TEXTO PAGINA: 39
39 NORMAS LEGALES Martes 30 de abril de 2019 El Peruano / MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO Aprueban la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad aprobado con Ordenanza Municipal N° 628-2017-MPI ORDENANZA MUNICIPAL Nº 665-2019-MPI Ilo, 4 de abril del 2019EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO POR CUANTO:El Concejo de la Municipalidad Provincial de Ilo,VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 29 de marzo de 2019, el Informe Nº 030-2019-GPE-MPI, de la Gerencia de Planeamiento Estratégico y el Proyecto de Ordenanza que propone la Modi fi cación de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), de la Municipalidad Provincial de Ilo; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, los numerales 3) y 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que es atribución del Concejo Municipal “Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local, así como aprobar, modi fi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos”; Que, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM “Que aprueba los lineamientos de Organización del Estado”, en armonía con la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, tiene como fi nalidad buscar que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas en bene fi cio de la ciudadanía. Que, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, establece que el Reglamento de Organización y Funciones- ROF es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad. Contiene las competenciasa y funciones generales de la entidad; las funciones especí fi cas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia.. Que, con Ordenanza Municipal Nº 628-2017-MPI se aprobo el Reglamento de Organización y Funciones – ROF vigente de la Municipalidad Provincial de Ilo. Que, los documentos de gestión son dinámicos, fl exibles y se adecuan periódicamente a los nuevos escenarios y los cambios normativos que emite el Gobierno Nacional, en tal sentido la Gerencia de Planeamiento Estratégico a través de la Sub Gerencia de Planes y Desarrollo Organizacional, con el aporte y participación de las diversas instancias de la Municipalidad plantea la modi fi cación del ROF, en el marco del D.S. Nº 043-2006-PCM que “Aprueba lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones- ROF”. Que, la presente modi fi cación del ROF incorpora los cambios producidos en la normativa nacional y local que tiene incidencia en el ROF; así como también modi fi caciones para optimizar o simpli fi car los procesos de la entidad con la fi nalidad de cumplir con mayor efi ciencia su misión y funciones. Son relevantes las modi fi caciones de las funciones relacionadas a la Fiscalización Administrativa en las unidades orgánicas involucradas, que permioten establecer la articulación y concordancia entre el ROF y el Reglamento de Aplicación de Infracciones y Sanciones Administrativas (RAISA) recientemente aprobado con Ordenanzas Nº 653-2018- MPI y Nº 661-2018. Que, teniendo en consideración lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal ha aprobado la siguiente ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO Artículo Primero.- APROBAR, la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado con Ordenanza Municipal Nº 628-2017-MPI, según se explica en los artículos siguientes. Artículo Segundo.- INCORPORAR en la Estructura Orgánica, el ÓRGANO DE COORDINACIÓN: 02.8. INSTANCIA PROVINCIAL DE CONCERTACIÓN PARA LA PREVENCIÓN, SANCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR mediante la Inclusion del Artículo Artículo 31-A; asi como tambien del Artículo 31-B.- en el cual se establece sus funciones. Artículo Tercero.- CAMBIAR la ubicacion en la Estructura Organica, de la OFICINA DE PROGRAMACION MULTIANUAL DE INVERSIONES (OPMI), dependiente de la Gerencia Municipal pasa a depender de la Gerencia de Planeamiento Estratégico como una Subgerencia: 05.1.3. SUBGERENCIA DE PROGRAMACION MULTIANUAL DE INVERSIONES (OPMI), Artículo 43. Asimismo la adecuación de sus funciones a la Directiva para la Programación Multianual que regula y articula la Fase de Programación Multianual del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y la Fase Programación del Sistema Nacional de Presupuesto aprobada por Resolución Ministerial Nº 035-2018-EF/15, según el Artículo 44, en el cual se establece sus funciones. Artículo Cuarto.- MODIFICAR el articulo Nº 01, precisando los niveles organizacionales y niveles Jerárquicos según lo siguiente: NIVELES ORGANIZACIONALES NIVELES JERARQUICOS Primero Alcaldía, Gerencia MunicipalPrimero Alcaldía, SegundoGerencias de los Órganos de Línea, Gerencias y Ofi cinas de los Órganos de Asesoramiento y Órganos de Apoyo; Órgano de Control Institucional y la Procuraduría Pública Municipal.Segundo Gerencia Municipal Tercero Sub Gerencias de Órganos de Asesoramiento y de Apoyo y Órganos Desconcentrados.TerceroGerencias de los Órganos de Línea, Gerencias y Ofi cinas de los Órganos de Asesoramiento y Órganos de Apoyo; Órgano de Control Institucional y la Procuraduría Pública Municipal. Cuarto Sub Gerencias de Órganos de Asesoramiento y de Apoyo y Órganos Desconcentrados. Artículo Quinto.- MODIFICAR las Funciones de las Unidades Organicas segun los articulos e incisos que se detallan en el Cuadro que se anexa a la presente ordenanza. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza, a la Secretaria General su publicación según corresponda y ordenar a la Sub Gerencia de Informática y Estadística su debida implementación y publicación en el portal Institucional, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GERARDO FELIPE CARPIO DIAZ Alcalde 1764430-1