Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2019 (24/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Martes 24 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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contravienen lo dispuesto en el artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley 28976, Ley Marco de Licencias de Funcionamiento. El cual contempla los requisitos máximos susceptibles de ser exigidos para la obtención de Licencia de Funcionamiento. SANCIÓN IMPUESTA: 10.4 UIT De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1256, se dispuso la inaplicación, con efectos generales, de las barreras burocráticas declaradas ilegales en favor de todos los agentes económicos y/o ciudadanos en general que se vean afectados por su imposición. Este mandato de inaplicación surte efectos a partir del día siguiente de publicado el extracto de la Resolución Nº 10-2019/CEB-INDECOPIPUN en la Separata de Normas Legales del diario oficial El Peruano. ANTONIO ESCOBAR PEÑA Presidente de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas Oficina Regional del Indecopi de Puno 1839679-1

- Certificación de inspecciones Técnicas de Seguridad en defensa Civil. La declaración de ilegalidad de los requisitos exigidos en los procedimientos N° 16 A) y N° 17 B) radica en que estos contravienen lo dispuesto en el artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley 28976, Ley Marco de Licencias de Funcionamiento. El cual contempla los requisitos máximos susceptibles de ser exigidos para la obtención de Licencia de Funcionamiento. SANCIÓN IMPUESTA: 10.4 UIT De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1256, se dispuso la inaplicación, con efectos generales, de las barreras burocráticas declaradas ilegales en favor de todos los agentes económicos y/o ciudadanos en general que se vean afectados por su imposición. Este mandato de inaplicación surte efectos a partir del día siguiente de publicado el extracto de la Resolución Nº 014-2019/CEB-INDECOPI-PUN en la Separata de Normas Legales del diario oficial El Peruano. ANTONIO ESCOBAR PEÑA Presidente de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas Oficina Regional del Indecopi de Puno 1839679-2

Declaran barreras burocráticas ilegales diversas medidas contenidas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Zepita
RESOLUCIÓN N° 014-2019/CEB-INDECOPI-PUN AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Puno con Delegación en Eliminación de Barreras Burocráticas FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 7 de agosto de 2019 ENTIDAD QUE IMPUSO LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: Municipalidad Distrital de Zepita NORMA QUE CONTIENE LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS IDENTIFICADAS: Texto Único de Procedimientos Administrativos Aprobado Mediante la Ordenanza Municipal N° 006-2016MDZ/CMDZ BARRERAS BUROCRÁTICA(S) IDENTIFICADA(S) Y FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN: Se declaró que constituyen barreras burocráticas ilegales las siguientes medidas contenidas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 006-2016-MDZ/CMDZ: (i) Los requisitos exigidos por la Municipalidad Distrital de Zepita, dentro de sus procedimientos N° 16 A) "Licencia de Funcionamiento (servicios y otros) (hasta 100m2 ­ según corresponda)" y N° 17 B) "Licencia de Funcionamiento", conforme al siguiente detalle: A) Licencia de funcionamiento (servicios y otros) (hasta 100 m2 ­ Según corresponda). - Vigencia de poder de representación legal en el caso de personas jurídicas u otros entes colectivos. - Tratándose de representación de personas naturales se requerirá carta poder con firma legalizada. - Declaración Jurada de Observancia de condiciones de Seguridad o Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil de detalle o multidisciplinaria. B) Licencia de funcionamiento. - Vigencia de poder de representación legal en el caso de personas jurídicas u otros entes colectivos. - Tratándose de representación de personas naturales se requerirá carta poder con firma legalizada.

Declaran barreras burocráticas ilegales diversas medidas contenidas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Yunguyo
RESOLUCIÓN N° 015-2019/CEB-INDECOPI-PUN AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Puno con Delegación en Eliminación de Barreras Burocráticas FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 7 de agosto de 2019 ENTIDAD QUE IMPUSO LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: Municipalidad Provincial de Yunguyo NORMA QUE CONTIENE LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS IDENTIFICADAS: Texto Único de Procedimientos Administrativos Aprobado Mediante la Ordenanza Municipal N° 003-2018CM/MPY BARRERAS BUROCRÁTICA(S) IDENTIFICADA(S) Y FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN: Se declaró que constituyen barreras burocráticas ilegales las siguientes medidas contenidas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 003-2018-CM/MPY: Los requisitos exigidos por la Municipalidad Provincial de Yunguyo, dentro de sus procedimientos N° 5.1, 5.2, 5.3, 5.4, 5.5, 5.6, 5.7, 5.8, 5.9, 5.10, 5.11, 5.12, 5.13, 5.14, 5.15, 5.16, 5.17, 5.18, 5.19, 5.20 y 5.21, conforme al siguiente detalle: Texto Único de Procedimientos Administrativos (actualizado 2018) 5.1 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: ESTABLECIMIENTOS CON UN ÁREA DE HASTA 100 M2 ­ CON ITSE BÁSICA EX-POST. (Sujeto a fiscalización posterior) A. Requisitos generales - Copia de la vigencia de poder de representante legal en caso de personas jurídicas u entes colectivos. - Tratándose de representación de personas naturales, se requiere de carta poder con firma legalizada.

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