Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2019 (10/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Jueves 10 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, entre otros, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del SINAPLAN; Que, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) emitió la "Guía para el Planeamiento Institucional", aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD, la cual tiene como objeto establecer pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI); Que, el numeral 6.2 Elaboración y aprobación del POI de la "Guía para el Planeamiento Institucional", establece que la entidad realiza el proceso de ajuste al POI aprobado de acuerdo con la priorización establecida de las actividades operativas y la asignación del presupuesto total de la entidad, y una vez aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), la entidad revisa que los recursos totales estimados en el POI tengan consistencia con el PIA y, de no ser consistentes, la entidad modifica su POI; Que, por Resolución Ministerial N° 202-2018-EF/41 se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) 2019 del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante Ley N° 30879, se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, mediante Resolución Ministerial N° 438-2018EF/41 se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, corresponde realizar el proceso de ajuste del POI 2019 del Ministerio de Economía y Finanzas, en relación con el PIA aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, el artículo 46 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Decreto Supremo N° 117-2014-EF, establece, entre otros, que es competencia de la Oficina General de Planificación y Presupuesto la formulación del POI, así como su actualización; Que, mediante Memorando N° 002-2019-EF/41.02, la Oficina General de Planificación y Presupuesto adjunta el Informe N° 002-2019-EF/41.02, por el cual se da opinión favorable a la propuesta de modificación del POI 2019 del Ministerio de Economía y Finanzas; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Decreto Supremo N° 117-2014-EF; y, en la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD, que aprueba la "Guía para el Planeamiento Institucional"; SE RESUELVE: Artículo 1. Aprobación del POI 2019 Modificado Apruébase el Plan Operativo Institucional POI 2019 Modificado del Ministerio de Economía y Finanzas, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2. Publicación del POI 2019 Modificado Publícase el Plan Operativo Institucional POI 2019 Modificado del Ministerio de Economía y Finanzas en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1729510-1

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