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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (30/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Martes 30 de abril de 2019 El Peruano / Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, en Sesión Ordinaria de fecha 09 de abril de 2019, celebrada en el Auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. Apurímac Nº 460 - Callería, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por unanimidad, se aprueba el siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero.- AUTORIZAR el VIAJE AL EXTERIOR del país, al Gobernador Regional de Ucayali señor Francisco Antonio Pezo Torres, desde el 30 de abril al 04 de mayo de 2019, con la fi nalidad de asistir a la 11º Reunión Anual 2019: “Nuevas Fronteras en la Gobernanza Forestal: Promover la Inversión, proteger la Biodiversidad y mejorar los medios de vida”, la misma que se llevará a cabo en Florencia - Gobernación de Caqueta, República de Colombia. Artículo Segundo.- ESTABLECER que la participación del Gobernador Regional de Ucayali señor Francisco Antonio Pezo Torres a la invitación indicado en el Artículo Primero, no irroga gastos al Gobierno Regional de Ucayali. Artículo Tercero.- REMITASE el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional, para los fi nes pertinentes y a su retorno el Gobernador Regional señor Francisco Antonio Pezo Torres, cumpla con informar al Pleno del Consejo Regional, respecto a la mencionada reunión. Artículo Cuarto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite a la lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de mayor circulación local y a la Oficina de Tecnologías de la Información su difusión a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publiquese y cúmplase. JESSICA LIZBETH NAVAS SÁNCHEZ Consejera DelegadaConsejo Regional 1764393-1 Autorizan al Gobernador Regional suscribir el Convenio de Cooperación Interinstitucional con la Contraloría General de la República, para la implementación del Sistema de Declaraciones Juradas para la Gestión de Conflicto de Intereses Consejo Regional ACUERDO REGIONAL Nº 057-2019-GRU-CR Pucallpa, nueve de abril de dos mil diecinueve.POR CUANTO: Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización – Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867, modi fi cado por la Ley Nº 27902 y la Ley Nº 28013, Reglamento del Consejo Regional, y demás normas complementarias; CONSIDERANDO:Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Que, el artículo 13 de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que: “El Consejo Regional, es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establece en la presente ley y aquellas que le sean delegadas”. Que, la Ley Nº 27815 – Ley del Código de Ética de la Función Pública, establece los principios, deberes y prohibiciones éticas que rigen para los servidores públicos de las entidades de la Administración Pública, estableciendo el deber de la probidad, el cual implica actuar con rectitud, honradez y honestidad en aras de satisfacer el interés regional. El código prohíbe a todo funcionario mantener relaciones o de aceptar situaciones en cuyo contexto sus intereses personales, laborales, económicos o fi nancieros pudieran estar en con fl icto con el cumplimiento de sus deberes y funciones del cargo. Que, en Sesión Ordinaria de fecha 09 de abril de 2019, ingresa el O fi cio Nº 265-2019-GRU-GR., de fecha 04 de abril de 2019, remitido por el Gobernador Regional de Ucayali - Señor Francisco Antonio Pezo Torres, quien solicita autorización para suscribir un Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Ucayali y la Contraloría General de la República, para la implementación de Declaraciones Juradas para la Gestión (SIDJI), que administra la Contraloría; por lo que, se dispuso pasar a la estación Orden del Día. Que, la Directiva Nº 010-2018-CG/GDET. – Directiva para Declaraciones Juradas para la Gestión de Con fl icto de Intereses, aprobado por Resolución de la Contraloría Nº 480-2018-CG., emitida por la Contraloría General de la República, son instrumentos que contienen información consignada por los sujetos, respecto a sus vinculaciones en el ámbito personal, familiar, laboral, económico y/o fi nanciero, así como la manifestación de no tener confl icto de intereses, permitiendo transparentar dicha información para identi fi car y evitar posibles situaciones, asuntos o relaciones que pudieran estar en con fl icto con el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades a cargo de los Órganos del Sistema Nacional de Control. Que, mediante Opinión Legal Nº 024-2019-GRU- GGR-ORAJ/TTC., de fecha 12 de marzo de 2019, el Abogado Telésforo Trujillo Caico - Director Administrativo II, de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, Opina: El Gobernador Regional deberá suscribir el Convenio de Cooperación Interinstitucional para la utilización del Sistema de Declaración Jurada para la Gestión de Con fl icto de Intereses que administra la Contraloría General de la República. Que, mediante Informe Nº 898-2019-GRU-GRPP- SGP., de fecha 02 de abril de 2019, el CPC. Gustavo Igreda Vadillo – Sub Gerente de Presupuesto de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, concluye que: Los Convenios ya suscritos con los Gobiernos Regionales de Cajamarca y Tumbes, no requieren de recursos económicos para el acceso, uso y registro en el Sistema de Declaraciones Juradas para la Gestión de Con fl icto de Intereses (SIDJI).