Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2019 (01/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

Domingo 1 de diciembre de 2019 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Modifican la Ordenanza N° 041-2016MDMM
ORDENANZA Nº 069-2019-MDMM Magdalena del Mar, 24 de setiembre de 2019 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL, en sesión de fecha 24 de setiembre de 2019; VISTOS: La carta de fecha 23 de setiembre del 2019 de la Presidenta de la Comisión de Promoción de Educación, Cultura Deporte y Juventudes Regidora Fresia Hidalgo Moreno, Ordenanza Nº 041-2016-MDMM, el Informe Nº 146-2019-GPP-MDMM de fecha 24 de julio del 2019, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 481-2019-GAJ-MDMM de fecha 15 de julio del 2019, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º consagra en favor de las municipalidades provinciales y distritales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía se desarrolla en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27912, al indicar que aquella radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa fundamentalmente a través de las ordenanzas, que, según el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal. En concordancia con el artículo 9º, numeral 8, de la mencionada Ley, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas;

Que, por Ley Nº 26306, se reconoció la propiedad de los terrenos conformantes del corredor ribereño denominado Costa Verde, a los Municipios Distritales de Chorrillos, Barranco, Miraflores, San Isidro, Magdalena del Mar y San Miguel, dentro de los límites de sus respectivas jurisdicciones; Que, mediante Ordenanza Nº 041-2016-MDMM, se prohibió la realización de conciertos y tiestas en la Costa Verde de la jurisdicción de Magdalena del Mar, modificándose e incorporándose diversos códigos de infracción del Cuadro de Infracciones; Que, la carta de fecha 23 de setiembre del 2019 de la Presidenta de la Comisión de Promoción de Educación, Cultura Deporte y Juventudes Regidora Fresia Hidalgo Moreno, Ordenanza Nº 041-2016-MDMM, efectúa el pedido de modificación del artículo 1º de la Ordenanza Nº 041-2016-MDMM, Ordenanza que prohíbe la realización e espectáculos públicos no deportivos en la Costa Verde de Magdalena del Mar, con la finalidad de contar con espacios públicos al mejoramiento de la calidad de vida de la población del distrito de Magdalena del Mar; Que, el Informe Nº 481-2019-GAJ-MDMM de fecha 15 de julio del 2019, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, manifiesta que se formula en el marco de las competencias que tiene la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar; Que, el Informe Nº 146-2019-GPP-MDMM de fecha 24 de julio del 2019, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, indica que considera viable el proyecto de ordenanza; Estando a los fundamentos expuestos y a las norma legales antes referidas, contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y articulo 400 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, lo siguiente. ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO PRIMERO DE LA ORDENANZA Nº 041-2016-MDMM Artículo Primero.- el Artículo Primero de la Ordenanza Nº 041-2016-MDMM, Ordenanza que prohíbe la realización de espectáculos públicos no deportivos en la Costa Verde de Magdalena del Mar, bajo lo siguiente: "Artículo Primero.- PROHIBIR la realización de conciertos y fiestas en la Costa Verde de la jurisdicción de Magdalena del Mar.

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Gerente de Publicaciones Oficiales y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (CD o USB) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

4. 5.

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