Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2019 (24/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Martes 24 de diciembre de 2019 /

El Peruano

Sayhua", así como el pago correspondiente, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles de emitida la presente resolución, gestione la suscripción del instrumento de transferencia a favor del Beneficiario y realice el pago del valor total de las Tasaciones a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer que, una vez realizado el pago aprobado en el artículo 1 de la presente resolución, el Sujeto Pasivo desocupe y entregue el área del inmueble afectado, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, de encontrarse el área del inmueble libre o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, según corresponda, bajo apercibimiento del inicio del procedimiento de ejecución coactiva, previo requerimiento establecido en el literal f. del numeral 20.4 del artículo 20 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado con Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA. Artículo 4.- Disponer que dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de suscrito el Formulario

Registral y efectuado el pago del valor total de las Tasaciones, PROVIAS NACIONAL remita al Registro de Predios de la SUNARP, el Formulario Registral y copia certificada del documento que acredite el pago del monto del valor total de las Tasaciones, a favor del Sujeto Pasivo. El Registrador Público dentro de los siete (07) días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribirá la adquisición a nombre del Sujeto Activo o Beneficiario, bajo responsabilidad, según lo previsto en el artículo 22 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado con Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA. Asimismo, el registrador, bajo responsabilidad, debe levantar las cargas y gravámenes que existan sobre el área del bien inmueble; los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor total de las Tasaciones pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO
VALOR TOTAL DE LAS TASACIONES CORRESPONDIENTES A UN (01) INMUEBLE Y SUS MEJORAS AFECTADOS POR LA OBRA: "MEJORAMIENTO DEL CORREDOR VIAL APURIMAC - CUSCO, TRAMO: PUENTE ICHURAY - PUENTE SAYHUA" N° 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 Código AP-CON-001 AP-CON-001-02 AP-CON-001-04 AP-CON-001-05 AP-CON-001-06 AP-CON-001-07 AP-CON-001-08 AP-CON-001-09 AP-CON-001-10 AP-CON-001-12 AP-CON-001-13 AP-CON-001-14 AP-CON-001-15 AP-CON-001-16 AP-CON-001-17 AP-CON-001-18 AP-CON-001-19 AP-CON-001-20 AP-CON-001-21 AP-CON-001-22 AP-CON-001-23 AP-CON-001-25 AP-CON-001-27-A AP-CON-001-27-B AP-CON-001-30 AP-CON-001-31 AP-CON-001-32 AP-CON-001-33 AP-CON-001-35 AP-CON-001-36 AP-CON-001-37 AP-CON-001-38 AP-CON-001-39 Valor Comercial del Inmueble (VCI) (S/) 2 567 584,61 4 406,78 18 232,01 20 066,30 61 819,60 2 653,20 10 733,44 31 187,95 44 371,70 156 244,77 4 330,37 2 341,87 2 745,52 62 447,94 4 855,16 32 256,70 3 824 97 59 653,19 35 809,91 25 531,20 9 877,52 19 269,46 63 543,51 33 579,68 45 707,78 447,41 3 935,36 49 351,29 19 529,79 41 135,59 2 062,25 9 118,20 32 261,59 Valor de total de las Tasaciones Valor del Perjuicio Económico (VPE) (S/) 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 Incentivo del 20% del VCI (S/) 513 516,92 881,36 3 646,40 4 013,26 12 363,92 530,64 2 146,69 6 237,59 8 874,34 31 248,95 866,07 468,37 549,10 12 489,59 971,03 6 451,34 764,99 11 930,64 7 161,98 5 106,24 1 975,50 3 853,89 12 708,70 6 715,94 9 141,56 89,48 787,07 9 870,26 3 905,96 8 227,12 412,45 1 823,64 6 452,32 Valor Total de la Tasación (VTT) (S/) 3 081 101,53 5 288,14 21 878,41 24 079,56 74 183,52 3 183,84 12 880,13 37 425,54 53 246,04 187 493,72 5 196,44 2 810,24 3 294,62 74 937,53 5 826,19 38 708,04 4 589,96 71 583,83 42 971,89 30 637,44 11 853,02 23 123,35 76 252,21 40 295,62 54 849,34 536,89 4 722,43 59 221,55 23 435,75 49 362,71 2 474,70 10 941,84 38 713,91 4 177,099.93

1840072-1

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