Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2019 (18/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano / Jueves 18 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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consta de IV Capítulos con 16 artículos y disposición complementaria (3) Que, mediante Informe Nº 307-2019GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable para la aprobación del Proyecto de Reglamento del Proceso Presupuesto Participativo Basado en Resultados, del Distrito de La Perla; Que, mediante Informe Nº 349-2019GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable la Modificación de Cronograma de Actividades del Presupuesto Participativo 2020; en Resultados, del Distrito de La Perla; Estando al Dictamen Nº 007-2019-CEPP/MDLP, AEP/MDLP, de la Comisión Ordinaria de Economía y Presupuesto con el voto aprobatorio por UNANIMIDAD de los señores Regidores; con la dispensa de la lectura y Aprobación del Acta; el Concejo Municipal en ejercicio de sus facultades conferidas en el art. 194º de la Constitución Política del Perú y en los numerales 8) y 14) del artículo 9º y los artículos 39º y 40º de la Ley Nº 29792 "Ley Orgánica de Municipalidades"; aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE LA PERLA PARA EL AÑO 2020 Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento que regula el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de La Perla, el cual consta de (IV) Capítulos y (16) Artículos y disposición complementaria (3), el mismo que será de carácter general y permanente. Artículo Segundo.- APROBAR el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo del Distrito de la Perla, que forma parte integrante de la presente ordenanza y se encuentra en hoja anexa. Artículo Tercero.- APROBAR La matriz de evaluación de priorización de los proyectos del Proceso del Presupuesto Participativo 2020, del Distrito de la Perla. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, a la Subgerencia de Participación Vecinal, a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el diario Oficial El Peruano, a la Subgerencia de Imagen Institucional su difusión y a la Subgerencia de Informática la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad. Artículo Quinto.- FACULTAR al señor Alcalde para que emita las disposiciones legales complementarias que sean necesarias para la efectiva implementación de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- LOS COSTOS que irrogue la realización del Proceso de Formulación del Presupuesto Basado en Resultados del Distrito de La Perla, serán atendidos con cargo al Presupuesto Institucional de la Municipalidad y los aportes que se obtengan de los organismos e instituciones privadas promotoras del desarrollo. Artículo Septimo.- DEJAR SIN EFECTO DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2018-A-MDLP, y todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Octavo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", una vez realizada su publicación, disponiéndose su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Perla (www. munilaperla.gob.pe), el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.servicioalciudadano.gob.pe) y el Portal del Estado Peruano (www.peru.pob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANIBAL NOVILO JARA AGUIRRE Alcalde 1761116-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AUCALLAMA
Ratifican Plan Local Distrital de Seguridad Ciudadana 2019 - Aucallama
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 02/2019-MDA Aucallama, 18 de febrero del 2019 VISTO: En sesión de concejo ordinaria de fecha 14 de febrero del 2019, el punto Nº 004, está el Informe Nº 006-2019-ST-CODISEC-GSP-MDA, de fecha 13 de febrero del 2019, emitido por el Señor Marco Román Carpio - Secretario Técnico de CODISEC, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú señala que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico existente, Que, la Ley Nº 27933 crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) como sistema funcional encargada de regular el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en dicha materia, para garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional a fin de lograr la paz social y proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2014-IN se aprueba el Reglamento de la ley antedicha, cuyo artículo 8 establece que los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC) constituyen uno de los componentes del mencionado Sistema, precedido por sus planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana en el ámbito distrital, una de cuyas funciones es aprobar el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2019, el mismo que debe ser puesto a consideración del Concejo Municipal Distrital para su respectiva aprobación; Que, con Informe Visto, el Secretario Técnico de Seguridad Ciudadana, alcanza el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2019, debidamente aprobado por el CODISEC de Aucallama, conforme consta en el acta correspondiente de fecha 11 de enero del 2019, por lo que corresponde al Concejo Distrital de Aucallama proceder a su RATIFICACIÓN. De conformidad con el Art. 9º, numero 8) y Art. 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; con el Voto UNANIME de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Pleno del Concejo ha aprobado lo siguiente: Artículo Primero.- RATIFICAR el PLAN LOCAL DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2019 AUCALLAMA, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) de Aucallama, el mismo que como anexo, forma parte integra de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Secretario Técnico de CODISEC, Unidad de Seguridad Ciudadana e instancias orgánicas que correspondan el estricto cumplimiento de la presente norma municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de esta Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; y así mismo su publicación con el texto íntegro del respectivo Anexo, en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Aucallama: www.muniaucalama. gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HUGO A. ALVAREZ CARBALLIDO Alcalde 1761668-1

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