva Regional Nº 268-2019, de fecha 22 de marzo de 2019; y, CONSIDERANDO:

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Dejan sin efecto la Res. Nº 257 y encargan funciones de Responsable de la Elaboración y Actualización del Portal de Transparencia del Gobierno Regional del Callao
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 262-2019 Callao, 19 de marzo de 2019 EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO VISTO: La Resolución Ejecutiva Regional Nº 257-2019, de fecha 18 de Marzo de 2019, se encargó a la Gerencia

Que, mediante Ley Nº 27806, se aprobó la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la misma que fue modificada por la Ley Nº 27927, estableciendo que todas las entidades de administración pública, están obligadas a brindar información de acuerdo a lo previsto en la ley, debiendo identificar al funcionario responsable de brindar la información solicitada por el administrado; Que, por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, se aprobó el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo artículo 3º, señala que es obligación de la máxima autoridad de la entidad, adoptar las medidas necesarias que permitan garantizar el ejercicio del derecho de la información pública dentro de su competencia funcional; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 268-2019, de fecha 22 de marzo de 2019, se designa a la señora Nancy Helena Arellano Suarez, en el cargo de confianza de Jefa de la Oficina de Imagen Institucional y Protocolo de la Gerencia General Regional, Nivel G1, del Gobierno Regional del Callao. Que, de acuerdo al literal c) del artículo 21º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867, es atribución del Gobernador Regional designar y cesar al

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