Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2019 (26/04/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

42

NORMAS LEGALES

Viernes 26 de abril de 2019 /

El Peruano

cargos directivos y de candidatos a cargos de elección popular, así como la revocatoria del mandato, la consulta de iniciativas, la rendición de cuentas, el referéndum, entre otras consultas, se realizan mediante el voto universal, libre, igual, voluntario, directo y secreto de los afiliados. También podrá optarse por cualquiera de las otras modalidades de participación electoral previstas en la Ley de Partidos Políticos, según disponga el Estatuto o defina el Plenario Nacional [énfasis agregado]". 18. Como se puede advertir de los documentos presentados, la citada organización política, por decisión de su Plenario Nacional Extraordinario, llevó a cabo su democracia interna para elegir a sus candidatos a alcalde y regidores en el presente proceso electoral, haciendo uso de la modalidad a mano alzada. 19. Al respecto, cabe precisar que si bien la elección a mano alzada constituye una de las formas que utilizan tanto las entidades públicas como privadas para escoger candidatos, elegir opciones o, simplemente, tomar decisiones, sin embargo no está prevista como una modalidad de elección de candidatos para participar en un proceso electoral de carácter popular como el presente. 20. En efecto, la modalidad de elección empleada en el caso de autos contraviene lo dispuesto en el artículo 31 de la Constitución Política, específicamente, en lo que se refiere a la característica de voto secreto, toda vez que se opta por la modalidad de elección a mano alzada, la cual tampoco se encuentra prevista en la LOP. 21. En consecuencia, al haberse optado por una modalidad de votación que no se encuentra contemplada en la LOP y, además, que es contraria al contenido constitucionalmente protegido del derecho al voto, se advierte la clara concurrencia en la causal de improcedencia, prevista en el artículo 29, numeral 29.2, literal b, del Reglamento, motivo por el cual el recurso de apelación debe ser desestimado. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Estrella Castro Ambrocio, personera legal alterna de la organización política Acción Popular; y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución Nº 00013-2019-JEE-HNCO/JNE, del 24 de marzo de 2019, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huánuco, que declaró improcedente su solicitud de inscripción de lista de candidatos para la Municipalidad Distrital de Pampamarca, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco, en el marco de las Elecciones Municipales Complementarias 2019. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General

MINISTERIO PUBLICO
Autorizan viaje de Fiscal Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 653-2019-MP-FN Lima, 22 de marzo de 2019 VISTOS: Los Oficios N°s. 2848 y 3248-2019-MP-FN-UCJIE, cursados por la Oficina de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalía de la Nación; CONSIDERANDO: A través de los oficios de vistos, la Oficina de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalía de la Nación traslada la invitación de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Fiscalía General de la Nación de la República de Colombia a la reunión de constitución y lanzamiento de la Red contra la Minería Ilegal, que se realizará en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 27 al 29 de marzo de 2019. La referida actividad tiene como objetivo promover y fortalecer la investigación y judicialización de la minería ilegal, sus delitos conexos y asociados, a través de la especialización de los operadores judiciales, la capacitación, el intercambio de experiencias exitosas y buenas prácticas, así como promover la operatividad investigativa en este tipo delitos. Tomando en cuenta que Perú, como país fundador del Grupo contra la Minería Ilegal, formó parte de la XXVI Asamblea General Ordinaria de la Asociación Iberoamericana de Ministerio Públicos AIAMP celebrada en México el 5 y 6 de setiembre de 2018, donde se decidió la transformación del Grupo contra la Minería Ilegal en Red contra la Minería Ilegal liderada por la Fiscalía General de Colombia, y considerando que el Ministerio Público es una entidad comprometida en la lucha contra los delitos de minería ilegal y la actividad permitirá compartir información y establecer mecanismos de cooperación institucional internacional que permitirá enriquecer las investigaciones contra los delitos de tala y minería ilegal, es de interés institucional la participación de la Fiscal Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental en la referida actividad. La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo cubrirá los gastos referentes a alimentación y alojamiento, mientras que el Ministerio Público asumirá los gastos de pasajes aéreos internacionales y seguro de viaje para la realización de la presente comisión de servicios. Contando con los vistos de la Gerencia General y, Oficinas Generales de Asesoría Jurídica, Finanzas y Logística. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; Resolución de Gerencia General del Ministerio Público N° 157-2018-MPFN-GG que aprueba la Directiva General N° 003-2018-MPFN-GG "Normas para la Entrega de Fondos por Viáticos y Asignaciones para la Realización de Comisiones de Servicios"; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la señora Flor de María Vega Zapata,

1

2

Freidenberg, Flavia. "La reina de las reformas: Las elecciones internas a las candidaturas presidenciales en América Latina". En: Reformas a las Organizaciones de Partidos en América Latina, Escuela de Gobierno y Políticas Públicas, PUCP, Lima, 2016; p. 32-33. Guzmán Napuri, Christian. La Constitución Política: un análisis funcional. Gaceta Jurídica, Lima, 2015, p. 325.

1763760-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.