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28 NORMAS LEGALES Viernes 26 de abril de 2019 / El Peruano aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; el Decreto Supremo N° 077-2016-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, modi fi cado por Decreto Supremo N° 037- 2017-PCM; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva N° 022-2015-SERVIR/GDSRH, “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y la elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”, modi fi cada y actualizada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE; Con los vistos de la Subsecretaría General; la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, la O fi cina de Recursos Humanos; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobación del reordenamiento de cargos contenido en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Despacho Presidencial - CAP Provisional del DP Apruébese el reordenamiento de los cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Despacho Presidencial - CAP Provisional del DP, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Derogatoria Déjese sin efecto la Resolución de Secretaría General N° 019-2018-DP/SG, de fecha 5 de marzo de 2018, así como todos aquellos dispositivos que se opongan a la presente Resolución. Artículo 3º.- Publicación La presente Resolución será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y su anexo, en la misma fecha, en la intranet y en el portal institucional del Despacho Presidencial (www.gob.pe/presidencia), conforme a la normatividad vigente. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIRIAN MORALES CÓRDOVA Secretaria General 1763823-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan ejecución de la “Encuesta Estadística Agroindustrial Mensual 2019” a nivel nacional RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 096-2019-INEI Lima, 26 de marzo de 2019 Vistos el O fi cio N° 0155-2019-MINAGRI- DVDGESEP/068-DEA, de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del Ministerio de Agricultura y Riego, el O fi cio Nº 368-2019/INEI-DNCE, de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y el Informe N° 014-2019-INEI-DNCE/DECEEE de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas a Empresas y Establecimientos de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática. CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, establece que el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística, cuyo ámbito de competencia, es la realización de tareas técnicas y cientí fi cas con fi nes de cuanti fi car los hechos económicos y sociales para producir las estadísticas o fi ciales del país; Que, mediante documento del visto del Ministerio de Agricultura y Riego, a través de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas, se solicita autorización para ejecutar la “Encuesta Estadística Agroindustrial Mensual” correspondiente al año 2019, con la fi nalidad de obtener información sobre el ingreso y la transformación primaria de la materias primas de origen agropecuario para la generación de productos fi nales destinados al consumo humano e industrial, así como para evaluar la actividad económica agroindustrial del país, de las actividades productivas siguientes: Elaboración de alimentos balanceados para animales, se incluye además en esta clasi fi cación a aquellas granjas avícolas, de porcinos y establos lecheros que elaboran su propio alimento para el abastecimiento de su planta; molinos o piladoras de arroz; desmotadoras de algodón, plantas procesadoras de café pergamino y plantas tostadoras de café, procesadoras de embutidos y carnes preparadas; molinos de trigo; plantas de fi deos, plantas procesadoras de avena y derivados de cereales, plantas procesadoras de quinua, derivados del cacao, derivados lácteos, leche evaporada, aceites y grasas comestibles, plantas procesadoras de palma, aceite de oliva, aceite esencial de limón, malterías, plantas procesadoras de tabaco, plantas agroindustriales de azúcar, plantas procesadoras de néctares y jugo de frutas, plantas procesadoras de espárragos, procesadoras de alcachofa, procesadoras de páprika, plantas procesadoras de palmito, plantas procesadoras y conserveras de frutas, legumbres y hortalizas (incluye fundos que procesan o empacan); Que, mediante O fi cio N° 368-2019-INEI/DNCE la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática adjunta el Informe N° 014-2019-INEI-DNCE/DECEEE de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas a Empresas y Establecimientos, en el que informa que se ha analizado la cobertura geográ fi ca, temática, actividad a investigar, periodicidad, unidad de observación, tamaño de la muestra y modalidad del levantamiento de los datos, y ha validado que se ha evaluado los Lineamientos Metodológicos y el formulario de la mencionada Encuesta, remitida por la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del Ministerio de Agricultura y Riego, por lo que resulta necesario autorizar la ejecución de la “Encuesta Estadística Agroindustrial Mensual 2019”, concluyendo que la información presentada cuenta con la validación de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas de Empresas y Establecimientos; Que, en ese sentido, resulta necesario autorizar la ejecución de la “Encuesta Estadística Agroindustrial Mensual 2019” a nivel nacional, la cual estará dirigida a todas las empresas agroindustriales, siendo sus instrumentos la fi cha técnica, el manual y la cédula respectiva; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; y, Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, la visación de la Sub - Jefatura de Estadística y de la O fi cina Técnica de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la ejecución de la “Encuesta Estadística Agroindustrial Mensual 2019” a nivel nacional, que será ejecutada por la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del Ministerio de Agricultura y Riego, dirigida a las empresas agroindustriales a nivel nacional que desarrollan las actividades productivas siguientes: Elaboración de alimentos balanceados para animales, además se incluye en esta clasi fi cación a aquellas granjas avícolas, de porcinos y establos lecheros que elaboran su propio alimento para el abastecimiento de su planta; molinos o piladoras de arroz; desmotadoras de algodón, plantas procesadoras de café pergamino y plantas tostadoras de café, procesadoras de embutidos y carnes preparadas; molinos