Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2019 (26/12/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Jueves 26 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

77

MUNICIPALIDAD DE ATE
Ordenanza que modifica la Ordenanza N° 415-MDA, que regula los Procedimientos de Licencia de Funcionamiento para establecimientos y autorizaciones conexas en el distrito de Ate
ORDENANZA Nº 516-MDA Ate, 25 de noviembre del 2019 POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de Noviembre del 2019; visto, el Dictamen Nº 007-2019-MDA/CDE de la Comisión de Desarrollo Económico; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala que "los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico"; Que, de acuerdo al Artículo 79º numerales 3.6.3 de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, "las municipalidades distritales, en materia de organización del espacio físico y uso de suelo, tienen como función específica y exclusiva normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalización de la ubicación de avisos publicitarios y propaganda política; Que, el Artículo 9º, numeral 8) de la precitada ley, establece que son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar ordenanzas; Que, con fecha 05 de febrero del 2007, se publicó en el Diario Oficial "El Peruano" la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, cuya finalidad es establecer el marco jurídico de las disposiciones aplicables al procedimiento para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento expedida por las municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nº 415-MDA, publicada en el Diario Oficial "El Peruano", de fecha 15.09.2016, se aprobó la "Ordenanza que Regula el Otorgamiento de Licencia de Funcionamiento y Autorizaciones Conexas en el Distrito de Ate"; Que, por Decreto Legislativo Nº 1271, Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, se modifican los Artículos 3, 7, 9, 14 y 15 de la referida Ley; así como se incorporaron los Artículos 9-A y 11-A, para facilitar el desarrollo de las actividades económicas y comerciales, a través de la implementación de medidas orientadas a la efectiva simplificación del procedimiento administrativo para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento; Que, a través del D.S. Nº 046-2017-PCM, se aprueba el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y los Formatos de Declaración Jurada; Que, mediante Ley Nº 30619, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 27 de julio de 2017, se modifica la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, acerca de la vigencia del Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones; Que, a través del Decreto Supremo Nº 011-2017-PRODUCE, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el día 21 de agosto de 2017, se establecieron los lineamientos para ser aplicados por los gobiernos locales para la determinación de los giros afines o

complementarios que se pueden desarrollar con la presentación de una declaración jurada ante las municipalidades; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM, publicado en el Diario Oficial "El Peruano", el día 05 de enero de 2018, se aprobó el Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas en Edificaciones, derogando el Decreto Supremo Nº 058-2014-PCM; Que, a través del Decreto Supremo Nº 045-2019PCM, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el día 09 de marzo de 2019, se aprobó los Procedimientos Administrativos Estandarizados de Licencia de Funcionamiento, en cumplimiento del Artículo 41º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 016-2019/MDA, de fecha 05 de julio de 2019, se aprobó la adecuación de los Procedimientos Administrativos de Licencia de Funcionamiento del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Ate a los Procedimientos Administrativos Estandarizados de Licencia de Funcionamiento, aprobados con Decreto Supremo Nº 045-2019-PCM; Que, resulta necesario actualizar la normatividad vigente en el distrito de Ate, en lo que respecta al otorgamiento de licencia de funcionamiento a fin de encontrarnos acorde a la normativa en beneficio de los administrados, facilitando las inversiones en el distrito, propiciando el crecimiento sostenible en la economía local; Que, mediante Dictamen Nº 007-2019-MDA/CDE, la Comisión de Desarrollo Económico recomienda aprobar el proyecto de Ordenanza Municipal que Regula los Procedimientos de Licencia de Funcionamiento para Establecimientos y Autorizaciones Conexas en el Distrito de Ate, solicitando elevar los actuados al Concejo Municipal para su conocimiento, debate y pronunciamiento correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL INCISO 8) DEL ARTÍCULO 9º Y ARTÍCULO 40º DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972, CONTANDO CON EL VOTO DE UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES ASISTENTES A LA SESION DE CONCEJO DE LA FECHA, Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DE ACTAS, SE HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA 415-MDA, QUE REGULA LOS PROCEDIMIENTOS DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA ESTABLECIMIENTOS Y AUTORIZACIONES CONEXAS EN EL DISTRITO DE ATE TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I FINALIDAD, ALCANCES, OBJETIVOS Y ÁMBITO Artículo 1º.- FINALIDAD La presente Ordenanza tiene como finalidad establecer el marco jurídico normativo que regula los aspectos técnicos y administrativos para el otorgamiento de Licencia de Funcionamiento y Autorizaciones Conexas para el desarrollo de actividades económicas en el Distrito de Ate. Igualmente, se encuentran comprendidos aspectos concernientes a la obtención del Certificado Técnico de Seguridad en Edificaciones que emite la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Distrital de Ate, vinculado con las Autorizaciones señaladas en el párrafo anterior. Artículo 2º.- ALCANCES La aplicación de la presente Ordenanza alcanza a toda persona natural o jurídica que cuente con un establecimiento comercial, industrial y/o de servicios que, en la entrada de vigencia de la presente Ordenanza, accedan a la Licencia de Funcionamiento que les permita

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.