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12 NORMAS LEGALES Martes 24 de diciembre de 2019 / El Peruano INSTITUCIONES EDUCATIVAS PRIVADAS DE EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR (EBR)Promoviendo una cultura del agua para una mejor calidad de vida en los distritos de Manantay, Calleria y Yarinacocha, región de UcayaliInstitución Educativa Particular Sollertia CATEGORÍA III: INVESTIGACIONES SUBCATEGORÍAS INVESTIGACIÓN GANADOR GRAN EMPRESABuenas prácticas en el procesamiento de bene fi cio de aves, para reducir los valores máximos admisibles en el agua residual y no afectar la calidad del aguaEl Rocío S.A. PEQUEÑA EMPRESADesarrollo de la tecnología biofl oc, bajo el principio de una economía circular y sostenible en la actividad acuícola amazónica de la región de Madre de DiosAmazonic Foods S.A.C. UNIVERSIDADES / INSTITUTOS PÚBLICOSFitodepuración de aguas residuales en cultivo de carpas utilizando desmodesmus quadricaudaUniversidad Nacional Federico Villarreal PROYECTO INDIVIDUALTratamiento de e fl uentes de curtiembre mediante la aplicación de humedales construidos híbridosJenyfer Steysi Pineda Zapana CATEGORÍA IV: MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y PUBLICACIONES PERIODÍSTICAS SUBCATEGORÍASPUBLICACIÓN PERIODÍSTICAGANADOR FORMATO TELEVISIVOAtrapanieblas, innovador proyecto para obtener aguaJulia Romero Ponce FORMATO ESCRITOA la espera del agua: la crudeza de sobrevivir sin un recurso elementalFernando Lenner Leyton Alva FORMATO RADIALLa amenaza sobre el maná de PiuraGustavo Alexander Guarnizo Yangua Felipe Exequiel Rentería Neira FORMATO DIGITAL Los buscadores de nubesVerónica Ramírez Muro CATEGORÍA V: CERTIFICADO AZUL PROYECTO GANADOR Reducción de consumo de agua en campamento San Juanito y Programa de revestimiento de infraestructura de riego en la zona de in fl uencia de la Central Hidroeléctrica El PlatanalCompañía Eléctrica El Platanal S.A.Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en Portal Web Institucional (www.ana.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. AMARILDO FERNANDEZ ESTELA JefeAutoridad Nacional del Agua 1840038-1 Aprueban los “Lineamientos para establecer hábitats críticos y sus medidas de conservación” RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 261-2019-MINAGRI-SERFOR-DE Lima, 23 de diciembre de 2019VISTOS:Los Informes Técnicos N° 056-2018-MINAGRI- SERFOR/DGPCFFS-DPR, N° 052-2019-MINAGRI-SERFOR/DGPCFFS-DPR, y N° 124-2019-MINAGRI-SERFOR/DGPCFFS-DPR, emitidos por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; los Informes Legales N° 210-2018-MINAGRI-SERFOR-GG/OGAJ y N° 4132019-MINAGRI-SERFOR-GG/OGAJ, emitidos por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 13 de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el artículo 14 de la citada Ley, establece que una de las funciones del SERFOR es la de emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, el artículo 39 de la Ley N° 29763, señala que el SERFOR, en coordinación con las autoridades forestales regionales, establece, promueve y aplica medidas para asegurar el aprovechamiento sostenible, conservación y protección de los recursos forestales y de la fl ora y fauna silvestre a través del ordenamiento, la delimitación de áreas para protección, identi fi cación de hábitats críticos, elaboración de listados de categoría de especies por su estado de conservación, entre otros. Asimismo, señala que los hábitats críticos se establecen mediante resolución de dirección ejecutiva del SERFOR para asegurar la sostenibilidad de las actividades forestales y de fauna silvestre, y conexas; Que, a su vez, los numerales 5.30 del artículo 5 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI y 5.21 del artículo 5 del Reglamento para la Gestión Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI, señalan que los hábitats críticos son áreas especí fi cas dentro del rango normal de distribución de una especie o población de una especie con condiciones particulares que son esenciales para su sobrevivencia, y que requieren manejo y protección especial; esto incluye tanto aspectos ecológicos como biofísicos tales como cobertura vegetal y otras condiciones naturales, disponibilidad de recursos alimenticios o para anidación, entre otros; Que, en esa misma línea, los artículos 131 del Reglamento para la Gestión Forestal y 112 del Reglamento para la Gestión Fauna Silvestre, estipulan que el Estado identi fi ca e implementa medidas para la conservación de hábitats críticos para las especies categorizadas como amenazadas y de importancia socio económica, los cuales incluyen áreas para reproducción, dispersión, alimentación,