Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2019 (27/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Sábado 27 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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VISTOS: El Oficio N° 116-2019-UPD-GAD-CSJLIMASR/ PJ, cursado por la jefa de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de esta Corte Superior de Justicia. CONSIDERANDO: La Corte Superior de Justicia de Lima Sur inicia sus funciones el 13 de octubre de 2010, por Resolución Administrativa N° 334-2010-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la cual fue publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 07 de octubre de ese mismo año. Ejerce su competencia en los distritos de Villa María del Triunfo, San Juan de Miraflores, Villa El Salvador, Lurín, Santísimo Salvador de Pachacámac (Se excluye al Centro Poblado Los Huertos de Manchay), Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar, Pucusana y Chorrillos. La sociedad exige contar con magistrados idóneos cuya aptitud, capacidad y competencia, de la mano con una trayectoria íntegra y comportamiento apropiado, lleven adelante su misión; ubicando su labor en una perspectiva mayor, dentro del orden democrático constitucional. Esto exige de los magistrados una impartición de justicia con independencia e imparcialidad, pero además con probidad, veracidad, y equidad, utilizando las herramientas de su conciencia, moral, diligencia, decoro y sentido común, por que sólo desde estos rasgos esenciales de la personalidad de los magistrados se puede construir la garantía de una actuación imparcial que los jueces requieren en el desempeño de sus responsabilidades y para beneficio de los ciudadanos, que abone por una justicia pronta y eficaz. Mediante Resolución Administrativa N° 266-2010-CEPJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se dispuso la adhesión del Poder Judicial a la implementación de las "100 Reglas de Brasilia sobre el Acceso a la Justicia de Personas en Condiciones de Vulnerabilidad", teniendo como objetivo garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, priorizando actuaciones destinadas a facilitar el acceso a la justicia de aquellas personas que se encuentren en situación de mayor vulnerabilidad, ya sea por la concurrencia de varias causas o por la gran incidencia de una de ellas. Mediante Resolución Administrativa N° 090-2016-CEPJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se aprobó el "Plan Nacional de Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad - Poder Judicial del Perú 2016-2021", el cual señala que tiene como objetivo general promover el efectivo acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, fomentando el acceso a la justicia de las mujeres discriminadas y víctimas de violencia basada en género, de manera eficaz y oportuna, propiciando la eliminación de las barreras que limitan su acceso. Es por ello, que a fin de garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, es que mediante Resolución Administrativa N° 53-2017-CE-PJ, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispone la creación a partir del 7 de marzo del 2017, del "Módulo Judicial Integrado en Violencia de Género" de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, con sede en el Distrito de Villa El Salvador; el mismo, que funcionará por turnos las 24 horas del día, para la atención exclusiva y centralizada de los procesos al amparo de la Ley N° 30364, Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, dicha Resolución estableció la creación del mencionado Módulo con carácter de Plan Piloto por un año cronológico. Posteriormente, por Resolución Administrativa N° 19-2018-CE-PJ, se modificó su nomenclatura por el de "Módulo Judicial Integrado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar". Finalmente, por Resolución Administrativa N° 046-2018-CE-PJ, de fecha 24 de enero del 2018, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crea, a partir del 01 de abril de 2018, el Módulo Judicial Integrado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo

Familiar" en los Distritos Judiciales de la Libertad y Lima Sur. El Distrito Judicial de Lima Sur alberga a más de 1,928.9931 habitantes; siendo una de las áreas interdistritales con mayor concentración de población en Lima Metropolitana; asimismo, de acuerdo a la información registrada en el Sistema Integrado Judicial ­ SIJ, se evidencia que en estos cuatro primeros meses se han ingresado 7471 denuncias en el Módulo referido en el párrafo precedente, evidenciando con ello un alto número de denuncias que recibe el Módulo Judicial Integrado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. En ese sentido, la Presidencia en coordinación con la Unidad de Planeamiento y Desarrollo han diseñado el proyecto denominado "Despacho Móvil" de esta Corte Superior de Justicia, cuyo eslogan es "Llevando Justicia a tu Localidad"; el cual busca acercar la justicia de manera más efectiva y eficiente a las personas y/o grupos vulnerables de este Distrito Judicial; mediante el Oficio N° 116-2019-UPD-GAD-CSJLIMASUR/PJ de fecha 25 de abril del presente año, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de esta Corte, informa a la Presidencia que se ha concluido con el diseño del proyecto antes referido, el cual constituirá un importante aporte garantizando el acercamiento de los servicios del sistema de justicia a aquellos grupos de población que, debido a las circunstancias propias que se encuentran en situación de vulnerabilidad. El proyecto denominado "Despacho Móvil" de esta Corte Superior de Justicia, teniendo como eslogan "Llevando Justicia a tu Localidad", tiene como objetivos: i) Promover el acercamiento de los servicios del sistema de justicia a las poblaciones más vulnerables; ii) Dictar las medidas de protección, en caso corresponda, de manera inmediata, atendiendo así los casos de violencia familiar, en pro de los ciudadanos de nuestro Distrito Judicial. Asimismo, cabe señalar que para el logro de los objetivos antes indicados se ha dimensionado que para el adecuado funcionamiento del "Despacho Móvil" de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, este proyecto contará con la participación de un juez, un secretario y un psicólogo del Módulo de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, quienes se trasladarán a bordo de unidades vehiculares que servirán como despachos para la atención judicial y psicológica, respectivamente; el cual se realizará en los distritos que integran el Distrito Judicial de Lima Sur, priorizando los lugares de alto tránsito y/o lugares geográficamente alejados. Es preciso señalar, que el proyecto "Despacho Móvil" se rige bajo un cronograma de gestión en el que se establece la participación de un magistrado y el profesional en psicología del equipo multidisciplinario por el periodo de una semana; para que realicen el recorrido del Despacho Móvil. El magistrado emitirá la medida de protección de manera inmediata cuando la ficha de valoración de riesgo, el análisis y la evaluación que el magistrado realice determine que el riesgo es severo, en el caso que se determine que el riesgo es leve o moderado programará fecha de audiencia conforme los plazos señalados en la ley N° 30364; de igual manera, el psicólogo participante tendrá la labor de aplicar la ficha de valoración de riesgo a la presunta víctima y emitirá el considerando que corresponda en la aplicación de dicho instrumento. Este despacho encargará, de manera oportuna, el despacho judicial del magistrado que realice el "despacho móvil" a uno de los miembros de su Despacho Judicial, siendo que cada despacho judicial se encuentra conformado por tres magistrados; asegurando así el diligenciamiento de las atenciones los procesos del propio Módulo señalado precedentemente, logrando la continuidad de la administración de justicia.

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Información obtenida del Censo Nacional 2017: XII de Población, VII de Vivienda y III de Comunidades Indígenas.

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