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29 NORMAS LEGALES Viernes 26 de abril de 2019 El Peruano / de trigo; plantas de fi deos; plantas procesadoras de avena y derivados de cereales; plantas procesadoras de quinua, derivados del cacao, derivados lácteos, leche evaporada, aceites y grasas comestibles, plantas procesadoras de palma, aceite de oliva, aceite esencial de limón, malterías, plantas procesadoras de tabaco, plantas agroindustriales de azúcar, plantas procesadoras de néctares y jugos de frutas, plantas procesadoras de espárragos, de alcachofa, procesadoras de páprika, plantas procesadoras de palmito, plantas procesadoras y conserveras de frutas, legumbres y hortalizas, (incluye fundos que procesan o empacan). Artículo 2.- Aprobar el formulario correspondiente, que forma parte de la presente Resolución. Establecer como plazo de entrega del formulario debidamente diligenciado, dentro de los ocho (08) días hábiles posteriores a la culminación del mes de referencia, debiendo remitirlos a la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del MINAGRI o enviarlos al correo electrónico: mcasimiro@minagri.gob.pe. En el ámbito de las regiones, deberán ser remitidos a las O fi cinas de las Direcciones Regionales de Información Agraria del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 3.- Las personas naturales y jurídicas obligadas a presentar la información requerida, solicitarán los formularios de la “Encuesta Estadística Agroindustrial Mensual 2019” en la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del MINAGRI - Dirección de Estadística Agraria ubicada en el Jr. Yauyos Nº 258, Ofi cina 907, piso 9 – Cercado de Lima, teléfono 209 8800- anexo 4271 y en las regiones y agencias agrarias. Asimismo, podrán tener acceso al formulario a través de la página Web del Ministerio (http://www.minagri.gob.pe) Artículo 4.- Las personas naturales y jurídicas a que se re fi ere el Art. 1º de la presente Resolución, que incumplan con la presentación de los formularios en el plazo y términos indicados, serán pasibles de ser sancionadas con multa, conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º, 89º y 90º del D. S. Nº 043-2001-PCM. El pago de la multa, no exime a las empresas omisas de la obligación de presentar la información solicitada. Regístrese y comuníquese.JOSE GARCÍA ZANABRIA Jefe (e) 1763336-1 SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES Designan Asesora de la Presidencia Ejecutiva del Senace RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 00038-2019-SENACE/PE Lima, 25 de abril de 2019. VISTOS: Los Memorandos Nº 00047-2019-SENACE- PE y 00050-2019-SENACE-PE, de la Presidencia Ejecutiva, el Informe Nº 00122-2019-SENACE-GG-OA/URH, de la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, el Informe Nº 00092-2019-SENACE-GG/OAJ, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29968, se crea el Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – Senace, como un organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1394, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, se modi fi có la Ley Nº 29968, en cuanto a la estructura orgánica del Senace, estableciendo en el numeral 7.3 del artículo 7 que el Presidente Ejecutivo ejerce la representación legal del Senace y la titularidad del pliego presupuestal de la entidad; Que, el literal k) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Senace, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2017-MINAM, establece que corresponde al Jefe Institucional (ahora, Presidente Ejecutivo) designar a los funcionarios de con fi anza y nombrar a los servidores públicos; Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a de la Presidencia Ejecutiva del Senace, cargo estructural considerado de con fi anza, según lo establecido en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 016-2018-MINAM; Con el visado de la O fi cina de Administración, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de la Gerencia General; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29968, Ley de Creación del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – Senace, modi fi cada por el Decreto Legislativo Nº 1394, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Senace, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2017-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a partir del 26 de abril del presente, a la señora PAOLA CHINEN GUIMA en el cargo de Asesora de la Presidencia Ejecutiva del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles- Senace, cargo de con fi anza. Artículo 2.- Noti fi car la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva a la señora PAOLA CHINEN GUIMA, para conocimiento, y a la Unidad de Recursos Humanos para los fi nes correspondientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en el diario o fi cial El Peruano; y, en el mismo día, en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace (www.senace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO MARTÍN BARANDIARÁN GÓMEZ Presidente Ejecutivo delServicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace 1763766-1 Designan Jefa de la Oficina de Administración del Senace RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 00039-2019-SENACE/PE Lima, 25 de abril de 2019 VISTOS: Los Memorandos Nº 00048-2019-SENACE- PE y 00050-2019-SENACE-PE, de la Presidencia Ejecutiva, el Informe N° 00123-2019-SENACE-GG-OA/RH, de la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, el Informe Nº 00091-2019-SENACE-GG/OAJ, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29968, se crea el Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – Senace como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, a través del Decreto Legislativo N° 1394, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, se modi fi có la Ley