Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2019 (09/01/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 9 de enero de 2019 /

El Peruano

Designan Secretaria General del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 020-2019/MINSA Lima, 8 de enero de 2019 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario/a General, Nivel F-6, del Ministerio de Salud; Que, en tal sentido, se ha visto por conveniente designar al profesional que ejercerá el cargo en mención; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la abogada Rosario Esther Tapia Flores, en el cargo de Secretaria General (CAP-P N° 37), Nivel F-6, del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES DE PALOMINO Ministra de Salud 1729713-3

Ejecutivo de la Unidad de Atención Integral Especializada del citado Instituto. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES DE PALOMINO Ministra de Salud 1729498-1

Aprueban Documento Técnico: "Plan de Acción de Salud Integral con Pertinencia Cultural para la población de las comunidades nativas de Nazareth, Wachapea, Pakun y Umukay, distrito de Imaza, provincia de Bagua, Amazonas, 2019-2021"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 022-2019/MINSA Lima, 8 de enero del 2019 Visto, el Expediente Nº 18-137092-001, que contiene las Notas Informativas Nºs. 2118-2018-DGIESP/MINSA y 1249-2018-DENOT-DGIESP/MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo. La protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el numeral V del Título Preliminar de la precitada Ley, modificado por la Quinta Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 29973, dispone que es responsabilidad del Estado vigilar, cautelar y atender, entre otros, los problemas de salud ambiental; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, los literales a) y b) del artículo 5 de la Ley antes señalada, modificado por el artículo 2 de la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, establecen que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, prevención de enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, entre otros; Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA, establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de Salud Pública, entre otros, en materia

Encargan a profesional en el puesto de Director de Instituto Especializado de la Dirección General del Instituto Nacional de Salud del Niño San Borja
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 021-2019/MINSA Lima, 8 de enero de 2019 VISTO, el Expediente N° 19-002571-001, que contiene la Nota Informativa N° 020-2019-DGOS/MINSA de la Dirección General de Operaciones en Salud del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de Instituto Especializado de la Dirección General del Instituto Nacional de Salud del Niño San Borja del Ministerio de Salud; Que, con el documento de visto, el Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud propone para el citado cargo al médico cirujano Antonio Ricardo Zopfi Rubio; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud y, el Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA y Decreto Supremo N° 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar al médico cirujano Antonio Ricardo Zopfi Rubio, en el puesto de Director de Instituto Especializado (CAP-P N° 0001) de la Dirección General del Instituto Nacional de Salud del Niño San Borja del Ministerio de Salud, en adición a sus funciones de Director

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