Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2019 (10/01/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

20

NORMAS LEGALES

Jueves 10 de enero de 2019 /

El Peruano

Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, en ese orden, el artículo 81 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, establece que los titulares de los órganos administrativos pueden delegar mediante comunicación escrita la firma de los actos y decisiones de su competencias en sus inmediatos subalternos, o a los titulares de los órganos o unidades administrativas que de ellos dependan, salvo en caso de resoluciones de procedimientos sancionadores, o aquellas que agoten la vía administrativa; Que, de conformidad con el artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y modificatorias, concordado con el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2017-IN, el Ministro del Interior es la más alta autoridad política del Sector y es el Titular del Pliego presupuestal del Ministerio del Interior, siendo responsable de su conducción; Que, los incisos 7.1 y 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva, quien puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca expresamente el mencionado Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad; Que, estando a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1440, resulta pertinente remitirnos al inciso 40.2 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, que prevé que las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fiscal; las mismas que son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la cual debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el inciso 20.1 del artículo 20 de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 030-2018-EF/76.01, y modificatorias, establece que las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático se efectúan conforme a las habilitaciones y anulaciones entre unidades ejecutoras (Que son aprobadas), así como dentro de una unidad ejecutora (Que son formalizadas), mediante Resolución de Titular del Pliego; Que, con Resolución Ministerial N° 001-2019-IN, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 03 de enero de 2019, se delega, durante el Año Fiscal 2019, en el Secretario General facultades y atribuciones en materia presupuestal y financiera, entre otras, que no son privativas de la función del Ministro del Interior; Que, mediante Memorando N° 000015-2019/IN/ OGPP, la Oficina General de Planificación y Presupuesto, a efectos de otorgar celeridad en la gestión administrativa institucional, propone modificar el literal a) del artículo 1 de la referida Resolución Ministerial N° 001-2019-IN, en materia presupuestal y financiera en el Pliego 007: Ministerio del Interior, a efectos de incorporarse en la delegación de facultades y atribuciones al Director/a de la Oficina General de Planificación y Presupuesto la facultad para aprobar las modificaciones presupuestarias

en el Nivel Funcional Programático (Habilitaciones y anulaciones entre unidades ejecutoras) que correspondan al Titular del Pliego, así como las que se requieran en el período de regularización; Que, con Memorando N° 000022-2019/IN/OGIN, la Oficina General de Infraestructura propone que, mediante Resolución del Titular del Pliego 007: Ministerio del Interior, se le delegue facultades para la suscripción de actas de transferencia de vehículos motorizados y/o automotores en general, en el marco de los Convenios de Inversión Pública, debido a que existen proyectos de inversión en ejecución bajo el mecanismo de obras por impuestos, que originarían la transferencia de dichos vehículos; Que, con la finalidad de garantizar una adecuada gestión en materia presupuestal y financiera, y de inversión pública en el Pliego 007: Ministerio del Interior, para el cumplimiento de los objetivos del Sector Interior, resulta pertinente modificar los artículos 1 y 4, así como incorporar el Artículo 1- A en la Resolución Ministerial N° 001-2019-IN; Con el visto de la Secretaría General, de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, de la Oficina General de Infraestructura y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y modificatorias; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 004-2017-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el literal a) del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 001-2019-IN, conforme al siguiente texto: "Artículo 1.- Delegación de facultades en la Secretaría General. Delegar en el/la Secretario/a General las siguientes facultades y atribuciones: En materia presupuestal y financiera en el Pliego Presupuestal 007: Ministerio del Interior a) Formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático (Habilitaciones y anulaciones dentro de una Unidad Ejecutora) que correspondan al Titular del Pliego, así como las que se requieran en el periodo de regularización; además de las directivas que en materia presupuestaria se requieran emitir, previo informe favorable de la Oficina General de Planificación y Presupuesto o quien haga sus veces, de acuerdo a las normas legales vigentes. (...)." Artículo 2.- Incorporar el Artículo 1-A en la Resolución Ministerial N° 001-2019-IN, conforme al siguiente texto: "Artículo 1-A.- Delegación de facultades en la Oficina General de Planificación y Presupuesto Delegar en el Director/a General de la Oficina General de Planificación y Presupuesto En materia presupuestal y financiera en el Pliego Presupuestal 007: Ministerio del Interior Aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático (Habilitaciones y anulaciones entre Unidades Ejecutoras) que correspondan al Titular del Pliego, así como las que se requieran en el periodo de regularización, previo informe favorable de la Oficina General de Planificación y Presupuesto o quien haga sus veces, de acuerdo a las normas legales vigentes."

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.