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20 NORMAS LEGALES Martes 30 de abril de 2019 / El Peruano Ochocientos Treinta y Dos Mil Doscientos Once y 17/100 Dólares Americanos) y S/ 140,734.66 (Ciento Cuarenta Mil Setecientos Treinta y Cuatro y 66/100 Soles), adjuntando la relación de las entidades bene fi ciarias con sus respectivos montos, conforme a la normativa vigente; Que, en atención a las consideraciones precedentes, y a lo dispuesto en el artículo 92 del Reglamento de Diversos Títulos del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, corresponde autorizar la distribución de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de marzo de 2019 a las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales, Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET y Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Reglamento de Diversos Títulos del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, y a las funciones y responsabilidades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, y; Con los visados de la O fi cina de Asesoría Jurídica y la Dirección de Derecho de Vigencia; SE RESUELVE:Artículo 1.- Asignar los montos recaudados por los conceptos de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad en el mes de marzo del año 2019, de conformidad a los Anexos Nº 1 y Nº 2, que forman parte integrante de la presente resolución, según el siguiente detalle: EntidadesMonto a Distribuir US$ S/ MUNICIPALIDADES DISTRITALES 1,373,438.97 105,551.00 INGEMMET 357,221.58 28,146.93MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS 89,305.40 7,036.73GOBIERNOS REGIONALES 12,245.22 0.00TOTAL 1,832,211.17 140,734.66 (*) Ver Anexos Nº 1 y Nº 2 Artículo 2.- Precisar que los pagos por Derecho de Vigencia y Penalidad materia de la presente distribución tienen una fi nalidad pública y la condición de bienes de Dominio Público no sujetos a embargo o ejecución coactiva, conforme a Ley. Artículo 3.- Disponer que la O fi cina de Administración del INGEMMET ejecute las acciones pertinentes a fi n de proceder con las transferencias dispuestas conforme al artículo 1 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.HENRY LUNA CORDOVA Presidente EjecutivoINGEMMET ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD De conformidad con el artículo 92 del Reglamento de Diversos Títulos del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM y el inciso a) del artículo 57 del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, modi fi cado por Ley Nº 29169, la distribución de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de marzo de 2019 a las Municip alidades Distritales es el siguiente: DPTO. / PROV. / DISTRITO S/ U.S. $ AMAZONAS/CONDORCANQUI NIEVA 0.00 4,837.50DPTO. / PROV. / DISTRITO S/ U.S. $ AMAZONAS/RODRIGUEZ DE MENDOZA OMIA 0.00 37.50 ANCASH/AIJA LA MERCED 0.00 675.00 ANCASH/ASUNCION CHACAS 0.00 1,350.00 ANCASH/BOLOGNESI COLQUIOC 0.00 225.00 HUALLANCA 0.00 1,786.48 ANCASH/CARHUAZ ANTA 0.00 1,050.00 CARHUAZ 0.00 825.00 YUNGAR 0.00 1,125.00 ANCASH/CARLOS FERMIN FITZCARRALD SAN LUIS 0.00 1,050.00 SAN NICOLAS 0.00 75.00 YAUYA 0.00 675.00 ANCASH/CASMA BUENA VISTA ALTA 1,525.12 0.00 CASMA 217.54 225.00 YAUTAN 0.00 1,650.00 ANCASH/CORONGO BAMBAS 0.00 5,081.78 CUSCA 0.00 2,100.00 LA PAMPA 0.00 1,500.00 YANAC 0.00 750.00 YUPAN 0.00 1,016.25 ANCASH/HUARAZ PAMPAS GRANDE 0.00 975.00 PARIACOTO 0.00 1,950.00 PIRA 0.00 562.50 TARICA 0.00 37.85 ANCASH/HUARI HUACHIS 0.00 12.50 HUARI 0.00 75.00 MASIN 0.00 12.50 PONTO 0.00 675.00 RAHUAPAMPA 0.00 12.50 SAN PEDRO DE CHANA 0.00 675.00 ANCASH/HUARMEY CULEBRAS 217.54 0.00 HUARMEY 217.54 2,286.00 MALVAS 0.00 225.00 ANCASH/HUAYLAS