Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2019 (01/12/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 88

88 NORMAS LEGALES Domingo 1 de diciembre de 2019 / El Peruano 84 AV. 225 / OVALO LABARTHE - AH. PEDRO LABARTHE 3 3 9 85 AV. 225 / OVALO LABARTHE - AH. MERCADO CENTRAL 3 3 986 ESQUINA AV. 225/ AV. LOS ARQUITECTOS - AH. NUEVO HORIZONTE 4 3 1287 ESQUINA AV. 225 / AV. GRAU - AH. HIROSHIMA 2 3 688 ESQUINA AV. 225/ AV. PROLONG. LOS INDUSTRIALES 2 3 6 PACHACUTEC / PROYECTO PILOTO N° UBICACIÓN ESPECÍFICA EPR TURNOS COMERC. 89 ESQUINA AV. 225 / AV. F - GRUPO RESIDENCIAL B1 2 3 6 90 ESQUINA AV. 225 / AV. 33- GRUPO RESIDENCIAL A3 2 3 6 91 ESQUINA AV. 225 / AV. HUAYNA CAPAC - GRUPO RESIDENCIAL A1 - GR B3 4 3 12 92 ESQUINA AV. 225 / CALLE 51 - GR A1 - GR B3 4 3 12 PACHACUTEC / ASENTAMIENTOS HUMANOS N° UBICACIÓN ESPECÍFICA EPR TURNOS COMERC. 93 ESQUINA AV. 200 / AV. LOS TOPOGRAFOS – AH. LOS 4 SUYOS/ AH.LA LIBERTAD 2 3 694 ESQUINA AV. 200 / AV. LOS DIBUJANTES – AH. COSMOVISIÓN 2 3 6 95 ESQUINA AV. 200/ AV. LOS PROYECTISTAS - AH. SANTISIMA CRUZ DE MOTUPE 2 3 6 96 ESQUINA AV. 200 / AV. LOS ARQUITECTOS - AH. LOS PINOS. 2 3 6 PACHACUTEC / PROYECTO PILOTO N° UBICACIÓN ESPECÍFICA EPR TURNOS COMERC. 97 ESQUINA AV.200 / AV. CAMINO DEL INCA IZQUIERDA - GR E4 2 3 6 97 ESQUINA AV. 200 (AV. G) / AV WIRACOCHA - GR D2 2 3 6 98 ESQUINA AV. 200 (AV. G) / AV HUAYNA CAPAC - GR B3 2 3 6 99 INTERCEPCIÓN AV. 200 (AV. E) / AV. SANTA ROSA - PARCELA AH. LOS PROCERES 2 3 6 TOTAL ZONA OESTETOTAL ESPACIO PUBLICO REGULADO 42 TOTAL TURNOS 51 TOTAL COMERCIANTES 126 RESUMEN GENERAL DE ESPACIOS PÚBLICOS REGULADOS ZONAS SUR/CENTRO/NORTE/OESTE EPR : 201 TURNOS : 225 COMERCIANTES : 457 CAPÍTULO VI DE LOS MÓDULOS PARA LA VENTA Artículo 13º.- Los módulos para comercialización de emolientes pueden ubicarse en los espacios públicos regulados señalados expresamente por la Municipalidad, previa evaluación técnica y Socio – Económica social considerando los siguientes aspectos: Se ubicará en veredas y otras áreas disponibles, donde su presencia no obstaculice la visión del automovilista, el libre tránsito de peatones, ni di fi culte el acceso a la propiedad privada y no dañe, ni atente contra el ornato de la zona. No podrán ser ubicados, bajo ningún motivo, en áreas monumentales, áreas circundantes de locales públicos; Comisarias, Hospitales, Postas Médicas y similares. Deberán respetar la distancia mínima de 100 metros entre cada módulo ubicado en la vía pública. Artículo 14º.- Los módulos para comercialización de emolientes serán construidos según lo indicado en el presente artículo: Materiales: Estructura: Ángulos de fi erro o aluminio de 1” x 1/8”. Cobertura: Láminas de Acero Inoxidable. Ruedas giratoria de jebe: De 15 cm de diámetro que facilitara su desplazamiento. Dimensiones:Longitud: 1.50 mt. Fondo: 0.80 mt. Altura Mesa de Trabajo: 0.90 mt. (De suelo a mesa)Altura total del módulo: 1.85 mt. Acondicionamiento: a) En la parte posterior del módulo se instalaran dos (02) puertas corredizas o abisagradas para acceso a un compartimiento de almacenaje. b) El techo estará apoyado en cuatro columnas de Acero inoxidable, compuesto por una cobertura, superior e inferior, con instalación en esta última cobertura de un artefacto para iluminación. c) Las características (Diseño y colores) serán determinadas por la Municipalidad de Ventanilla e implementadas por el comerciante de emolientes. Fuentes de Energía Eléctrica: Se consideran dos fuentes de energía eléctrica en el módulo de venta: a) Batería de 12 Voltios. b) Panel solar instalado en el techo del módulo. CAPÍTULO VII UNIFORMES DE TRABAJO Artículo 15º.- El diseño del uniforme de trabajo para las actividades comerciales serán establecidos por la Municipalidad y dados a conocer a los comerciantes de emoliente por la Gerencia de Desarrollo Económico, previo a la expedición de la autorización municipal. El uniforme que deberá llevar puesto el Emolientero durante el turno de trabajo será el siguiente: