Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2019 (06/12/2019)


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NORMAS LEGALES

Viernes 6 de diciembre de 2019 /

El Peruano

Artículo 2.- Responsabilidades y funciones de la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documental La Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, tiene las siguientes responsabilidades y funciones: 1. Gestionar la atención al ciudadano a través de los canales de atención presencial, telefónica y virtual a fin de brindar orientación, información y atención de consultas ciudadanas, realizando las coordinaciones necesarias con los órganos correspondientes del ITP que permitan brindar las respuestas y dar cumplimiento a las normas aplicables. 2. Establecer medidas de control para el registro y seguimiento de las visitas que se realicen en el ITP, así como, controlar que el sistema de visitas a tiempo real se encuentre disponible en el portal de transparencia estándar. 3. Administrar y gestionar el Sistema Institucional de Archivo-SIA del ITP, estableciendo medidas de seguridad, protección e integridad a fin de contar con información de manera oportuna y completa, acorde con las normas vigentes. 4. Velar por la conservación y custodia de los documentos físicos, electrónicos y/u otro tipo de soporte que forman parte del fondo documental del ITP en cumplimiento de las normas vigentes. 5. Coordinar, supervisar y monitorear la aplicación de los procesos técnicos archivísticos de organización, descripción, selección, conservación y servicios en los Archivos que componen el Sistema Institucional de Archivo del ITP, en conformidad con las normas vigentes. 6. Elaborar y evaluar el Plan Anual de Trabajo Archivístico del ITP, para dar cumplimiento a lo establecido en las normas técnicas del Sistema Nacional de Archivo. 7. Supervisar y coordinar las acciones y actividades que deben ser gestionadas para la aplicación de los procesos técnicos archivísticos que correspondan a los Archivos que componente el Sistema Institucional de Archivo del ITP. 8. Gestionar y supervisar el proceso Trámite Documentario conformado por los procesos de recepción y despacho de documentos a nivel local y nacional, en el ITP asegurando una gestión ágil y efectiva, dando cumplimiento a las normas vigentes. 9. Gestionar y orientar en la atención de los reclamos interpuestos por los usuarios del ITP de acuerdo a lo establecido en la norma vigente. 10. Gestionar y orientar el proceso de emisión de documentos, estableciendo los tipos documentales para su uso formal y de la conversión de microformas en el ITP de acuerdo a lo establecido en las normas vigentes. 11. Gestionar y orientar la atención de las solicitudes de transparencia y acceso a la información pública con las unidades usuarias de la información, para dar respuesta dentro de los plazos establecidos por Ley. 12. Coordinar con las entidades correspondientes en temas de Gestión Documental cuyos componentes son la Gestión de Trámite Documentario y Gestión Archivística, así como en los temas de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y Atención al Usuario para la orientación técnica en la aplicación de las normas correspondientes. 13. Formular y proponer las políticas, estrategias y procedimientos de los procesos de Atención al Ciudadano y Gestión Documental del ITP. 14. Brindar asesoría técnica a los órganos del ITP en la aplicación de los procesos de Atención al Usuario y Gestión Documental, que deben cumplirse de acuerdo a las normas vigentes. 15. Las demás funciones que le asigne la Secretaria General, comprendidas dentro del ámbito de su competencia. Artículo 3.- Responsabilidades y funciones de la Unidad Funcional de Integridad Institucional La Unidad Funcional de Integridad Institucional, tiene las siguientes responsabilidades y funciones:

1. Apoyar en la identificación y gestión de riesgos de corrupción. 2. Proponer las acciones de integridad y lucha contra la corrupción, así como supervisar su cumplimiento. 3. Proponer la incorporación de objetivos y acciones de integridad en los planes estratégicos de la entidad. 4. Implementar, conducir y dirigir la estrategia institucional de integridad y lucha contra la corrupción, así como supervisar su cumplimiento. 5. Supervisar el cumplimiento de la normativa vigente de transparencia, gestión de intereses y conflicto de intereses. 6. Coordinar con la máxima autoridad administrativa y los demás órganos o unidades orgánicas de la entidad, la planificación, ejecución, seguimiento y evaluación del sistema de control interno. 7. Coordinar e implementar el desarrollo de actividades de capacitación en materia de ética pública, transparencia y acceso la información púbica, gestión de intereses, conflicto de intereses, control interno y otras materias vinculadas con la integridad y lucha contra la corrupción. 8. Recibir, evaluar, derivar, realizar el seguimiento y sistematización de denuncias sobre actos de corrupción, asegurando la reserva de información cuando corresponda. 9. Otorgar las medidas de protección al denunciante o testigos cuando corresponda. 10. Orientar y asesorar a los funcionarios y servidores sobre dudas, dilemas éticos, situaciones de conflicto de interés, así como sobre los canales de denuncias y medidas de protección existentes en la entidad y otros aspectos de políticas de integridad. 11. Monitorear la implementación del modelo de integridad institucional. 12. Supervisar las consultas ciudadanas que se realicen en las redes, sitios web y plataformas digitales de la red CITE, en coordinación con la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documental. 13. Las demás que le asigne la Secretaria General, comprendidas dentro del ámbito de su competencia. Artículo 4.- Designación de coordinadores Designar como coordinadores a cargo de las Unidades Funcionales creadas por el artículo 1 de la presente Resolución a: a) Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documental a la señora Soledad Carol Arteaga Paniagua, personal contratado bajo el régimen de contratación administrativa de servicios ­ CAS. b) Unidad Funcional de Integridad Institucional a la señora Gladys Milena Patiño Vidal, personal contratado bajo el régimen de contratación administrativa de servicios ­ CAS. Artículo 5.- Publicación Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". En la misma fecha, la Oficina de Tecnologías de la Información publica la presente Resolución en el Portal Institucional del Instituto de Tecnológico de la Producción (ITP) https://www.gob.pe/ produce/itp. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAYDA RUTH JERONIMO ZACARIAS Secretaria General 1833217-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 024-2019-INACAL/DN Fe de Erratas de la Resolución Directoral N° 024-2019-INACAL/DN, publicada en la edición del jueves 28 de noviembre de 2019.

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