Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2019 (09/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Miércoles 9 de enero de 2019

NORMAS LEGALES
Nº Acuerdo 1 Acuerdo Nº 0130-2018-CDAH Máquinas Navales 2 Acuerdo Nº 0131-2018-CDAH

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Programa de Estudios acreditado

y certificación de la calidad educativa, disposiciones a ser tomadas en cuenta por las instituciones educativas con programas acreditados; Que, el numeral 6.2 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2017JUS, establece que un acto administrativo "puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición que se les identifique de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. (...)"; Que, con los Expedientes Nº 1099-2018, Nº 11002018, Nº 1098-2018 y Nº 1101-2018 el Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Naval CITEN solicita el inicio de proceso de evaluación externa de los Programas de Estudios "Electrónica con mención en Servicio Naval", "Máquinas Navales", "Maniobras" y "Sistemas y Administración de Redes con mención en Servicio Naval" respectivamente, con la finalidad de alcanzar la acreditación de los mismos; Que, mediante los informes de vistos, la Directora de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas Educación Superior, eleva a la Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc, los Informes de las Comisiones de Consistencia de los Programas de Estudios "Electrónica con mención en Servicio Naval", "Máquinas Navales", "Maniobras" y "Sistemas y Administración de Redes con mención en Servicio Naval", en los que recomienda "la acreditación con una vigencia de seis (06) años" a los cuatro programas evaluados; Que, con los Informes Nº 301-2018-SINEACE/ P-ST-OAJ, Nº 259-2018-SINEACE/P-ST-OAJ, Nº 303-2018-SINEACE/P-ST-OAJ y Nº 302-2018-SINEACE/ P-ST-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que tomando como sustento lo expresado los informes de la respectivas Comisiones de Consistencia y en aplicación de lo establecido en la Directiva, corresponde otorgar la acreditación solicitada por un periodo de seis (06) años, dado que todos los Programas cuentan con la calificación de logro pleno en los 34 estándares de calidad establecidos para el modelo de acreditación para Programas de Estudios de Institutos y Escuelas de Educación Superior; Que, los miembros del Consejo Directivo Ad Hoc en ejercicio de sus facultades, en sesión del 26 de diciembre 2018, arribaron a los siguientes acuerdos: Acuerdo Nº 0130-2018-CDAH, Acuerdo Nº 0131-2018-CDAH, Acuerdo Nº 0132-2018-CDAH y Acuerdo Nº 0133-2018CDAH, mediante los cuales se otorga la acreditación a los Programas de Estudios "Máquinas Navales", "Electrónica con mención en Servicio Naval", "Maniobras" y "Sistemas y Administración de Redes con mención en Servicio Naval" respectivamente, del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Naval CITEN, con una vigencia de seis (06) años; Con el visto bueno de Secretaría Técnica, Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior, Oficina de Asesoría Jurídica, de conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace; su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; Ley Nº 30220, Ley Universitaria; Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y modificatorias; y Resolución Ministerial Nº 331-2017-MINEDU. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar los acuerdos de la sesión de fecha 26 de diciembre 2018 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante los cuales se otorga la acreditación con vigencia de seis (06) años contados a partir de la publicación en el Diario Oficial "El Peruano", a los programas de estudios del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Naval CITEN cuyos nombres se incluyen en el cuadro a continuación:

Electrónica con mención en Servicio Naval

3 Acuerdo Nº 0132-2018-CDAH Maniobras 4 Acuerdo Nº 0133-2018-CDAH Sistemas y Administración de Redes con mención en Servicio Naval

Artículo 2º.- Precisar que durante el periodo de vigencia de la acreditación de los programas de estudios, la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior, realizará al menos una visita anual de seguimiento a las acciones implementadas, relacionadas con la institucionalización de la mejora continua. Asimismo, los programas de estudios acreditados, deberán remitir un informe anual al Sineace, dando cuenta de las acciones implementadas relacionadas con la mejora continua. Artículo 3º.- Disponer que toda difusión con mención del Sineace y/o temas relacionados con las acreditaciones reconocidas, deberán realizarse tomando en cuenta lo regulado en la Directiva Nº 005-2017-SINEACE/P "Directiva que Regula el Uso del Imagotipo Institucional y Referencias a la Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa", aprobada con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 507-2017-SINEACE/ CDAH-P. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web de la Institución (www.sineace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1729087-3 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N°216-2018-SINEACE/CDAH-P Mediante Oficio Nº 000003-2019-SINEACE/P, solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 216-2018-SINEACE/CDAH-P, publicada en la edición del día 31 de diciembre 2018. - En el Noveno Considerando.DICE: Que, mediante los informes de visto, el Director de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria, considera que los programas de estudios antes señalados de la Pontificia Universidad Católica del Perú - PUCP, cumplen los requisitos establecidos en la mencionada Directiva N° 001-2015-SINEACE-PCDAH; por lo que recomienda el reconocimiento de la acreditación otorgada, con vigencia al 30 de setiembre 2020; DEBE DECIR: Que, mediante los informes de visto, el Director de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria, considera que los programas de estudios antes señalados de la Universidad Nacional de Ingeniería, cumplen los requisitos establecidos en la mencionada Directiva N° 001-2015-SINEACE-PCDAH; por lo que recomienda el reconocimiento de la acreditación otorgada, con vigencia al 30 de setiembre 2020; 1729088-1

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