Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2019 (09/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

Miércoles 9 de enero de 2019 /

El Peruano

Artículo Segundo.- REITERAR que de conformidad con el artículo 149° de la LOPJ los señores Jueces Especializados que al 31 de diciembre del año 2018 conformaban una Sala Superior y que no han sido promovidos, en adición a sus funciones, continuarán integrando el Colegiado de la Sala Superior correspondiente a los procesos que venían conociendo, a fin de evitar el quiebre de los mismos. Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura, Coordinación de Recursos Humanos de esta Corte Superior, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, Gerencia de Administración Distrital de esta Corte Superior y de los Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. MIGUEL ÁNGEL RIVERA GAMBOA Presidente 1729698-1

artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER el inicio del Proceso de REVALIDACIÓN DE INSCRIPCIÓN de Peritos Judiciales que se encuentran inscritos en esta Corte Superior de Justicia, correspondiente al año judicial 2019. Artículo Segundo.- ESTABLECER que el plazo para presentar las solicitudes de Revalidación de la Inscripción de Peritos Judiciales, se iniciará a partir de martes 08 de enero hasta el jueves 31 de enero de 2019. Artículo Tercero.- AMPLIAR la vigencia de la Resolución Administrativa N° 144-2018-P-CSJCL/PJ, en tanto dure el proceso de Revalidación de Inscripción de Peritos Judiciales para el año judicial 2019. Artículo Cuarto.- DISPONER que los profesionales o técnicos que participen en el presente proceso deberán presentar además de los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, la constancia de encontrarse hábil para el ejercicio de la profesión y oficio, expedida por la entidad competente. Artículo Quinto.- PRECISAR que en el año judicial 2019 sólo podrán ser designados para actuar como Peritos Judiciales, aquellos profesionales y/o técnicos que hayan cumplido con revalidar su inscripción en el Registro de Peritos Judiciales de esta Corte Superior de Justicia. Artículo Sexto.- PÓNGASE la presente resolución en conocimiento de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura del Callao, de la Gerencia de Administración Distrital, de la Oficina de Imagen Institucional y de la responsable de la Oficina de Peritos Judiciales, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ROSA RUTH BENAVIDES VARGAS Presidenta 1729511-1

Disponen el inicio del Proceso de Revalidación de Inscripción de Peritos Judiciales que se encuentran inscritos en la Corte Superior de Justicia del Callao, correspondiente al año judicial 2019
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 23-2019-P-CSJCL/PJ Callao, 7 de enero de 2019 VISTO: El Oficio N° 001-2019-USJ-J-CSJCL/PJ cursado por la Unidad de Servicios Judiciales de la Corte Superior de Justicia del Callao, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 21° de la Resolución Administrativa N° 352-98-TP-CME-PJ, Reglamento de Peritos Judiciales, establece que el profesional o especialista inscrito en el Registro de Peritos Judiciales ­ REPEJ, deberá revalidar anualmente su inscripción, previo pago del derecho correspondiente. Que, asimismo, el literal d) del artículo 8° del citado Reglamento establece que el aspirante a Perito Judicial debe presentar la constancia de colegiatura y/o habilitación correspondiente, por lo que debe tenerse presente dicho dispositivo legal para ser aplicado al proceso de revalidación a instaurar. Que, mediante el oficio de visto, la Jefa de la Unidad de Servicios Judiciales de esta Corte Superior de Justicia, solicita a la Presidencia de Corte que se emita la resolución administrativa correspondiente para la revalidación de inscripción de los Peritos Judiciales en esta Corte Superior de Justicia. Que, a fin de no afectar el normal desenvolvimiento de los órganos jurisdiccionales y en tanto dure el proceso de revalidación de peritos judiciales para el presente año judicial, resulta necesario se amplíe la vigencia de la nómina de peritos aprobada por Resolución Administrativa N° 144-2018-P-CSJCL/PJ de fecha 23 de enero de 2017. Por ello, estando a lo expuesto y a fin de dar cumplimiento a las normas anteriormente señaladas, se debe establecer el plazo de presentación de dichas solicitudes y los requisitos correspondientes, a efecto de que los peritos judiciales puedan ser designados como órgano de auxilio judicial de los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia. En consecuencia, en uso de las facultades otorgadas a los Presidentes de Corte, en los numerales 3 y 9 del

Conforman la Comisión Secigra Derecho 2019 de la Corte Superior de Justicia del Callao
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 26-2019-P-CSJCL/PJ Callao, 7 de enero del 2019 VISTOS: Que, es atribución del Presidente de la Corte Superior de Justicia dirigir la política interna de su Distrito Judicial, con la finalidad de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables, conforme lo establece el numeral 3) del artículo 90° del Texto único ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Que, por Resolución Ministerial N° 0514-2018-JUS de fecha 03 de diciembre de 2018, se aprobó el "Programa Secigra Derecho 2019", determinándose los periodos de prestación del Servicio Civil de Graduandos del 15 de enero al 15 de julio del 2019 y del 01 de agosto al 29 de noviembre del mismo año y fija en S/. 930.00 (novecientos treinta y 00/100 soles), el monto mínimo que las unidades receptoras deben abonar mensualmente a los secigristas que les sean asignados. Que, el Programa Secigra Derecho 2019, tiene por objetivo principal brindar al estudiante de derecho y egresado (de ser asignado), la oportunidad de realizar actividades jurídicas en dependencias de la administración pública, como una acción complementaria para coadyuvar a una pronta y eficiente administración de justicia, ampliando el ejercicio práctico de la profesión e incentivando la responsabilidad social del graduando en Derecho.

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